No sabemos qué símbolos de reciclaje imprimir
Hasta que se aplique la etiqueta de clasificación armonizada del Reglamento relativo a los envases y residuos de envases (PPWR), a partir del 12 de agosto de 2028 o 24 meses después de los actos de la Comisión sobre etiquetado, si esta fecha es posterior, sigue vigente la identificación de materiales de la Directiva 94/62/CE. Con arreglo al Reglamento (UE) 2025/40, ningún operador económico puede imprimir símbolos que induzcan a error o confusión sobre la sostenibilidad o las opciones de gestión de residuos de los envases. Revise ya sus diseños actuales y prevea un único cambio a la etiqueta armonizada.
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Revisado el 4 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico
Por qué ocurre
Durante un tiempo coexisten dos sistemas. El Reglamento (UE) 2025/40 relativo a los envases y residuos de envases (PPWR) deroga la Directiva 94/62/CE con efecto a partir del 12 de agosto de 2026, pero mantiene en vigor el artículo 8, apartado 2, de la directiva hasta 30 meses después de la entrada en vigor del acto de ejecución sobre la etiqueta armonizada (artículo 70, apartado 1, letra a)). Esa disposición exige que el envase indique la naturaleza de sus materiales, para su identificación y clasificación por la industria, sobre la base de la Decisión 97/129/CE de la Comisión (Directiva 94/62/CE, artículo 8, apartado 2), y que el marcado sea claramente visible, fácilmente legible y duradero (artículo 8, apartado 3).[1][2]
La Decisión 97/129/CE establece la numeración y las abreviaturas para los plásticos, el papel y el cartón, los metales, la madera, los textiles, el vidrio y los materiales compuestos, y hace voluntario su uso (artículos 1 y 3). Queda derogada con efecto a partir del 12 de agosto de 2028 (PPWR, artículo 70, apartado 2).[3][1]
La etiqueta armonizada la sustituye. A partir del 12 de agosto de 2028, o 24 meses después de la entrada en vigor de los actos de ejecución, si esta fecha es posterior, los envases introducidos en el mercado llevan una etiqueta armonizada sobre su composición de materiales, basada en pictogramas y fácil de entender, también para las personas con discapacidad (artículo 12, apartado 1). Los envases de transporte quedan fuera de esta obligación, salvo los envases de comercio electrónico, y también los envases sujetos a un sistema de depósito, devolución y retorno, que se marcan con su propia etiqueta clara (artículo 12, apartado 1). La Comisión debía adoptar los actos de ejecución sobre la etiqueta y sus formatos a más tardar el 12 de agosto de 2026 (artículo 12, apartado 6).[1]
El reglamento fija además cómo y dónde se muestra la etiqueta. Las etiquetas se colocan, imprimen o graban de forma visible, legible y firme; la información está a disposición de los usuarios finales antes de la compra en las ventas en línea; y cuando el tamaño del envase no lo permite, la etiqueta se coloca en el envase agrupado o, en su defecto, en un único código legible electrónicamente (artículo 12, apartado 5). La lengua es la que determine el Estado miembro de venta (artículo 12, apartado 5). Los envases fabricados o importados antes de esa fecha que no cumplan lo exigido podrán comercializarse durante 3 años desde la fecha en que se aplique el requisito (artículo 12, apartado 12).[1]
Algunos símbolos ya están restringidos. Los operadores económicos no pueden exhibir etiquetas, marcas, símbolos o inscripciones que puedan inducir a error o confusión a los consumidores sobre los requisitos de sostenibilidad, otras características o las opciones de gestión de residuos de los envases para los que se establece un etiquetado armonizado (artículo 12, apartado 8). Los envases acogidos a un régimen de responsabilidad ampliada del productor solo podrán identificarse mediante un símbolo en un código QR u otro marcado digital normalizado, a más tardar el 12 de febrero de 2027 (artículo 12, apartado 9).[1]
Cómo resolverlo
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Mantenga la identificación de materiales que utiliza hoy
La norma de la Directiva 94/62/CE según la cual el envase indica la naturaleza de sus materiales, sobre la base de la Decisión 97/129/CE de la Comisión, sigue aplicándose hasta 30 meses después de la entrada en vigor del acto de ejecución de la Comisión sobre la etiqueta armonizada. Es una disposición de directiva que se aplica a través del Derecho nacional, y los códigos de la Decisión 97/129/CE son voluntarios, así que compruebe cómo la aplica cada Estado miembro de venta antes de eliminar los códigos de material existentes en un rediseño.
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Elimine los símbolos que puedan inducir a error
Revise todos los logotipos, símbolos y alegaciones del envase relativos al reciclaje, la clasificación, la reutilización o la sostenibilidad. Los operadores económicos no pueden exhibir etiquetas, marcas, símbolos o inscripciones que puedan inducir a error o confusión a los consumidores sobre características para las que el reglamento establece un etiquetado armonizado.
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Planifique la etiqueta armonizada para la fecha en que se aplique
A partir del 12 de agosto de 2028, o 24 meses después de la entrada en vigor de los actos de ejecución, si esta fecha es posterior, los envases introducidos en el mercado llevan una etiqueta armonizada sobre su composición de materiales para ayudar a los consumidores a clasificarlos. Los envases de transporte quedan fuera de esta obligación, salvo los envases de comercio electrónico, y los envases sujetos a un sistema de depósito, devolución y retorno tienen su propia etiqueta.
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Muestre la misma información en línea
La información de la etiqueta debe estar también a disposición de los usuarios finales antes de la compra en las ventas en línea. Planifique la página de producto junto con el diseño gráfico, en las lenguas que determine el Estado miembro de venta.
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Aproveche la transición para los envases ya fabricados
Los envases fabricados en la Unión o importados antes de la fecha de etiquetado que no cumplan los nuevos criterios podrán comercializarse durante 3 años desde la fecha en que se aplique el requisito. Planifique las tiradas de impresión para que las existencias antiguas se agoten dentro de ese plazo.
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Lo que debe mostrar
| Documento | De dónde procede | Base legal |
|---|---|---|
| Diseño gráfico por unidad de envase con la identificación de materiales y, en su caso, la etiqueta de clasificación | El fabricante | PPWR, artículo 12, apartados 1 y 5; Directiva 94/62/CE, artículo 8, apartados 2 y 3 |
| Revisión de los símbolos y alegaciones medioambientales del envase | El fabricante o el importador | PPWR, artículo 12, apartado 8 |
Si no hace nada
El importador no debe introducir en el mercado envases sin etiquetar
Antes de introducir un envase en el mercado, los importadores se aseguran de que esté etiquetado de conformidad con el artículo 12 (PPWR, artículo 18, apartado 2, letra b)).[1]
Los distribuidores verifican el etiquetado
Antes de comercializar un envase, los distribuidores verifican que esté etiquetado de conformidad con el artículo 12 y no lo comercializan si tienen motivos para creer que no es conforme (PPWR, artículo 19, apartado 2, letra b), y apartado 3).[1]
Un portador de datos que no funciona es un incumplimiento
Cuando el código QR o el portador de datos a que se refiere el artículo 12 no da acceso a la información exigida, el Estado miembro exige al operador que ponga fin al incumplimiento y, si este persiste, prohíbe el envase o garantiza que se retire o se recupere (PPWR, artículo 62, apartado 1, letra c), y apartado 2).[1]
Preguntas sobre este problema
¿Tenemos que imprimir los códigos de material, como números y abreviaturas?
La Decisión 97/129/CE establece la numeración y las abreviaturas del sistema de identificación y dispone que su uso es voluntario para los materiales de sus anexos (artículo 3). La Directiva 94/62/CE exige que el envase indique la naturaleza de sus materiales sobre esa base (artículo 8, apartado 2).
¿Podemos mantener un logotipo nacional de clasificación?
El reglamento no prohíbe otras etiquetas como tales, pero prohíbe las etiquetas y símbolos que puedan inducir a error o confusión a los consumidores sobre características para las que se establece un etiquetado armonizado (PPWR, artículo 12, apartado 8). Los envases de un sistema nacional de depósito se marcan con una etiqueta clara e inequívoca (artículo 12, apartado 1).
¿Dónde va la etiqueta en un envase muy pequeño?
En el envase, de forma visible, legible y firme. Cuando ello no sea posible o no esté justificado por su naturaleza y tamaño, en el envase agrupado y, en su defecto, mediante un único código legible electrónicamente (PPWR, artículo 12, apartado 5).
¿Podemos indicar en el envase que pagamos la RAP de envases?
A más tardar el 12 de febrero de 2027, los envases acogidos a un régimen de responsabilidad ampliada del productor solo podrán identificarse en los Estados miembros donde se aplique el régimen mediante un símbolo en un código QR u otro marcado digital normalizado, que no debe inducir a error sobre la reciclabilidad o la reutilizabilidad (PPWR, artículo 12, apartado 9). La redacción deja abierto si el 12 de febrero de 2027 es el inicio de esta norma o un plazo.
¿Cuándo termina la Decisión 97/129/CE?
Queda derogada con efecto a partir del 12 de agosto de 2028 (PPWR, artículo 70, apartado 2). El artículo 8, apartado 2, de la Directiva 94/62/CE sigue aplicándose hasta 30 meses después de la entrada en vigor del acto de ejecución sobre la etiqueta (PPWR, artículo 70, apartado 1, letra a)).
Fuentes
- Reglamento (UE) 2025/40 relativo a los envases y residuos de envases EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases (texto consolidado de 4 de julio de 2018) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
- Decisión 97/129/CE de la Comisión por la que se establece el sistema de identificación de los materiales de envase EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
Acerca de esta página
- Revisor
- Conphora compliance team
- Revisado
- 4 de octubre de 2026
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Conphora (2026). No sabemos qué símbolos de reciclaje imprimir. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/recycling-labels/
Conphora (2026) No sabemos qué símbolos de reciclaje imprimir. Disponible en: https://www.conphora.com/es/solutions/problem/recycling-labels/ (consultado el 13 de octubre de 2026).
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