Esc

La búsqueda del sitio llega con el catálogo de la plataforma. Mientras tanto, empiece por una de estas opciones:

Estrategia de cumplimiento normativo 8 min

Restricción de los PFAS: qué deben vigilar los importadores de textiles y utensilios de cocina

La restricción universal de los PFAS aún no es ley, pero sí los límites de PFHxA en la ropa y de PFAS en envases alimentarios. Situación en julio de 2026.

Free account · no card · opens in the Demo Company

Conphora Editorial · 15 de julio de 2026
PFASREACHtextilesutensilios de cocinacontacto con alimentosproductos químicos

Dos historias sobre los PFAS que es fácil confundir

Los PFAS, la extensa familia de sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas a las que a menudo se llama «contaminantes eternos», se utilizan en ropa impermeable, textiles repelentes a las manchas, envases alimentarios y revestimientos antiadherentes. En la UE hay en marcha al mismo tiempo dos procesos normativos muy distintos, y los importadores suelen tratarlos como si fueran uno solo.

El primero es la restricción universal de los PFAS: una propuesta para restringir los PFAS como grupo en el marco de REACH. Es de gran alcance, sigue en evaluación y no es ley.

El segundo es un conjunto de disposiciones más acotadas que ya están adoptadas y que empiezan a aplicarse en la segunda mitad de 2026. Para los importadores de ropa y calzado, la más importante es la restricción del PFHxA en REACH, que se aplica desde el 10 de octubre de 2026.

Este artículo separa ambas, a fecha de julio de 2026, y sugiere qué debería hacer ahora un importador de textiles o de utensilios de cocina.

En qué punto está la restricción universal

La restricción universal sigue el procedimiento ordinario de REACH: dos comités científicos de la ECHA emiten sus dictámenes y, a continuación, la Comisión decide si propone una restricción y de qué manera.

Nada de este proceso genera hoy obligaciones para las empresas. El alcance de la restricción final, los períodos transitorios y las excepciones para usos específicos siguen abiertos. Cualquier artículo que le diga la fecha exacta en que se prohibirán los PFAS en una chaqueta o en una sartén se está adelantando al procedimiento.

Textiles: la restricción del PFHxA se aplica desde el 10 de octubre de 2026

Mientras la restricción universal sigue en debate, varios subgrupos de PFAS ya están restringidos –el PFOA en el Reglamento sobre COP desde 2020 y los PFCA C9–C14 en REACH desde 2023– y se ha adoptado una restricción adicional, la del PFHxA. El Reglamento (UE) 2024/2462 de la Comisión, de 19 de septiembre de 2024, añadió al anexo XVII de REACH una restricción sobre el ácido undecafluorohexanoico (PFHxA), sus sales y las sustancias afines al PFHxA.

A partir del 10 de octubre de 2026, estas sustancias no podrán introducirse en el mercado ni utilizarse en concentraciones iguales o superiores a 25 ppb para la suma del PFHxA y sus sales, o a 1.000 ppb para la suma de las sustancias afines al PFHxA, en:

A partir del 10 de octubre de 2027, los mismos límites se aplican a otros textiles, cuero, pieles y pellejos destinados al público en general, por ejemplo los textiles para el hogar.

Dos detalles importan a los importadores. En primer lugar, la restricción no se aplica a los artículos y mezclas introducidos en el mercado antes del 10 de octubre de 2026 (o antes del 10 de octubre de 2027 en el caso del segundo grupo), de modo que las existencias ya introducidas en el mercado pueden seguir vendiéndose. En segundo lugar, se excluyen algunos usos, entre ellos determinados equipos de protección individual, productos sanitarios y textiles para la construcción.

Si importa chaquetas de exterior, ropa de lluvia, uniformes escolares o calzado con acabados repelentes al agua o a las manchas, esta es la restricción con la que debe trabajar en 2026, y no la propuesta universal.

Utensilios de cocina: ninguna restricción nueva sobre PFAS en 2026

Los utensilios de cocina se encuentran en una situación distinta. No figuran en la lista de productos cubiertos por la restricción del PFHxA, y los límites de PFAS del Reglamento de Envases y Residuos de Envases se aplican a los envases, no a las sartenes ni a las bandejas de horno. Las restricciones por grupo más antiguas sí se aplican a los utensilios de cocina, como a cualquier artículo: el PFOA, sus sales y los compuestos afines al PFOA están restringidos en el Reglamento sobre COP desde julio de 2020, y los PFCA C9–C14 en REACH desde febrero de 2023. Lo que sigue abierto es si se restringirán los revestimientos de fluoropolímeros como tales.

Para los utensilios de cocina antiadherentes, más allá de los límites ya vigentes para el PFOA y los PFCA C9–C14, la cuestión es qué dirá finalmente la restricción universal sobre los fluoropolímeros y sobre los artículos en contacto con alimentos. A julio de 2026, eso no está resuelto. Una estrategia sensata es saber hoy cuáles de sus productos llevan un revestimiento fluorado, para poder reaccionar con rapidez cuando se publiquen el alcance definitivo y los períodos transitorios.

Envases en contacto con alimentos: PPWR desde el 12 de agosto de 2026

Para las empresas que envasan alimentos, hay una fecha más en 2026. Con arreglo al artículo 5, apartado 5, del Reglamento de Envases y Residuos de Envases, Reglamento (UE) 2025/40, los envases en contacto con alimentos no podrán introducirse en el mercado a partir del 12 de agosto de 2026 si contienen PFAS en concentraciones iguales o superiores a:

Esto se refiere al envase, no al producto que contiene. Un importador de utensilios de cocina que vende sartenes en una caja de cartón impresa no se ve afectado; una empresa que vende alimentos envasados o artículos desechables en contacto con alimentos, sí. Más información en nuestra guía del PPWR y en la página de problema sobre los productos en contacto con alimentos.

Qué preguntar ahora a los proveedores

El hilo conductor son los datos. Las disposiciones vinculantes funcionan con límites de concentración, y la restricción universal casi con toda seguridad hará lo mismo. Pasos prácticos para un importador:

  1. Clasifique los productos por su función. ¿Qué productos tienen acabados repelentes al agua, al aceite o a las manchas, revestimientos antiadherentes o membranas fluoradas?
  2. Haga a los proveedores una pregunta precisa. No «¿está libre de PFAS?», sino si se utilizan PFHxA, sus sales o sustancias afines, y si se ha añadido algún PFAS de forma intencionada.
  3. Solicite informes de ensayo para la ropa y el calzado que se introduzcan en el mercado a partir del 10 de octubre de 2026, con respecto a los límites de 25 ppb y 1.000 ppb.
  4. Registre la fecha de introducción en el mercado de las existencias, para poder demostrar qué unidades se acogen a la exención transitoria.
  5. Conserve las respuestas junto con el producto, para poder actualizarlas cuando se decida la restricción universal.

Nuestra guía de REACH, la entrada del glosario sobre REACH y la página de problema sobre los productos químicos en la ropa explican las obligaciones más amplias de REACH, y nuestro artículo anterior sobre el Reglamento REACH trata la comunicación de las SVHC.

Cómo le ayuda Conphora

El cumplimiento en materia de PFAS es una tarea de datos de proveedores que debe estar lista antes de que la obligación se aplique. Con Conphora puede:

Vea cómo funciona Conphora y cómo mantiene los datos químicos junto al producto.


¿Está preparando sus textiles para el 10 de octubre? Vea los planes y precios →

Fuentes

Más como esto — un correo a la semana

Nuevas guías, artículos y documentos técnicos sobre los temas que elija. Nada más.

Demo Company

See it working before you add a product

The Demo Company is a complete, read-only example — products, documents, supplier requests and deadlines. Open it with a free account; no card, no trial clock.

Free account · no card · opens in the Demo Company