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Chemicals and materials Manufacturer · Importer · Online seller 6 min de lectura

Vendemos joyería: ¿qué límites de níquel y plomo hay?

La joyería vendida en la UE debe cumplir las restricciones del anexo XVII de REACH: límites de liberación de níquel para varillas de piercing y artículos en contacto prolongado con la piel (entrada 27), plomo por debajo del 0,05 % en cualquier parte individual (entrada 63) y cadmio por debajo del 0,01 % en las partes metálicas (entrada 23). Clasifique la gama por tipo de contacto y obtenga resultados de ensayo por parte. Además se aplican las obligaciones del GPSR sobre análisis de riesgos, documentación y dirección.

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Revisado el 5 de octubre de 2026 por el Conphora compliance team · No constituye asesoramiento jurídico

Por qué ocurre

La joyería no tiene un acto de armonización específico, pero su química está regulada al detalle. REACH, el Reglamento (CE) n.º 1907/2006, establece que una sustancia contenida en un artículo para el que el anexo XVII contenga una restricción no se introducirá en el mercado a menos que cumpla las condiciones de dicha restricción (artículo 67, apartado 1). Tres entradas del anexo XVII son las más importantes para la joyería: el níquel (entrada 27), el plomo (entrada 63) y el cadmio (entrada 23).[1]

La entrada sobre el níquel opera sobre la liberación, no sobre el contenido. El níquel no se utilizará en los montajes de varilla que se insertan en orejas perforadas y otras partes del cuerpo perforadas, a menos que la tasa de liberación sea inferior a 0,2 μg/cm²/semana. En los artículos destinados a entrar en contacto directo y prolongado con la piel, como pendientes, collares, pulseras, cadenas, tobilleras, anillos, cajas de relojes de pulsera, correas de reloj y partes metálicas de prendas, la liberación de las partes en contacto no puede superar 0,5 μg/cm²/semana. Un recubrimiento que no sea de níquel debe mantener la liberación dentro de ese límite durante al menos dos años de uso normal (entrada 27, punto 1). Dichos artículos no pueden introducirse en el mercado si no son conformes, y las normas CEN son los métodos de ensayo (puntos 2 y 3).[1]

El plomo y el cadmio se limitan por contenido. El plomo no se introducirá en el mercado ni se utilizará en ninguna parte individual de los artículos de joyería si su concentración es igual o superior al 0,05 % en peso (entrada 63, punto 1). Los artículos de joyería incluyen la bisutería y los accesorios para el pelo, y por parte individual se entienden los materiales y componentes con los que se fabrica la joya (punto 2); también están cubiertas las partes vendidas para la fabricación de joyas (punto 3). Quedan exentos el cristal, los componentes de reloj inaccesibles, las piedras preciosas sin tratar y los esmaltes (punto 4). El cadmio no se utilizará ni se introducirá en el mercado en una proporción igual o superior al 0,01 % en peso del metal en las cuentas y los componentes metálicos para la fabricación de joyas ni en las partes metálicas de joyería, bisutería y accesorios para el pelo (entrada 23, punto 10).[1]

El Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos (GPSR) se aplica junto con estas restricciones. Cuando el Derecho de la Unión establece requisitos de seguridad específicos, el GPSR se aplica a los aspectos y riesgos que esos requisitos no cubren (artículo 2, apartado 1). Los operadores económicos solo pueden introducir en el mercado productos seguros (artículo 5), y la evaluación de la seguridad tiene en cuenta las categorías de consumidores, en particular los niños (artículo 6, apartado 1, letra e). El fabricante realiza un análisis interno de riesgos y elabora la documentación técnica antes de introducir la joyería en el mercado (artículo 9, apartado 2), y el importador comprueba que así se ha hecho y añade su propio nombre y dirección (artículo 11, apartados 1 y 3). REACH es uno de los actos enumerados en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1020, al que remite la definición de legislación de armonización de la Unión del GPSR (artículo 3, punto 27). No obstante, la Comisión entiende que el GPSR se aplica plenamente a bienes de uso cotidiano, como los muebles y los artículos de puericultura, que REACH también restringe (Comunicación de la Comisión C/2025/6233, sección 2.2), y Conphora sigue esa interpretación.[2][4][5]

Cómo resolverlo

  1. Clasifique la gama según cómo toca el cuerpo

    Separe los artículos que se insertan en orejas perforadas u otras perforaciones de los que están en contacto directo y prolongado con la piel, como collares, anillos, pulseras, correas de reloj y partes metálicas de prendas. Los límites de níquel difieren entre ambos grupos, y los artículos con recubrimiento tienen su propia regla.

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  2. Compruebe la liberación de níquel, no el contenido de níquel

    El níquel se limita por su tasa de liberación: menos de 0,2 μg/cm²/semana en las varillas de piercing y no más de 0,5 μg/cm²/semana en las partes en contacto prolongado con la piel. Un recubrimiento debe mantener la liberación en 0,5 μg/cm²/semana o menos durante al menos dos años de uso normal. Las normas CEN son los métodos de ensayo.

  3. Compruebe el plomo y el cadmio en cada parte

    El plomo no puede alcanzar el 0,05 % en peso en ninguna parte individual de un artículo de joyería, incluidas las cuentas y los componentes que se venden para fabricar joyas. El cadmio no puede alcanzar el 0,01 % en peso del metal en las partes metálicas y las cuentas metálicas. Revise las excepciones previstas, como el cristal y los esmaltes en el caso del plomo.

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  4. Obtenga informes de ensayo por material y modelo

    Pida a los proveedores informes de ensayo que indiquen el modelo, la parte ensayada y el método. Cuando varios artículos compartan la misma aleación o el mismo baño, deje constancia de por qué un solo informe los cubre. Repita el ensayo cuando el proveedor cambie de aleación, de baño o de fábrica.

  5. Compruebe los demás riesgos con arreglo al GPSR

    La joyería no tiene un acto de armonización específico. Las restricciones de REACH se aplican junto con el Reglamento (UE) 2023/988 (GPSR), de modo que fabricantes e importadores cumplen ambos: la restricción y las obligaciones del GPSR de análisis de riesgos, documentación técnica, identificación y dirección (artículos 9 y 11). El requisito general de seguridad del GPSR cubre además riesgos que REACH no abarca, como las piezas pequeñas que un niño podría tragar.

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Lo que debe mostrar

DocumentoDe dónde procedeBase legal
Informes de ensayo de liberación de níquel de varillas de piercing y partes en contacto con la pielUn laboratorio, a través del proveedor o por encargo propioReglamento (CE) n.º 1907/2006, anexo XVII, entrada 27, puntos 1 a 3
Informes de ensayo del contenido de plomo y cadmio por parteUn laboratorioReglamento (CE) n.º 1907/2006, anexo XVII, entrada 63, puntos 1 a 3; entrada 23, punto 10
Análisis interno de riesgos y documentación técnicaEl fabricanteGPSR, artículos 5 y 9, apartado 2

Si no hace nada

La joyería no conforme no puede introducirse en el mercado

Los artículos sujetos a la restricción del níquel no se introducirán en el mercado a menos que cumplan los límites de liberación (REACH, anexo XVII, entrada 27, punto 2), y una sustancia contenida en un artículo restringido por el anexo XVII solo puede introducirse en el mercado si cumple la restricción (REACH, artículo 67, apartado 1).[1]

Basta con plomo en una sola parte

El plomo no se introducirá en el mercado ni se utilizará en ninguna parte individual de los artículos de joyería en una concentración del 0,05 % en peso o superior, lo que incluye los materiales y componentes con los que se fabrica la joya (REACH, anexo XVII, entrada 63, puntos 1 y 2).[1]

Las sanciones las fija cada país

Los Estados miembros establecen las sanciones aplicables a las infracciones de REACH, que deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias (REACH, artículo 126).[1]

Preguntas sobre este problema

¿Los accesorios para el pelo y los relojes cuentan como joyería?

En cuanto al plomo, sí: los artículos de joyería incluyen los accesorios para el pelo, los relojes de pulsera y las pulseras, los broches y los gemelos (REACH, anexo XVII, entrada 63, punto 2). Los componentes internos de los relojes, inaccesibles para los consumidores, están exentos (punto 4, inciso b). En cuanto al níquel, se citan las cajas, las correas y los cierres de los relojes de pulsera (entrada 27, punto 1, inciso b).

¿«Acero inoxidable» significa sin níquel?

No por sí solo. La entrada sobre el níquel limita la tasa de liberación de níquel de las partes en contacto con la piel, sea cual sea la aleación (REACH, anexo XVII, entrada 27, punto 1). Solo un ensayo de liberación demuestra si una parte la cumple.

Vendemos joyería vintage. ¿Se aplican los límites?

El límite de plomo no se aplica a la joyería introducida en el mercado por primera vez antes del 9 de octubre de 2013 ni a la producida antes del 10 de diciembre de 1961 (entrada 63, punto 5). El límite de cadmio no se aplica a los artículos introducidos en el mercado antes del 10 de diciembre de 2011 ni a la joyería con más de 50 años de antigüedad en esa fecha (entrada 23, punto 11). El cadmio presente en la soldadura fuerte de una pulsera de plata cuenta para el límite de las partes metálicas (asunto C-512/24).

Vendemos cuentas sueltas para fabricar joyas. ¿Están cubiertas?

Sí. El límite de plomo se aplica también a las partes individuales introducidas en el mercado para la fabricación de joyas (entrada 63, punto 3), y el límite de cadmio abarca las cuentas metálicas y demás componentes metálicos para la fabricación de joyas (entrada 23, punto 10).

¿Las piedras preciosas están cubiertas por el límite de plomo?

Las piedras preciosas y semipreciosas no sintéticas ni reconstituidas están exentas, salvo que hayan sido tratadas con plomo o con sus compuestos (REACH, anexo XVII, entrada 63, punto 4, inciso c).

Siga los cambios en la normativa que afecta a este problema

Un correo cuando cambie la normativa. Puede darse de baja en cualquier correo.

Fuentes

  1. Reglamento (CE) n.º 1907/2006 (REACH), anexo XVII (texto consolidado de 22 de junio de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  2. Reglamento (UE) 2023/988 relativo a la seguridad general de los productos (texto consolidado de 29 de mayo de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  3. Sentencia del Tribunal de Justicia de 1 de agosto de 2025, BÁV, asunto C-512/24 EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  4. Reglamento (UE) 2019/1020 relativo a la vigilancia del mercado y la conformidad de los productos, anexo I (texto consolidado de 12 de agosto de 2026) EUR-Lex · consultado el 4 de octubre de 2026
  5. Comunicación de la Comisión — Directrices sobre la aplicación del marco legislativo de la UE en materia de seguridad general de los productos por parte de las empresas (C/2025/6233) EUR-Lex · consultado el 5 de octubre de 2026

Acerca de esta página

Revisor
Conphora compliance team
Revisado
5 de octubre de 2026
Citar esta página
Conphora (2026). Vendemos joyería: ¿qué límites de níquel y plomo hay?. Recuperado el 13 de octubre de 2026 de https://www.conphora.com/es/solutions/problem/jewellery-nickel-lead/
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