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Documentation and declarations Manufacturer 6 min de lectura

¿Necesitamos un organismo notificado para nuestro producto?

Solo se necesita un organismo notificado cuando el procedimiento de evaluación de la conformidad del acto aplicable exige un tercero. Con el Reglamento sobre EPI depende de la categoría de riesgo; con la Directiva sobre equipos a presión, de la categoría del equipo; con las directivas sobre equipos radioeléctricos y juguetes, de si se aplicaron íntegramente las normas armonizadas. Clasifique el producto con arreglo a cada acto, lea el procedimiento que permite y elija un organismo notificado para ese acto.

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Revisado el 5 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico

Por qué ocurre

Si hace falta un organismo notificado lo decide el acto, no el tipo de producto en general. La Decisión n.º 768/2008/CE establece el menú: cuando un acto exige una evaluación de la conformidad, los procedimientos se eligen entre los módulos del anexo II según el tipo de producto y la naturaleza y el grado del riesgo, y cuando la intervención de un tercero es obligatoria, el fabricante debe poder elegir entre módulos de garantía de calidad y módulos de certificación del producto (artículo 4, apartado 1). En el módulo B, denominado examen CE de tipo en la Decisión y examen UE de tipo en los actos adaptados a ella, «un organismo notificado examina el diseño técnico de un producto» y certifica que cumple los requisitos (anexo II, módulo B, punto 1). Cuando un organismo notificado interviene en la fase de control de la producción, el marcado CE va seguido de su número de identificación (anexo I, artículo R12, apartado 3).[5]

Algunos actos deciden por categorías. El Reglamento (UE) 2016/425 sobre EPI clasifica los EPI en tres categorías de riesgo en su anexo I. La categoría I abarca solo riesgos mínimos, como las lesiones mecánicas superficiales, y utiliza el control interno de la producción (módulo A). La categoría II utiliza el examen UE de tipo (módulo B) seguido del módulo C. La categoría III abarca riesgos que pueden tener consecuencias muy graves, como la muerte o daños irreversibles, entre ellos las caídas de altura y el ruido nocivo, y utiliza el módulo B más el módulo C2 o el módulo D (artículo 19). En la categoría III, el número del organismo notificado sigue al marcado CE (artículo 17, apartado 3). La Directiva 2014/68/UE sobre equipos a presión clasifica los equipos en las categorías I a IV con arreglo al artículo 13. La categoría I utiliza el módulo A; las categorías II a IV utilizan las combinaciones de módulos del artículo 14, apartado 2, cada una de las cuales implica a un organismo notificado (anexo III), entre las que el fabricante elige, y también puede elegir un procedimiento de una categoría superior (artículo 14, apartado 3).[1][2]

Otros actos deciden por las normas. Los equipos radioeléctricos pueden utilizar el control interno de la producción para los requisitos esenciales del artículo 3, apartados 2 y 3, solo cuando se hayan aplicado las normas armonizadas publicadas en el Diario Oficial; cuando no se han aplicado, se han aplicado solo en parte o no existen, el equipo pasa a un examen UE de tipo o a un sistema de garantía de calidad total (Directiva 2014/53/UE, artículo 17, apartados 3 y 4). Los juguetes siguen la misma lógica: el control interno de la producción exige normas armonizadas que cubran todos los requisitos de seguridad pertinentes y, en caso contrario, cuando una norma se publica con restricciones o cuando el fabricante considera que la naturaleza, el diseño, la construcción o la finalidad del juguete requieren una verificación por un tercero, el juguete pasa a un examen CE de tipo por un organismo notificado (Directiva 2009/48/CE, artículo 19, apartados 2 y 3).[3][4]

Los Estados miembros designan los organismos notificados para actos concretos. La guía de la Comisión indica que llevan a cabo las tareas de evaluación de la conformidad cuando se requiere un tercero, que los fabricantes son libres de elegir cualquier organismo notificado designado legalmente para el procedimiento y que la Comisión publica la lista en la base de datos NANDO. Si un producto se introduce en el mercado sin el procedimiento que exige su acto, no es conforme, y las autoridades exigen medidas correctoras y se aseguran de que el producto sea retirado, recuperado o prohibido cuando el operador no actúa (Reglamento (UE) 2019/1020, artículo 16).[7][6]

Cómo resolverlo

  1. Clasifique el producto con arreglo a cada acto

    Busque la clasificación que utiliza el acto. Los EPI se sitúan en la categoría de riesgo I, II o III según el anexo I del Reglamento sobre EPI. Los equipos a presión se sitúan en las categorías I a IV según el artículo 13 de la Directiva sobre equipos a presión. El material eléctrico regulado por la Directiva de baja tensión no tiene categorías, y ningún procedimiento de esa directiva exige un organismo notificado (considerando 9, anexo III).

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  2. Lea los procedimientos que el acto permite para esa clase

    Cada acto enumera sus procedimientos de evaluación de la conformidad. El módulo A, control interno de la producción, lo realiza el fabricante por sí solo. Módulos como el B, el examen UE de tipo, implican a un organismo notificado. Cuando el acto ofrece una elección, elige el fabricante.

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  3. Compruebe si su elección de normas cambia la respuesta

    Para los juguetes, y para los requisitos radioeléctricos del artículo 3, apartados 2 y 3, el control interno de la producción solo está disponible cuando se han aplicado íntegramente las normas armonizadas que cubren los requisitos. La aplicación parcial, la ausencia de norma o una norma publicada con restricciones conducen a un organismo notificado; en el caso de los juguetes, también lo hace la opinión del propio fabricante de que se necesita una verificación por un tercero. El artículo 3, apartado 3, incluye los requisitos de ciberseguridad que el Reglamento Delegado (UE) 2022/30 aplica a determinados equipos radioeléctricos conectados a internet hasta el 11 de diciembre de 2027.

  4. Elija un organismo notificado para ese acto y ese módulo

    Los países de la UE designan los organismos notificados para actos y procedimientos concretos, y la Comisión publica la lista en su base de datos NANDO. Compruebe que el organismo está notificado para su acto y para el módulo que necesita antes de firmar un presupuesto.

  5. Planifique el marcado y la documentación

    Cuando un organismo notificado interviene en la fase de control de la producción, el marcado CE va seguido de su número de identificación. Conserve su certificado en el expediente técnico y añada los datos del organismo notificado donde el modelo de declaración del acto lo pida.

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Lo que debe mostrar

DocumentoDe dónde procedeBase legal
Una nota de clasificación por acto: categoría, procedimiento elegido y motivoEl fabricanteReglamento (UE) 2016/425, artículo 19 y anexo I; Directiva 2014/68/UE, artículos 13 y 14
El certificado del organismo notificado, como un certificado de examen UE de tipoEl organismo notificadoDecisión n.º 768/2008/CE, anexo II, módulo B; Reglamento (UE) 2016/425, anexo V
La declaración UE de conformidad, conforme al modelo del actoEl fabricanteReglamento (UE) 2016/425, artículo 15 y anexo IX

Si no hace nada

Un procedimiento equivocado significa que no hay declaración válida

Los fabricantes redactan la declaración y colocan el marcado CE solo cuando se haya demostrado el cumplimiento mediante el procedimiento adecuado (Reglamento (UE) 2016/425, artículo 8, apartado 2). Los EPI de las categorías II y III requieren un examen UE de tipo (artículo 19, letras b) y c)).[1]

Falta el número del organismo notificado en el marcado

Para los EPI de la categoría III, el marcado CE irá seguido del número de identificación del organismo notificado que intervenga en el procedimiento del anexo VII o VIII (Reglamento (UE) 2016/425, artículo 17, apartado 3). Los equipos radioeléctricos del anexo IV tienen la misma regla (Directiva 2014/53/UE, artículo 20, apartado 3).[1]

Las autoridades actúan ante el incumplimiento

Cuando un producto no es conforme con la legislación de armonización de la Unión aplicable, las autoridades exigen medidas correctoras y se aseguran de que el producto sea retirado, recuperado o prohibido si el operador no actúa (Reglamento (UE) 2019/1020, artículo 16, apartados 1 a 3 y 5).[6]

Preguntas sobre este problema

¿Un producto con marcado CE necesita siempre un organismo notificado?

No. Muchos procedimientos los realiza el fabricante por sí solo, como el control interno de la producción de la Directiva de baja tensión (Directiva 2014/35/UE, anexo III) y para los EPI de la categoría I (Reglamento (UE) 2016/425, artículo 19, letra a)).

¿Es un informe de ensayo de un laboratorio acreditado lo mismo que un certificado de un organismo notificado?

No. Un organismo notificado es un organismo de evaluación de la conformidad notificado por un Estado miembro para un acto concreto (Directiva 2014/53/UE, artículo 22). Un informe de ensayo de otro laboratorio puede respaldar su propia evaluación, pero no es un certificado conforme a un módulo que exija un organismo notificado. Las autoridades deben tener debidamente en cuenta los informes y certificados de un organismo acreditado con arreglo al Reglamento (CE) n.º 765/2008 (Reglamento (UE) 2019/1020, artículo 11, apartado 5), pero un certificado voluntario no exime a un producto de la vigilancia del mercado (Guía azul, apartado 7.4.1).

¿Qué EPI necesitan un organismo notificado?

La categoría II requiere un examen UE de tipo (módulo B) seguido del módulo C. La categoría III requiere el módulo B más el módulo C2 o D (Reglamento (UE) 2016/425, artículo 19). La categoría III abarca los riesgos que pueden causar la muerte o daños irreversibles, enumerados en el anexo I. Los EPI de la categoría III fabricados como unidad única para ajustarse a un usuario concreto pueden seguir el procedimiento de la categoría II.

¿Podemos elegir un organismo notificado de otro país de la UE?

Sí. La guía de la Comisión indica que los fabricantes son libres de elegir cualquier organismo notificado que haya sido designado legalmente para llevar a cabo el procedimiento de evaluación de la conformidad, y que los organismos notificados pueden ofrecer sus servicios a operadores económicos dentro o fuera de la UE.

¿Cuánto tiempo es válido un certificado de EPI?

El período de validez de un certificado de examen UE de tipo expedido o renovado no excederá de cinco años (Reglamento (UE) 2016/425, anexo V, punto 6.1).

Siga los cambios en la normativa que afecta a este problema

Un correo cuando cambie la normativa. Puede darse de baja en cualquier correo.

Fuentes

  1. Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual (texto consolidado de 29 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  2. Directiva 2014/68/UE relativa a los equipos a presión (texto consolidado de 30 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  3. Directiva 2014/53/UE relativa a los equipos radioeléctricos (texto consolidado de 30 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  4. Directiva 2009/48/CE sobre la seguridad de los juguetes (texto consolidado de 29 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  5. Decisión n.º 768/2008/CE sobre un marco común para la comercialización de los productos EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  6. Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos (texto consolidado de 12 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  7. Organismos notificados Comisión Europea · consultado el 4 de octubre de 2026

Acerca de esta página

Revisor
Conphora compliance team
Revisado
5 de octubre de 2026
Citar esta página
Conphora (2026). ¿Necesitamos un organismo notificado para nuestro producto?. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/notified-body-needed/
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