Vendemos neumáticos en línea sin mostrar la etiqueta
El Reglamento (UE) 2020/740 exige a los distribuidores, y a los proveedores que venden a distancia, mostrar en línea la etiqueta del neumático junto al precio y dar acceso a la ficha de información del producto. Se permite una presentación anidada. El proveedor facilita la etiqueta y la ficha y registra el tipo de neumático en la base de datos de productos de la UE. Muestre la etiqueta en cada anuncio de neumáticos C1, C2 y C3 y en toda publicidad visual de un tipo de neumático concreto.
Free account · no card · opens in the Demo Company
Revisado el 4 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico
Por qué ocurre
El Reglamento (UE) 2020/740 ofrece a los compradores información armonizada sobre los parámetros de los neumáticos para que puedan elegir neumáticos eficientes en consumo de carburante, seguros y silenciosos (artículo 1). Se aplica a los neumáticos C1, C2 y C3 introducidos en el mercado, según la clasificación del artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 661/2009 (artículo 3, apartado 1), con una lista de exclusiones como los neumáticos profesionales todo terreno, los neumáticos de uso temporal, los neumáticos con clavos, los neumáticos de competición y los neumáticos de segunda mano, salvo que se importen de un tercer país (artículo 2). Se aplica desde el 1 de mayo de 2021, fecha en que sustituyó al Reglamento (CE) n.º 1222/2009 (artículos 17 y 18). El propio Reglamento (CE) n.º 661/2009 quedó derogado el 6 de julio de 2022 por el Reglamento (UE) 2019/2144, y las referencias a él se entienden hechas a este último (artículos 18 y 19 del Reglamento (UE) 2019/2144).[1][3]
La etiqueta contiene tres parámetros clasificados. La clase de eficiencia en términos de consumo de carburante va de la A a la E y se basa en el coeficiente de resistencia a la rodadura; la clase de adherencia en superficie mojada va de la A a la E y se basa en el índice de adherencia en superficie mojada; el ruido de rodadura externo se indica mediante una clase y un valor en decibelios. Se indican también la adherencia sobre nieve y sobre hielo cuando el neumático reúne los requisitos (anexo I). La ficha de información del producto repite estas clases junto con el identificador del tipo de neumático, la designación de la dimensión y las fechas de producción (anexo III). El texto en inglés tiene tres correcciones de errores, publicadas el 27 de julio de 2020, el 30 de abril de 2021 y el 28 de octubre de 2021, que corrigen el anexo I, parte C, y el diseño de la etiqueta en el anexo II; utilice el texto corregido.[1]
El proveedor inicia la cadena. El proveedor es el fabricante establecido en la UE, el representante autorizado de un fabricante de fuera de la UE o el importador (artículo 3, punto 15). Acompaña cada neumático con una pegatina de etiqueta, o cada lote de neumáticos idénticos con una etiqueta impresa, además de una ficha de información del producto, gratuitamente, y responde de su exactitud (artículo 4, apartados 1 y 6). Muestra la etiqueta en su propia publicidad y material promocional (artículo 4, apartados 3 y 4) e introduce el tipo de neumático en la base de datos de productos de la UE antes de introducir en el mercado un neumático fabricado después del 1 de mayo de 2021 (artículo 5, apartado 1); solo los proveedores verificados con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) 2024/994, que denomina EPREL a esa base de datos, pueden registrar tipos de neumáticos (artículos 1, apartado 1, letra b), 2, apartado 1, y 3 de dicho Reglamento). Un cambio relevante para la etiqueta crea un nuevo tipo de neumático (artículo 5, apartado 6).[1][5]
El distribuidor asume las obligaciones de visualización. Un distribuidor es toda persona de la cadena de suministro, distinta del proveedor, que comercializa el neumático (artículo 3, punto 16). En los neumáticos que se venden u ofrecen en internet, el distribuidor muestra la etiqueta junto al precio, claramente visible, legible y con un tamaño proporcionado, y hace accesible la ficha de información del producto; se permite una presentación anidada (artículo 6, apartado 7). La etiqueta aparece también en la publicidad visual de un tipo de neumático concreto, junto al precio cuando se indica uno (artículo 6, apartado 2), y en el material promocional técnico con la información del anexo IV (artículo 6, apartado 3). La venta a distancia en papel, la venta telefónica y las ventas en las que el neumático no es visible tienen sus propias normas (artículo 6, apartados 4 a 6). El prestador de servicios de alojamiento de datos que permite vender neumáticos a través de su sitio debe permitir que se muestren la etiqueta y la ficha cerca del precio e informar al distribuidor de la obligación (artículo 8); la referencia allí al artículo 14 de la Directiva 2000/31/CE se entiende hoy hecha al artículo 6 del Reglamento de Servicios Digitales, Reglamento (UE) 2022/2065 (artículo 89).[1][4]
Los Estados miembros hacen cumplir las normas. Las autoridades realizan inspecciones rutinarias y ad hoc de los puntos de venta (artículo 11, apartado 4), los Estados miembros fijan las sanciones (artículo 11, apartado 5) y el Reglamento (UE) 2019/1020 se aplica a los neumáticos incluidos (artículo 12, apartado 1), incluidas sus medidas correctoras (artículo 16). Las autoridades pueden recuperar del proveedor incumplidor los costes de la inspección de documentos y de los ensayos (artículo 12, apartado 4). Una propuesta de la Comisión, COM(2026) 565, modificaría este Reglamento y el Reglamento (UE) 2017/1369 en materia de simplificación y opciones digitales para el etiquetado energético y de neumáticos; el 4 de octubre de 2026 EUR-Lex la recoge solo como propuesta.[1][2]
Cómo resolverlo
-
Compruebe qué neumáticos entran en el ámbito
El Reglamento abarca los neumáticos C1, C2 y C3 introducidos en el mercado, las clases de neumáticos definidas en el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 661/2009, una referencia que hoy se entiende hecha al Reglamento (UE) 2019/2144, que lo derogó desde el 6 de julio de 2022. Excluye, entre otros, los neumáticos profesionales todo terreno, los neumáticos de uso temporal de tipo T, los neumáticos con clavos, los neumáticos de competición, los neumáticos con un índice de velocidad inferior a 80 km/h y los neumáticos de segunda mano, salvo que se importen de un tercer país.
Guías de reglamentosConocimiento práctico Free Abierto -
Obtenga del proveedor la etiqueta y la ficha de información del producto
El proveedor, es decir, el fabricante establecido en la UE, el representante autorizado o el importador, facilita gratuitamente una etiqueta para cada neumático o lote y una ficha de información del producto, y responde de su exactitud. Solicite la etiqueta y la ficha electrónicas por identificador de tipo de neumático.
-
Muestre la etiqueta junto al precio en cada anuncio
En los neumáticos que se venden u ofrecen en internet, muestre la etiqueta junto al precio, claramente visible y legible y con un tamaño proporcionado conforme al anexo II. Se permite una presentación anidada, en la que la etiqueta se abre desde una imagen. Haga accesible la ficha de información del producto.
-
Añada la etiqueta a la publicidad y al material promocional
Toda publicidad visual de un tipo de neumático concreto muestra la etiqueta del neumático, junto al precio si se indica un precio; en internet puede utilizarse una presentación anidada. El material promocional técnico muestra la etiqueta y la información del anexo IV: clase de eficiencia en términos de consumo de carburante, clase de adherencia en superficie mojada, clase y valor del ruido de rodadura externo, y adherencia sobre nieve o hielo.
-
Cubra los demás canales de venta
Cuando el neumático no es visible en el momento de la venta, entregue al comprador una copia de la etiqueta antes de la venta. La venta a distancia en papel muestra la etiqueta; la venta telefónica informa al comprador de las clases y de dónde encontrar la etiqueta y la ficha. En el punto de venta, la pegatina o la etiqueta impresa del lote es claramente visible.
Siga los pasos de la plataforma con su propio producto.
Lo que debe mostrar
| Documento | De dónde procede | Base legal |
|---|---|---|
| La etiqueta del neumático y la ficha de información del producto por tipo de neumático | El proveedor | Reglamento (UE) 2020/740, artículo 4, apartados 1 y 6, anexos II y III |
| Capturas de pantalla o registros que muestren la etiqueta junto al precio en cada anuncio | Su propia tienda web o cuenta de mercado en línea | Prueba de apoyo para el artículo 6, apartado 7, del Reglamento (UE) 2020/740; el texto no exige tales registros |
Si no hace nada
Se inspeccionan los puntos de venta
Los Estados miembros velarán por que las autoridades de vigilancia del mercado realicen inspecciones rutinarias y ad hoc de los puntos de venta para comprobar el cumplimiento del Reglamento sobre el etiquetado de los neumáticos (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 11, apartado 4).[1]
Las sanciones se fijan a escala nacional
Los Estados miembros establecerán sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias por las infracciones del Reglamento y de sus actos delegados (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 11, apartado 5).[1]
Se aplican medidas de vigilancia del mercado
El Reglamento (UE) 2019/1020 se aplica a los neumáticos incluidos (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 12, apartado 1); cuando un producto no es conforme, las autoridades exigen medidas correctoras y, si no se adoptan, se aseguran de que se retire o de que se prohíba o restrinja su venta (Reglamento (UE) 2019/1020, artículo 16, apartados 1, 2 y 5).[2]
Preguntas sobre este problema
Anunciamos neumáticos en un mercado en línea. ¿Es responsable el mercado?
El prestador de servicios de alojamiento de datos que permite vender neumáticos a través de su sitio debe permitir que se muestren la etiqueta y la ficha de información del producto junto al precio e informar al distribuidor de la obligación (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 8). El artículo 8 se remite al artículo 14 de la Directiva 2000/31/CE, que el Reglamento de Servicios Digitales suprimió; las referencias a él se entienden hechas al artículo 6 del Reglamento (UE) 2022/2065 (su artículo 89), aplicable desde el 17 de febrero de 2024. La obligación de mostrar la etiqueta sigue correspondiendo al distribuidor (artículo 6, apartado 7).
¿Puede la etiqueta estar detrás de un clic?
Sí. En los neumáticos que se venden u ofrecen en internet, la etiqueta puede ponerse a disposición mediante una presentación anidada (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 6, apartado 7, párrafo segundo).
¿Qué información figura en la etiqueta del neumático?
La clase de eficiencia en términos de consumo de carburante, la clase de adherencia en superficie mojada y la clase y el valor del ruido de rodadura externo, con indicaciones sobre la adherencia sobre nieve y hielo cuando proceda (Reglamento (UE) 2020/740, anexo I y anexo III).
¿Desde cuándo se aplican estas normas?
El Reglamento (UE) 2020/740 se aplica desde el 1 de mayo de 2021, fecha en la que queda derogado el anterior Reglamento (CE) n.º 1222/2009 (artículos 17 y 18).
¿Quién registra el neumático en la base de datos de productos?
El proveedor. Desde el 1 de mayo de 2021, los proveedores introducen la información del anexo VII en la base de datos de productos antes de introducir en el mercado un neumático fabricado después de esa fecha (Reglamento (UE) 2020/740, artículo 5, apartado 1).
Fuentes
- Reglamento (UE) 2020/740 sobre el etiquetado de los neumáticos en relación con la eficiencia en términos de consumo de carburante y otros parámetros EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos (texto consolidado de 12 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Reglamento (UE) 2019/2144 relativo a los requisitos de homologación de tipo de los vehículos de motor en lo que respecta a su seguridad general EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Reglamento (UE) 2022/2065 relativo a un mercado único de servicios digitales (Reglamento de Servicios Digitales) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Reglamento de Ejecución (UE) 2024/994 de la Comisión por el que se establecen los detalles operativos de la base de datos de productos creada en virtud del Reglamento (UE) 2017/1369 EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
Acerca de esta página
- Revisor
- Conphora compliance team
- Revisado
- 4 de octubre de 2026
Información de carácter general, no asesoramiento jurídico. Consulte el texto legal o pregunte a un asesor sobre su propio producto.
Conphora (2026). Vendemos neumáticos en línea sin mostrar la etiqueta. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/tyre-label/
Conphora (2026) Vendemos neumáticos en línea sin mostrar la etiqueta. Disponible en: https://www.conphora.com/es/solutions/problem/tyre-label/ (consultado el 13 de octubre de 2026).
@misc{conphora2026vendemosneumticosenlneas,
author = {Conphora},
title = {Vendemos neumáticos en línea sin mostrar la etiqueta},
year = {2026},
url = {https://www.conphora.com/es/solutions/problem/tyre-label/},
note = {Recuperado el 13 de octubre de 2026}
} See it working before you add a product
The Demo Company is a complete, read-only example — products, documents, supplier requests and deadlines. Open it with a free account; no card, no trial clock.
Free account · no card · opens in the Demo Company