El Reglamento (UE) 2025/2509 establece normas sobre la seguridad de los juguetes para garantizar un alto nivel de protección de la salud y la seguridad de los menores y otras personas, teniendo debidamente en cuenta el principio de cautela, y normas sobre su libre circulación (artículo 1). Se aplica a los productos concebidos o destinados, exclusivamente o no, a ser utilizados en el juego por menores de 14 años, con exclusión de los productos enumerados en el anexo I (artículo 2). El reglamento entró en vigor el 1 de enero de 2026 y es aplicable desde el 1 de agosto de 2030, fecha en la que queda derogada la Directiva 2009/48/CE; las disposiciones sobre organismos notificados y sobre actos delegados, procedimiento de comité y sanciones (artículos 28 a 44 y 49 a 55) se aplican desde el 1 de enero de 2026.
Los juguetes deben cumplir los requisitos esenciales de seguridad generales y particulares del artículo 5 y el anexo II, que endurecen las normas químicas, y llevar las advertencias exigidas por el artículo 6. La conformidad la evalúa el fabricante mediante el control interno de la producción cuando se hayan aplicado íntegramente las normas armonizadas, y mediante el examen UE de tipo por un organismo notificado en los demás casos previstos en el reglamento. Los juguetes comercializados deben llevar el marcado CE (artículo 17).
La principal novedad es el capítulo V. Antes de introducir un juguete en el mercado, el fabricante debe crear un pasaporte digital de producto que declare que se ha demostrado la conformidad, contenga los datos del anexo VI, esté disponible durante diez años, esté conectado mediante un portador de datos a un identificador único de producto y esté registrado en el registro de pasaportes digitales de producto del Reglamento de diseño ecológico (artículos 19 a 22). Cuando el pasaporte contenga toda la información de la declaración UE de conformidad, la sustituye. En España, los juguetes están sujetos a la vigilancia del mercado de las autoridades de las comunidades autónomas, coordinadas por la Dirección General de Consumo.