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Documentation and declarations Manufacturer · Importer 5 min de lectura

¿Cuánto debemos conservar los documentos de conformidad?

La mayoría de los actos de producto de la UE exigen al fabricante conservar la documentación técnica y la declaración de conformidad durante 10 años desde que el producto se introdujo en el mercado; los importadores y los representantes autorizados conservan copias durante el mismo período. Para los productos sujetos solo al GPSR, se añaden seis años para los datos de trazabilidad y un máximo de cinco años para los datos personales de los registros de reclamaciones. Fije el plazo por tipo de documento.

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Revisado el 5 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico

Por qué ocurre

El marco común del Derecho de producto no fija un único plazo de conservación. El artículo R2, apartado 3, del anexo I de la Decisión n.º 768/2008/CE deja el plazo a cada acto, «que se especificará en proporción al ciclo de vida del producto y al nivel de riesgo», contado desde que el producto se introdujo en el mercado. El artículo 4, apartado 5, letra b), permite que un acto modifique los plazos fijados en los módulos de evaluación de la conformidad. En la práctica, los principales actos han optado por 10 años.[3]

La Directiva de baja tensión 2014/35/UE exige al fabricante conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años desde que el material eléctrico se introdujo en el mercado (artículo 6, apartado 3). El mandato de un representante autorizado debe permitirle mantener ambas a disposición de las autoridades durante esos mismos 10 años (artículo 7, apartado 2, letra a). Los importadores conservan una copia de la declaración durante 10 años y se aseguran de que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud (artículo 8, apartado 8). Los operadores económicos deben poder identificar durante 10 años quién les suministró y a quién suministraron (artículo 11). El Reglamento (UE) 2016/425 sobre los EPI fija los mismos 10 años para el fabricante (artículo 8, apartado 3), que además conserva el certificado de examen UE de tipo junto con la documentación técnica durante 10 años (anexo V, punto 9). Lo mismo hacen la Directiva sobre equipos radioeléctricos 2014/53/UE (artículo 10, apartado 4) y la Directiva sobre juguetes 2009/48/CE (artículo 4, apartado 3). A partir del 1 de agosto de 2030, el Reglamento (UE) 2025/2509 sobre la seguridad de los juguetes exige conservar durante 10 años la documentación técnica y el pasaporte digital del producto (artículo 7, apartado 3); su considerando 50 cuenta ese plazo hasta 10 años después de que se introdujera en el mercado el último artículo del modelo de juguete. La Guía azul de la Comisión interpreta del mismo modo el plazo de 10 años para todos los productos, tanto para fabricantes como para importadores (notas 115 y 142). Para los productos sujetos a los actos enumerados en su artículo 4, apartado 5, el Reglamento (UE) 2019/1020 pide al operador establecido en la UE que mantenga la declaración a disposición «durante el período exigido por dicha legislación» (artículo 4, apartado 3, letra a).[1][1][6][7][8][9][10][4]

El Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos añade plazos para los productos ajenos a los actos con marcado CE. El fabricante conserva la documentación técnica durante 10 años (artículo 9, apartado 3) y el importador conserva una copia durante 10 años desde la introducción del producto en el mercado (artículo 11, apartado 6). Los operadores económicos deben poder presentar la descripción de los riesgos, las reclamaciones, los accidentes y las medidas correctoras durante 10 años (artículo 15, apartado 4), y los nombres de los operadores que les suministraron o a quienes suministraron durante seis años (artículo 15, apartado 5). Los datos personales del registro de reclamaciones tienen un techo: solo el tiempo que necesite la investigación y, como máximo, cinco años desde su inscripción (artículos 9, apartado 13, y 11, apartado 11). El artículo 2, apartado 1, párrafo tercero, letra b), establece que el capítulo III, sección 1, que contiene los artículos 9 a 18, no se aplica a los productos sujetos a legislación de armonización de la Unión.[2]

Los actos más recientes añaden la conservación en línea. Con arreglo al Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas, que se aplica a partir del 20 de enero de 2027 (artículo 54), las instrucciones digitales deben permanecer accesibles en línea durante la vida útil prevista de la máquina y al menos 10 años después de su introducción en el mercado, y la declaración de conformidad digital, igualmente durante al menos 10 años (artículo 10, apartado 7, letra c, y apartado 8). Los organismos notificados también conservan sus propios registros: con arreglo al Reglamento sobre los EPI, el organismo notificado conserva una copia del certificado de examen UE de tipo y la documentación técnica durante cinco años después de que expire el certificado (anexo V, punto 8).[5][6]

Cómo resolverlo

  1. Haga una lista de los tipos de documento que conserva

    Separe la documentación técnica, la declaración de conformidad, los certificados de los organismos notificados, el registro de reclamaciones, los registros de proveedores y clientes, y las instrucciones publicadas. Cada uno tiene su propia regla, y los datos personales tienen un techo además de un mínimo.

  2. Busque el plazo en cada acto aplicable

    Lea el artículo sobre conservación de cada acto al que está sujeto el producto. En los productos con marcado CE figura entre las obligaciones del fabricante, normalmente 10 años. En los productos sujetos solo al GPSR, añada el plazo de seis años de trazabilidad y el tope de cinco años para los datos de reclamaciones.

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  3. Decida cuándo empieza a contar el plazo

    Los actos cuentan desde que el producto se introdujo en el mercado. Un modelo vendido durante varios años introduce unidades nuevas cada año, de modo que registre para cada modelo la fecha de la última unidad introducida en el mercado y cuente desde ahí. La Guía azul de la Comisión interpreta así el plazo.

  4. Redacte un calendario de conservación y aplíquelo

    Reúna en un solo calendario el tipo de documento, el plazo, la fecha de inicio y la fuente jurídica. Bloquee la eliminación de los archivos que aún estén dentro de su plazo y, en los productos sujetos solo al GPSR, elimine los datos personales de las reclamaciones cuando la investigación ya no los necesite y, como máximo, cinco años después de su inscripción.

  5. Asegúrese de que las copias sobrevivan a las personas y a los proveedores

    Los importadores y los representantes autorizados conservan sus propias copias durante el mismo período. Si un proveedor o un laboratorio de ensayo guarda sus pruebas, conserve usted también una copia, porque la obligación sigue siendo suya.

Siga los pasos de la plataforma con su propio producto.

Lo que debe mostrar

DocumentoDe dónde procedeBase legal
Un calendario de conservación: tipo de documento, plazo, fecha de inicio, fuente jurídicaSus propios registros de conformidadDirectiva 2014/35/UE, artículo 6, apartado 3; GPSR, artículos 9, apartado 13, y 15, apartados 4 y 5
La documentación técnica y la declaración archivadas de cada modelo, con la fecha de la última unidad introducida en el mercadoEl fabricanteDirectiva 2014/35/UE, artículo 6, apartado 3; GPSR, artículo 9, apartado 3
Las copias del importador o del representante autorizadoEl importador o el representante autorizadoDirectiva 2014/35/UE, artículos 7, apartado 2, letra a, y 8, apartado 8; GPSR, artículo 11, apartado 6

Si no hace nada

Sin documentación cuando la autoridad la pide

Los fabricantes conservan la documentación técnica y la declaración durante 10 años y facilitan, previa solicitud motivada, toda la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad (Directiva 2014/35/UE, artículo 6, apartados 3 y 9).[1]

Conservar los datos personales demasiado tiempo también es una infracción

En los productos sujetos solo al GPSR, el registro de reclamaciones solo puede almacenar los datos personales necesarios para la investigación, durante el tiempo estrictamente necesario y, en cualquier caso, no más de cinco años desde que se hayan introducido (GPSR, artículos 9, apartado 13, y 11, apartado 11).[2]

El incumplimiento formal puede conducir a la retirada

Las autoridades pueden exigir a los operadores que subsanen el incumplimiento formal y garantizar la retirada, la recuperación o la prohibición cuando el operador no actúe (Reglamento (UE) 2019/1020, artículo 16, apartado 3, letra a, y apartado 5).[4]

Preguntas sobre este problema

¿Son 10 años desde que fabricamos el producto o desde que dejamos de venderlo?

Los actos establecen 10 años desde que el producto se introdujo en el mercado (Directiva 2014/35/UE, artículo 6, apartado 3). Cada unidad se introduce en el mercado por separado. La Guía azul de la Comisión interpreta que el plazo corre desde el último artículo del modelo de producto introducido en el mercado, y el considerando 50 del Reglamento (UE) 2025/2509 sobre la seguridad de los juguetes dice lo mismo para los juguetes.

¿El importador tiene que conservar toda la documentación técnica?

Con arreglo a la Directiva de baja tensión, el importador conserva una copia de la declaración durante 10 años y se asegura de que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud (Directiva 2014/35/UE, artículo 8, apartado 8). Con arreglo al GPSR, el importador conserva una copia de la documentación técnica durante 10 años (artículo 11, apartado 6).

¿Los plazos del GPSR se aplican a los productos con marcado CE?

No. El GPSR establece que el capítulo III, sección 1, que contiene los artículos 9 a 18, no se aplica a los productos sujetos a legislación de armonización de la Unión (artículo 2, apartado 1, párrafo tercero, letra b). Se aplica en su lugar el acto sectorial, por ejemplo 10 años para la identificación de proveedores y clientes con arreglo a la Directiva de baja tensión (Directiva 2014/35/UE, artículo 11). Tampoco se aplica el tope de cinco años del GPSR para los datos de reclamaciones.

¿Cuánto tiempo deben permanecer en línea las instrucciones en línea?

Con arreglo al Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas, que se aplica a partir del 20 de enero de 2027, las instrucciones digitales deben ser accesibles en línea durante la vida útil prevista y al menos 10 años después de la introducción en el mercado (artículo 10, apartado 7, letra c).

¿Puede un acto fijar un plazo distinto?

Sí. El marco común deja el plazo a cada acto, en proporción al ciclo de vida del producto y a su nivel de riesgo (Decisión n.º 768/2008/CE, anexo I, artículo R2, apartado 3), y permite que un acto modifique los plazos de los módulos (artículo 4, apartado 5, letra b).

Siga los cambios en la normativa que afecta a este problema

Un correo cuando cambie la normativa. Puede darse de baja en cualquier correo.

Fuentes

  1. Directiva 2014/35/UE relativa a la comercialización de material eléctrico destinado a utilizarse con determinados límites de tensión (texto consolidado de 30 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  2. Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos (texto consolidado de 29 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  3. Decisión n.º 768/2008/CE sobre un marco común para la comercialización de los productos EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  4. Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos (texto consolidado de 12 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  5. Reglamento (UE) 2023/1230 relativo a las máquinas (texto consolidado de 27 de julio de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  6. Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual (texto consolidado de 29 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  7. Directiva 2014/53/UE relativa a los equipos radioeléctricos (texto consolidado de 30 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  8. Directiva 2009/48/CE sobre la seguridad de los juguetes (texto consolidado de 29 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  9. Reglamento (UE) 2025/2509 sobre la seguridad de los juguetes EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  10. Guía azul sobre la aplicación de la normativa de la UE relativa a los productos, de 2022 (Comunicación de la Comisión 2022/C 247/01) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026

Acerca de esta página

Revisor
Conphora compliance team
Revisado
5 de octubre de 2026
Citar esta página
Conphora (2026). ¿Cuánto debemos conservar los documentos de conformidad?. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/keep-documents-how-long/
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