Diseñamos nuestra propia etiqueta o distintivo ecológico
Desde el 27 de septiembre de 2026, exhibir una etiqueta de sostenibilidad que no se base en un sistema de certificación con seguimiento independiente por un tercero ni haya sido establecida por una autoridad pública es una práctica comercial desleal en cualquier circunstancia con arreglo a la Directiva sobre prácticas comerciales desleales. Retire el distintivo ecológico propio, sustitúyalo por una alegación específica o utilice una etiqueta de un sistema que cumpla los requisitos, como la etiqueta ecológica de la UE.
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Revisado el 4 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico
Por qué ocurre
Muchas marcas han creado a lo largo de los años sus propios sellos de sostenibilidad: una hoja verde con el nombre de una línea, un sello para una gama de productos «conscientes», un distintivo en el filtro de la tienda en línea. La Directiva (UE) 2024/825 pone fin a esa práctica. Inserta el punto 2 bis en el anexo I de la Directiva 2005/29/CE sobre prácticas comerciales desleales: «exhibir una etiqueta de sostenibilidad que no se base en un sistema de certificación o no haya sido establecida por las autoridades públicas» es una práctica comercial desleal en cualquier circunstancia. Las normas nacionales se aplican desde el 27 de septiembre de 2026 (Directiva (UE) 2024/825, artículo 4, apartado 1).[1][2]
Las definiciones determinan qué queda comprendido. Una etiqueta de sostenibilidad es cualquier marca de confianza, marca de calidad o equivalente, pública o privada, de carácter voluntario, que tiene por objeto distinguir y promover un producto, un proceso o una empresa por sus características medioambientales o sociales, o ambas; quedan excluidas las etiquetas obligatorias (artículo 2, letra q)). Un sistema de certificación es un sistema de verificación por un tercero cuyas condiciones son públicas, que está abierto en condiciones transparentes, justas y no discriminatorias a todos los comerciantes que puedan cumplirlas, cuyos requisitos se han elaborado con los expertos y las partes interesadas pertinentes, que cuenta con procedimientos para los casos de incumplimiento, incluidas la retirada o la suspensión de la etiqueta, y cuyo seguimiento lo realiza un tercero independiente tanto del titular del sistema como del comerciante (artículo 2, letra r)).[1]
Los considerandos añaden precisiones prácticas. Antes de exhibir una etiqueta, el comerciante debe asegurarse de que el sistema cumple estas condiciones mínimas de transparencia y credibilidad. Las etiquetas establecidas por autoridades públicas siguen siendo posibles sin un sistema de certificación, y los logotipos concedidos con arreglo a los Reglamentos sobre la etiqueta ecológica de la UE y EMAS se citan como ejemplos. Una etiqueta que sugiere que un producto es mejor para el medio ambiente es también una alegación medioambiental (considerandos 7 y 8).[2]
La etiqueta ecológica de la UE es un sistema voluntario regulado por el Reglamento (CE) n.º 66/2010. El operador presenta una solicitud ante un organismo competente, la etiqueta solo puede utilizarse en productos que cumplan los criterios de su grupo de productos y a los que se haya concedido, y el organismo competente comprueba periódicamente el cumplimiento (artículos 9 y 10). El Reglamento prohíbe la publicidad falsa o engañosa y cualquier etiqueta o logotipo que induzca a confusión con la etiqueta ecológica de la UE (artículo 10, apartado 1).[3]
Retirar el distintivo no elimina la necesidad de alegaciones honestas. Una alegación medioambiental también puede ser una marca, la denominación de una empresa o el nombre de un producto (Directiva sobre prácticas comerciales desleales, artículo 2, letra o)), y una alegación medioambiental genérica exige un comportamiento medioambiental excelente reconocido y pertinente para la alegación, como el cumplimiento de la etiqueta ecológica de la UE (anexo I, punto 4 bis, y artículo 2, letra s)).[1]
Cómo resolverlo
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Haga una lista de todas las marcas que distinguen productos por motivos medioambientales o sociales
Incluya distintivos, sellos, iconos con palabras, nombres de líneas de producto y marcas de confianza, en los envases, en línea y en el marketing. Una etiqueta de sostenibilidad es cualquier marca de confianza, marca de calidad o equivalente, pública o privada, de carácter voluntario, que promueve un producto, un proceso o una empresa por sus características medioambientales o sociales.
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Contraste cada marca con los criterios del sistema de certificación
Un sistema de certificación que cumple los requisitos es un sistema de verificación por un tercero con condiciones públicas, abierto en condiciones justas a todos los comerciantes, con requisitos elaborados con expertos y partes interesadas, procedimientos para los casos de incumplimiento y retirada, y seguimiento por un tercero independiente tanto del titular como del comerciante. Un distintivo que solo puede usar su propia marca incumplirá normalmente, como mínimo, el criterio del acceso abierto.
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Decida qué sustituye al distintivo
Retírelo, sustitúyalo por una alegación específica indicada con claridad en el mismo soporte, o adhiérase a un sistema que cumpla los criterios. También se admite una etiqueta establecida por una autoridad pública, como la etiqueta ecológica de la UE. No cree una imitación de una etiqueta oficial.
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Si opta por la etiqueta ecológica de la UE, prepare la solicitud
Compruebe si existen criterios para su grupo de productos. Presente la solicitud ante un organismo competente del Estado miembro de origen del producto o, para los productos de fuera de la UE, de un Estado miembro en el que se comercialice. La solicitud incluye la documentación que exigen los criterios y se aplican tasas. La etiqueta solo puede utilizarse tras firmar un contrato con el organismo competente y con el número de registro en el producto.
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Revise también los nombres y las líneas de producto
Una alegación medioambiental puede ser una marca, la denominación de una empresa o el nombre de un producto. Una línea llamada «eco» o «verde» exige la misma comprobación que un distintivo: puede ser una alegación medioambiental genérica que requiere un comportamiento medioambiental excelente reconocido.
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Lo que debe mostrar
| Documento | De dónde procede | Base legal |
|---|---|---|
| Inventario de etiquetas, distintivos y líneas de producto con nombre, con su fundamento | Marketing y gestión de marca | Directiva 2005/29/CE, artículo 2, letra q), y anexo I, punto 2 bis |
| Las condiciones públicas de cada sistema de certificación que utilice y su certificado | El titular del sistema y el certificador | Directiva 2005/29/CE, artículo 2, letra r) |
| Concesión de la etiqueta ecológica de la UE y número de registro, si se utiliza | El organismo competente | Reglamento (CE) n.º 66/2010, artículo 9, apartados 5, 8 y 9 |
Si no hace nada
Prohibido en cualquier circunstancia
Exhibir una etiqueta de sostenibilidad que no se base en un sistema de certificación o no haya sido establecida por las autoridades públicas figura en la lista de prácticas comerciales que siempre son desleales (Directiva 2005/29/CE, anexo I, punto 2 bis).[1]
Se prohíben las imitaciones de la etiqueta ecológica de la UE
Se prohíbe cualquier publicidad falsa o engañosa, así como el uso de cualquier etiqueta o logotipo que induzca a confusión con la etiqueta ecológica de la UE (Reglamento (CE) n.º 66/2010, artículo 10, apartado 1).[3]
Sanciones y acciones de los competidores
Los Estados miembros establecen sanciones por las infracciones de la Directiva sobre prácticas comerciales desleales y dan a las personas con un interés legítimo, incluidos los competidores, los medios para emprender acciones (Directiva 2005/29/CE, artículos 11, apartado 1, y 13).[1]
Preguntas sobre este problema
Nuestro distintivo cuenta con el respaldo de un certificado de un proveedor. ¿Ayuda?
Solo si la propia etiqueta se basa en un sistema de certificación tal como se define: verificación por un tercero, condiciones públicas, acceso abierto, requisitos elaborados con las partes interesadas, sanciones y seguimiento independiente (Directiva 2005/29/CE, artículo 2, letra r)). Su propio distintivo sobre un certificado de proveedor sigue siendo una etiqueta propia.
¿Puede utilizarse sin sistema de certificación una etiqueta establecida por una autoridad pública?
Sí. La prohibición abarca las etiquetas que no se basan en un sistema de certificación o que no han sido establecidas por autoridades públicas. Los logotipos concedidos con arreglo al Reglamento sobre la etiqueta ecológica de la UE y al Reglamento EMAS se citan como ejemplos de etiquetas establecidas por autoridades públicas (Directiva (UE) 2024/825, considerando 7).
¿Un distintivo que dice «plástico oceánico» o «vegano» es una etiqueta de sostenibilidad?
Puede serlo, si es una marca voluntaria que pretende distinguir el producto por sus características medioambientales o sociales (artículo 2, letra q)). Que una palabra concreta lo consiga depende de cómo se presente; ningún considerando menciona estos ejemplos. Quedan excluidas las etiquetas obligatorias exigidas por el Derecho de la Unión o nacional.
¿Qué nos exige la etiqueta ecológica de la UE?
La etiqueta solo puede utilizarse en productos que cumplan los criterios de su grupo de productos y a los que se haya concedido (Reglamento (CE) n.º 66/2010, artículo 9, apartado 2). El organismo competente comprueba periódicamente el cumplimiento y puede investigar a raíz de una reclamación (artículo 10, apartado 2).
Fuentes
- Directiva 2005/29/CE relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior (texto consolidado de 27 de septiembre de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Directiva (UE) 2024/825 por la que se modifican las Directivas 2005/29/CE y 2011/83/UE en lo que respecta a la capacitación de los consumidores para la transición ecológica EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Reglamento (CE) n.º 66/2010 relativo a la etiqueta ecológica de la UE (texto consolidado de 14 de noviembre de 2017) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
Acerca de esta página
- Revisor
- Conphora compliance team
- Revisado
- 4 de octubre de 2026
Información de carácter general, no asesoramiento jurídico. Consulte el texto legal o pregunte a un asesor sobre su propio producto.
Conphora (2026). Diseñamos nuestra propia etiqueta o distintivo ecológico. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/own-eco-label/
Conphora (2026) Diseñamos nuestra propia etiqueta o distintivo ecológico. Disponible en: https://www.conphora.com/es/solutions/problem/own-eco-label/ (consultado el 13 de octubre de 2026).
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