{
  "$schema": "https://www.conphora.com/schemas/regulation-page.json",
  "code": "PyroD",
  "locale": "es",
  "url": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/pyrod/",
  "json": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/pyrod.json",
  "summaryPdf": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/pyrod/summary.pdf",
  "dateModified": "2026-09-13",
  "regulation": {
    "code": "PyroD",
    "name": "Directiva 2013/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de artículos pirotécnicos (refundición)",
    "shortName": "Directiva de Artículos Pirotécnicos",
    "reference": "Directiva 2013/29/UE",
    "celex": "32013L0029",
    "eurlex": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029",
    "actType": "Directiva",
    "category": "CE / Product Safety",
    "inForce": "2013-06-29",
    "appliesFrom": "2015-07-01",
    "changing": false,
    "video": "regulation-pyrod"
  },
  "answer": "La Directiva de Artículos Pirotécnicos fija los requisitos de seguridad de fuegos artificiales y otros pirotécnicos: el fabricante clasifica, un organismo notificado evalúa, y se etiqueta y marca CE, verificado por importadores y distribuidores. Sustituyó a la Directiva 2007/23/CE en 2015; las normas armonizadas F1 a F3 confirieron presunción de conformidad solo hasta el 24 de marzo de 2025.",
  "description": "Guía PyroD: la Directiva de Artículos Pirotécnicos, las ocho categorías F1 a F4, T1, T2, P1 y P2, los límites de edad, los módulos de organismo notificado, el número de registro y el registro de trazabilidad, las normas de etiquetado, las órdenes danesas sobre fuegos artificiales, las fechas clave y cómo cumplir.",
  "enforcedBy": "Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado hacen cumplir las leyes nacionales que transponen la directiva; el artículo 38, apartado 2, sigue citando el artículo 15, apartado 3, y los artículos 16 a 29 del Reglamento (CE) n.º 765/2008, leídos como el Reglamento (UE) 2019/1020 desde el 16 de julio de 2021, cuyo anexo I incluye la directiva como punto 45 y cuyo artículo 4 exige un operador económico establecido en la Unión para todo artículo pirotécnico introducido en el mercado. En Dinamarca, la directiva y la directiva de ejecución sobre trazabilidad se transponen mediante la orden ejecutiva n.º 1799, de 9 de septiembre de 2021, sobre los requisitos para fuegos artificiales y otros artículos pirotécnicos, modificada por la orden ejecutiva n.º 729, de 12 de junio de 2024, junto con las normas nacionales sobre importación, fabricación, almacenamiento, cesión, adquisición y uso recogidas en la orden ejecutiva n.º 1798, de 9 de septiembre de 2021, modificada por la orden ejecutiva n.º 730, de 12 de junio de 2024, ambas dictadas al amparo de la ley de productos (lov om produkter og markedsovervågning), que incluye la directiva en su artículo 2 como punto 10 y designa a Erhvervsstyrelsen como autoridad de control; las tareas las ejerce Sikkerhedsstyrelsen, desde enero de 2026 el departamento Markedsovervågning de Erhvervsstyrelsen, que también designa a los organismos notificados daneses, mientras que la ley de fuegos artificiales (lov om fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler, consolidada como LBK n.º 23, de 8 de enero de 2026) exige una licencia de Erhvervsstyrelsen, o de un organismo que este autorice, para fabricar, montar o importar, y un permiso del ayuntamiento para almacenar, ceder, adquirir o usar. El repertorio de medidas es la acción correctiva, la retirada o recuperación en un plazo proporcionado al riesgo, la prohibición o restricción de la comercialización, las órdenes para poner fin a un incumplimiento formal como un marcado CE ausente o mal colocado, un número de organismo notificado ausente, una declaración UE de conformidad ausente o incorrecta, una documentación técnica incompleta o una identificación ausente del operador, y sanciones nacionales que deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias y que pueden incluir sanciones penales para las infracciones graves.",
  "keyDates": [
    {
      "date": "2013-06-12",
      "label": "La Directiva 2013/29/UE es adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo como refundición de la Directiva 2007/23/CE alineada con el Nuevo Marco Legislativo",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · bloque de título y firma tras el art. 50"
    },
    {
      "date": "2013-06-29",
      "label": "Entrada en vigor, el día siguiente a su publicación en el DO L 178 de 28 de junio de 2013",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 49, párrafo primero"
    },
    {
      "date": "2013-07-04",
      "label": "Los Estados miembros aplican las medidas de transposición del punto 4 del anexo I, la norma sobre explosivos detonantes, y el punto 4 del anexo I de la Directiva 2007/23/CE queda derogado con efectos desde la misma fecha",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 47, apartado 2, y art. 48, párrafo segundo"
    },
    {
      "date": "2013-10-03",
      "label": "Plazo para que los Estados miembros adopten y publiquen las disposiciones de transposición del punto 4 del anexo I",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 47, apartado 2"
    },
    {
      "date": "2014-05-07",
      "label": "Entra en vigor la Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión sobre el sistema de trazabilidad, el vigésimo día tras su publicación en el DO L 115 de 17 de abril de 2014; establece el formato uniforme del número de registro y el registro público de los organismos notificados",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1, art. 2 y art. 5"
    },
    {
      "date": "2015-04-30",
      "label": "Plazo para que los Estados miembros adopten y publiquen las disposiciones de transposición de la Directiva de Ejecución 2014/58/UE",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 4, apartado 1, párrafo primero"
    },
    {
      "date": "2015-06-30",
      "label": "Plazo para que los Estados miembros adopten y publiquen las leyes de transposición del grueso de la directiva: los puntos 7, 12, 13 y 15 a 22 del artículo 3, el artículo 4, apartado 1, el artículo 5, el artículo 7, apartado 4, el artículo 8, apartados 2 a 9, el artículo 9, el artículo 10, apartado 2, el artículo 11, apartados 1 y 3, los artículos 12 a 16, los artículos 18 a 29, los artículos 31 a 35, el artículo 37, el artículo 38, apartados 1 y 2, los artículos 39 a 42, el artículo 45, el artículo 46 y los anexos I, II y III",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 47, apartado 1, párrafo primero"
    },
    {
      "date": "2015-07-01",
      "label": "Se aplican las medidas nacionales; el artículo 1, el artículo 2, la mayor parte del artículo 3, el artículo 4, apartados 2 a 4, los artículos 6 y 7, apartados 1 a 3, el artículo 8, apartado 1, el artículo 10, apartados 1, 3 y 4, el artículo 11, apartado 2, los artículos 17, 30 y 36, el artículo 38, apartado 3, los artículos 43 y 44 y los anexos IV y V se aplican directamente; se deroga la Directiva 2007/23/CE y los artículos conformes a ella e introducidos en el mercado antes de esta fecha pueden seguir comercializándose",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 46, apartado 1, art. 47, apartado 1, art. 48 y art. 49, párrafo segundo"
    },
    {
      "date": "2016-10-17",
      "label": "Los Estados miembros aplican las disposiciones de trazabilidad de la Directiva de Ejecución 2014/58/UE: el número de registro XXXX-YY-ZZZZ, el registro público de los organismos notificados y los registros de 10 años que llevan fabricantes e importadores",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1, art. 2, art. 3 y art. 4, apartado 1, párrafo segundo"
    },
    {
      "date": "2017-07-04",
      "label": "Última fecha en que siguen siendo válidas las autorizaciones nacionales concedidas antes del 4 de julio de 2010 para fuegos artificiales de las categorías F1, F2 y F3, y antes del 4 de julio de 2013 para otros artículos pirotécnicos, fuegos artificiales de categoría F4 y artículos pirotécnicos teatrales, salvo que hubieran caducado antes; las autorizaciones para artículos pirotécnicos destinados a vehículos, incluidas las piezas de repuesto, concedidas antes del 4 de julio de 2013 continúan hasta su propio vencimiento",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 46, apartados 2, 3 y 4"
    },
    {
      "date": "2021-07-16",
      "label": "Se aplica el Reglamento (UE) 2019/1020: sustituye los artículos de vigilancia del mercado del Reglamento (CE) n.º 765/2008 que cita el artículo 38, apartado 2, incluye la directiva como punto 45 de su anexo I y, en su artículo 4, exige un operador económico establecido en la Unión para todo artículo pirotécnico introducido en el mercado",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 5, art. 39, art. 44 y anexo I, punto 45"
    },
    {
      "date": "2021-10-01",
      "label": "Entran en vigor las órdenes ejecutivas danesas n.º 1799 y n.º 1798, de 9 de septiembre de 2021: la n.º 1799 transpone la directiva y la directiva de ejecución sobre trazabilidad y deroga la orden n.º 1423, de 16 de diciembre de 2009; la n.º 1798 recoge las normas nacionales sobre importación, fabricación, almacenamiento, cesión, adquisición y uso",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 60; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798 · § 1"
    },
    {
      "date": "2024-07-01",
      "label": "Endurecimiento danés en vigor: el período legal en que pueden usarse los fuegos artificiales de consumo se reduce del 27 de diciembre-1 de enero al 31 de diciembre y 1 de enero, los demás artículos pirotécnicos de categoría P1 solo pueden venderse a mayores de 18 años, y los puntos de venta minorista y los fest- o scenefyrværkere autorizados pueden usar fuegos artificiales de consumo del 27 al 30 de diciembre únicamente para demostrar artículos como parte de la venta; la orden ejecutiva n.º 729, de 12 de junio de 2024, modifica al mismo tiempo la orden n.º 1799/2021, ampliando la sanción a los incumplimientos de su § 17 y alineando la norma de venta con el nuevo § 28 a",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/637 · § 1, nr. 1 y § 10, stk. 1; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/730 · § 1, nr. 2, 4 y 5, y § 2"
    },
    {
      "date": "2025-02-24",
      "label": "Entra en vigor la Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 de la Comisión el día de su publicación, y sustituye la lista de normas armonizadas para artículos pirotécnicos, derogando la Comunicación 2017/C 149/01",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337 · art. 1, art. 2 y art. 3"
    },
    {
      "date": "2025-03-24",
      "label": "Las referencias del anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 dejan de conferir presunción de conformidad: se retiran la serie EN 15947:2015 para fuegos artificiales de las categorías F1, F2 y F3 y las normas de terminología EN ISO 14451-1:2013, EN 16256-1:2012 y EN 16261-1:2012, sin que quede ninguna norma armonizada citada para los fuegos artificiales de consumo",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337 · art. 2, párrafo segundo, anexo I y anexo II"
    },
    {
      "date": "2025-09-19",
      "label": "La Comisión publica su evaluación de la directiva: eficaz, eficiente y pertinente en conjunto, pero con problemas en torno a los fuegos artificiales peligrosos en el mercado, la venta por correspondencia, la trazabilidad y la cesión, y el bienestar animal; no se decide ninguna revisión",
      "source": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/news/commission-publishes-evaluations-eu-rules-pyrotechnics-and-civil-explosives-2025-09-19_en"
    },
    {
      "date": "2025-10-01",
      "label": "Finaliza la transición danesa: los fuegos artificiales de categoría F3 que se consideraban fuegos artificiales de consumo con la orden de 2009 ya no pueden comercializarse a consumidores en Dinamarca",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 61"
    },
    {
      "date": "2026-01-01",
      "label": "Sikkerhedsstyrelsen pasa a ser el departamento Markedsovervågning de Erhvervsstyrelsen y continúa las mismas funciones, incluido el control de los artículos pirotécnicos y la designación de organismos notificados",
      "source": "https://erhvervsstyrelsen.dk/sikkerhedsstyrelsen-en-del-af-erhvervsstyrelsen; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/22 · § 9"
    }
  ],
  "scope": {
    "appliesTo": [
      "Todos los artículos pirotécnicos, es decir, cualquier artículo que contenga sustancias explosivas o una mezcla explosiva de sustancias concebida para producir calor, luz, sonido, gas o humo, o una combinación de esos efectos, mediante una reacción química exotérmica autosostenida",
      "Fuegos artificiales de las categorías F1, F2, F3 y F4, desde artículos de fiesta para interior y fuegos de jardín hasta bombas de exhibición profesional",
      "Artículos pirotécnicos teatrales de las categorías T1 y T2 para uso escénico interior o exterior, incluidas las producciones de cine y televisión",
      "Otros artículos pirotécnicos de las categorías P1 y P2, incluidos los dispositivos de ignición, los inflamadores eléctricos y las mechas",
      "Artículos pirotécnicos para vehículos: componentes de dispositivos de seguridad en vehículos que contienen sustancias pirotécnicas utilizadas para activar esos u otros dispositivos, como los generadores de gas de los airbags y de los pretensores de cinturón, microgeneradores de gas, inflamadores y actuadores",
      "Los operadores económicos de la cadena: fabricantes, importadores y distribuidores y, a través del Reglamento (UE) 2019/1020, el operador económico responsable establecido en la Unión"
    ],
    "derived": [
      "La directiva solo nombra a tres operadores económicos, el fabricante, el importador y el distribuidor, y no tiene representante autorizado propio; el operador económico responsable establecido en la Unión, que puede ser un representante autorizado o un prestador de servicios logísticos, procede del artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/1020, que incluye la directiva en su artículo 4, apartado 5 (art. 3, punto 12; Reglamento (UE) 2019/1020, art. 4, apartados 1 y 5)",
      "La evaluación de la conformidad siempre implica a un organismo notificado, que además confirma la clasificación del fabricante y asigna el número de registro que identifica el artículo y su fabricante (art. 6, apartado 1, art. 9, apartado 1, art. 17 y art. 33, apartado 3)",
      "Los Estados miembros pueden seguir prohibiendo o restringiendo la posesión, el uso o la venta al público en general de fuegos artificiales de categorías F2 y F3, artículos pirotécnicos teatrales y otros artículos pirotécnicos por motivos de orden público, seguridad, salud y seguridad o protección del medio ambiente, y pueden elevar los límites de edad; Dinamarca ha utilizado ambas opciones (art. 4, apartado 2, y art. 7, apartado 2; orden ejecutiva n.º 1799/2021, § 3 y § 5; orden ejecutiva n.º 1798/2021, § 25)",
      "Las referencias a la serie EN 15947:2015 se aplicaron solo hasta el 24 de marzo de 2025, de modo que desde el 25 de marzo de 2025 ninguna norma armonizada confiere presunción de conformidad a los fuegos artificiales de las categorías F1, F2 y F3: se retiró la serie EN 15947:2015 y no se citó la serie EN 15947:2022, por lo que la conformidad con el anexo I debe demostrarse directamente ante el organismo notificado (Decisión de Ejecución (UE) 2025/337, art. 1 y art. 2, con los anexos I y II)",
      "El importador o distribuidor que introduce un artículo en el mercado con su propio nombre o marca, o que modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad, se considera fabricante (art. 14)",
      "Los artículos no conformes pueden exhibirse y utilizarse en ferias comerciales, exposiciones y demostraciones tras un cartel visible, y pueden desplazarse y utilizarse libremente para investigación, desarrollo y ensayo bajo un cartel visible, pero no pueden venderse hasta que se ajusten a la conformidad (art. 4, apartados 3 y 4)"
    ],
    "categories": [
      {
        "id": "consumer-fireworks-f1-f2",
        "label": "Fuegos artificiales de las categorías F1 y F2, como artículos de fiesta para interior, bengalas, fuentes y fuegos de jardín para zonas exteriores acotadas"
      },
      {
        "id": "fireworks-f3",
        "label": "Fuegos artificiales de categoría F3, de peligro medio, destinados a uso exterior en grandes espacios abiertos"
      },
      {
        "id": "professional-fireworks-f4",
        "label": "Fuegos artificiales de categoría F4, de peligro alto, para uso exclusivo de personas con conocimientos especializados"
      },
      {
        "id": "theatrical-t1-t2",
        "label": "Artículos pirotécnicos teatrales de las categorías T1 y T2 para uso escénico interior o exterior, cine y televisión"
      },
      {
        "id": "other-pyrotechnic-p1-p2",
        "label": "Otros artículos pirotécnicos de las categorías P1 y P2, incluidos los dispositivos de ignición, los inflamadores eléctricos y las mechas"
      },
      {
        "id": "vehicle-pyrotechnics",
        "label": "Artículos pirotécnicos para vehículos, como los generadores de gas de los airbags y de los pretensores de cinturón, microgeneradores de gas, inflamadores y actuadores"
      },
      {
        "id": "trade-fair-and-research-articles",
        "label": "Artículos no conformes exhibidos o utilizados en una feria comercial, exposición o demostración, o fabricados para investigación, desarrollo y ensayo"
      },
      {
        "id": "pre-2015-articles",
        "label": "Artículo conforme a la Directiva 2007/23/CE e introducido en el mercado antes del 1 de julio de 2015"
      },
      {
        "id": "military-police-fire-articles",
        "label": "Artículos pirotécnicos destinados a un uso no comercial por las fuerzas armadas, la policía o los servicios de bomberos"
      },
      {
        "id": "marine-equipment-articles",
        "label": "Equipos comprendidos en el ámbito de las normas sobre equipos marinos para buques"
      },
      {
        "id": "aerospace-pyrotechnics",
        "label": "Artículos pirotécnicos destinados a su uso en la industria aeroespacial"
      },
      {
        "id": "toy-percussion-caps",
        "label": "Cápsulas fulminantes destinadas específicamente a juguetes"
      },
      {
        "id": "civil-explosives",
        "label": "Explosivos para usos civiles, como los explosivos de voladura y los detonadores"
      },
      {
        "id": "ammunition",
        "label": "Munición: proyectiles, cargas propulsoras y munición de fogueo utilizados en armas de fuego portátiles, otras armas y artillería"
      },
      {
        "id": "own-use-fireworks",
        "label": "Fuegos artificiales fabricados por un fabricante para su propio uso, autorizados únicamente para su uso en el territorio del Estado miembro donde esté establecido y que permanezcan en él"
      }
    ],
    "roles": [
      {
        "id": "manufacturer",
        "label": "Fabricante (incluidos los titulares de marca)",
        "definition": "Persona física o jurídica que fabrica un artículo pirotécnico, o que manda diseñarlo o fabricarlo, y lo comercializa con su nombre o marca; el importador o distribuidor que introduce un artículo en el mercado con su propio nombre o marca, o que modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad, se considera fabricante.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 9, y art. 14"
      },
      {
        "id": "importer",
        "label": "Importador",
        "definition": "Cualquier persona física o jurídica establecida en la Unión que introduce en el mercado de la Unión un artículo pirotécnico procedente de un tercer país.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 10"
      },
      {
        "id": "distributor",
        "label": "Distribuidor (mayorista, minorista o empresa de exhibición que suministra artículos)",
        "definition": "Cualquier persona física o jurídica de la cadena de suministro, distinta del fabricante o el importador, que comercializa un artículo pirotécnico.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 11"
      },
      {
        "id": "fulfilment-provider",
        "label": "Prestador de servicios logísticos que actúa como operador responsable",
        "definition": "Prestador de servicios de almacenamiento, embalaje, direccionamiento y expedición que se convierte en el operador económico establecido en la Unión responsable de un artículo pirotécnico con arreglo al Reglamento (UE) 2019/1020 cuando no hay fabricante, importador o representante autorizado establecido en la Unión; la propia directiva no nombra esta figura.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 3, punto 11, art. 4, apartado 1, y art. 4, apartado 5"
      },
      {
        "id": "other",
        "label": "Representante autorizado con arreglo al Reglamento (UE) 2019/1020",
        "definition": "Persona física o jurídica establecida en la Unión con un mandato escrito del fabricante para realizar en su nombre las tareas del artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/1020; la propia directiva solo nombra como operadores económicos al fabricante, al importador y al distribuidor, y no atribuye ningún papel al representante autorizado.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 2, letra c), y art. 5; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 12"
      }
    ],
    "rules": [
      {
        "categories": [
          "military-police-fire-articles",
          "aerospace-pyrotechnics",
          "toy-percussion-caps",
          "ammunition"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El artículo 2, apartado 2, excluye los artículos pirotécnicos destinados a un uso no comercial por las fuerzas armadas, la policía o los servicios de bomberos con arreglo al Derecho nacional, los artículos destinados a su uso en la industria aeroespacial, las cápsulas fulminantes destinadas específicamente a juguetes comprendidas en el ámbito de la Directiva de seguridad de los juguetes 2009/48/CE, y la munición, definida como los proyectiles, las cargas propulsoras y la munición de fogueo utilizados en armas de fuego portátiles, otras armas y artillería. La exclusión es de toda la directiva, no de requisitos concretos; sigue aplicándose el resto del Derecho de la Unión o nacional, como la Directiva de seguridad de los juguetes para el propio juguete o la legislación sobre armas para la munición.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 2, letras a), c), d) y f), y art. 3, punto 5"
      },
      {
        "categories": [
          "marine-equipment-articles"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El artículo 2, apartado 2, letra b), excluye los equipos comprendidos en el ámbito de la Directiva 96/98/CE sobre equipos marinos. Esa directiva fue sustituida por la Directiva 2014/90/UE sobre equipos marinos, aplicable desde el 18 de septiembre de 2016, por lo que la exclusión se entiende referida a los equipos comprendidos en el ámbito de la Directiva 2014/90/UE; dichos equipos llevan la marca de la rueda de timón en lugar del marcado CE. En Dinamarca la misma exclusión se formula como los equipos cubiertos por los requisitos de seguridad para el equipo de los buques con arreglo a la lov om sikkerhed til søs.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 2, letra b); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0090 · art. 1 y art. 45; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 1, stk. 2, nr. 2"
      },
      {
        "categories": [
          "civil-explosives"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El artículo 2, apartado 2, letra e), excluye los explosivos comprendidos en el ámbito de la Directiva 93/15/CEE. Esa directiva fue sustituida por la Directiva sobre explosivos con fines civiles 2014/28/UE, aplicable desde el 20 de abril de 2016, por lo que la exclusión se entiende referida a los explosivos para usos civiles comprendidos en el ámbito de la Directiva 2014/28/UE, que tiene su propio régimen de evaluación de la conformidad, identificación única, concesión de licencias y traslado. La Directiva 2014/28/UE, a su vez, excluye los artículos pirotécnicos cubiertos por esta directiva, por lo que ambos regímenes no se solapan.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 2, letra e); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0028 · art. 1, art. 2 y art. 51"
      },
      {
        "categories": [
          "own-use-fireworks"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El artículo 2, apartado 2, letra g), excluye los fuegos artificiales fabricados por un fabricante para su propio uso, autorizados para su uso exclusivamente en su territorio por el Estado miembro en que esté establecido el fabricante, y que permanezcan en el territorio de ese Estado miembro. Las tres condiciones deben cumplirse a la vez; en cuanto esos fuegos artificiales se suministran a otra persona o cruzan una frontera, se comercializan y la directiva se aplica en su totalidad.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 2, letra g), y art. 3, puntos 7 y 8"
      },
      {
        "categories": [
          "consumer-fireworks-f1-f2",
          "fireworks-f3",
          "professional-fireworks-f4",
          "theatrical-t1-t2",
          "other-pyrotechnic-p1-p2"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Los fuegos artificiales, los artículos pirotécnicos teatrales y los demás artículos pirotécnicos están comprendidos en el ámbito de la directiva sin ningún umbral de tamaño de empresa. El fabricante clasifica el artículo por su tipo de uso, finalidad y nivel de peligro, incluido el ruido, lo diseña y fabrica conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, hace que un organismo notificado realice el módulo B más el módulo C2, D o E, o el módulo G, o el módulo H para los fuegos artificiales de categoría F4, etiqueta el artículo con el número de registro que asigna el organismo, redacta la declaración UE de conformidad, coloca el marcado CE y aplica el etiquetado del artículo 10; los importadores y distribuidores verifican que esto se ha hecho. Nadie puede comercializar fuegos artificiales F1 a menores de 12 años, F2 a menores de 16, F3 a menores de 18, ni T1 y P1 a menores de 18, y F4, T2 y P2 solo a personas con conocimientos especializados. En Dinamarca solo F1 y F2 cuentan como fuegos artificiales de consumo, los límites de edad son 18 y 15 años para F1, los demás artículos P1 solo pueden venderse a mayores de 18 años, y F3, F4, T1 y T2 solo pueden ser utilizados por fest- o scenefyrværkere autorizados.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 1, art. 6, art. 7, art. 8, art. 9, art. 10, art. 12, art. 13, art. 17, art. 18 y art. 20; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 3, § 4 y § 5; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798 · § 25 y § 28 a"
      },
      {
        "categories": [
          "vehicle-pyrotechnics"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Los artículos pirotécnicos para vehículos son componentes de dispositivos de seguridad en vehículos que contienen sustancias pirotécnicas utilizadas para activar esos u otros dispositivos. Siguen los mismos requisitos esenciales, evaluación de la conformidad, número de registro y normas de marcado CE, pero su etiquetado es la lista más breve del artículo 11: los datos del fabricante, el nombre y tipo, el número de registro con el número de producto, lote o serie y, cuando sea necesario, las instrucciones de seguridad, colocados en el embalaje cuando no quepan en el artículo; debe facilitarse a los usuarios profesionales una ficha de datos de seguridad REACH en la lengua que soliciten. Los artículos de categoría P1 para vehículos, incluidos los sistemas de pretensor de cinturón y airbag, no pueden comercializarse al público en general salvo que se hayan incorporado a un vehículo o a una pieza desmontable del vehículo.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 4, art. 7, apartado 4, art. 9 y art. 11"
      },
      {
        "categories": [
          "consumer-fireworks-f1-f2",
          "fireworks-f3",
          "professional-fireworks-f4",
          "theatrical-t1-t2",
          "other-pyrotechnic-p1-p2",
          "vehicle-pyrotechnics"
        ],
        "roles": [
          "fulfilment-provider",
          "other"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "La directiva no impone ninguna obligación a un prestador de servicios logísticos ni a un representante autorizado; solo reconoce al fabricante, al importador y al distribuidor. Las obligaciones nacen del artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/1020, que incluye la directiva en su artículo 4, apartado 5, y exige que un artículo pirotécnico solo se introduzca en el mercado si hay un operador económico establecido en la Unión responsable de él. Ese es el fabricante o el importador cuando alguno de ellos está establecido en la Unión; solo cuando ninguno lo está asume las tareas del artículo 4, apartado 3, un representante autorizado con mandato escrito y, tras él, un prestador de servicios logísticos.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartados 1, 2, 3 y 5, y art. 5; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 12"
      },
      {
        "categories": [
          "trade-fair-and-research-articles"
        ],
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          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "Los artículos no conformes pueden seguir exhibiéndose y utilizándose en ferias comerciales, exposiciones y demostraciones para la comercialización de artículos pirotécnicos, siempre que un cartel visible indique el nombre y la fecha del evento, la no conformidad y la no disponibilidad para la venta hasta que se ajusten a la conformidad, y se adopten las medidas de seguridad adecuadas conforme a los requisitos de la autoridad competente. Los artículos no conformes fabricados para investigación, desarrollo y ensayo pueden desplazarse y utilizarse libremente bajo un cartel visible que indique su no conformidad y su no disponibilidad para otros fines. Ninguna de las dos excepciones permite la venta; en Dinamarca el uso en tales eventos debe seguir la orden nacional sobre importación, fabricación, almacenamiento, cesión, adquisición y uso.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 4, apartados 3 y 4; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 9"
      },
      {
        "categories": [
          "pre-2015-articles"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "Los Estados miembros no pueden impedir la comercialización de los artículos pirotécnicos conformes a la Directiva 2007/23/CE e introducidos en el mercado antes del 1 de julio de 2015, y los certificados expedidos con arreglo a esa directiva siguen siendo válidos con esta. Las autorizaciones nacionales que acompañaban a esos artículos han caducado, salvo para los artículos destinados a vehículos: las autorizaciones para las categorías F1, F2 y F3 concedidas antes del 4 de julio de 2010 y para otros artículos, fuegos artificiales de categoría F4 y artículos teatrales concedidas antes del 4 de julio de 2013 caducaron en su fecha de vencimiento o, como muy tarde, el 4 de julio de 2017, mientras que las autorizaciones para artículos pirotécnicos destinados a vehículos concedidas antes del 4 de julio de 2013 continúan hasta su propio vencimiento. La nueva producción, y cualquier artículo modificado de forma que pueda verse afectada la conformidad, debe cumplir la Directiva 2013/29/UE.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 14 y art. 46, apartados 1 a 5"
      },
      {
        "categories": [
          "*"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "Que la directiva se aplique depende de si el artículo contiene sustancias explosivas o una mezcla explosiva concebida para producir calor, luz, sonido, gas o humo mediante una reacción química exotérmica autosostenida, de si está comprendido en alguna de las siete exclusiones del artículo 2, apartado 2, de cuándo se introdujo en el mercado y de qué papel se desempeña en la cadena de suministro.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, art. 3 y art. 46"
      }
    ]
  },
  "obligations": {
    "manufacturer": [
      {
        "text": "Clasificar cada artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el nivel de ruido, en F1, F2, F3 o F4 para fuegos artificiales, T1 o T2 para artículos teatrales y P1 o P2 para otros artículos, y diseñarlo y fabricarlo conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I: las características de funcionamiento especificadas al organismo notificado, la eliminación segura con un efecto ambiental mínimo, el funcionamiento correcto comprobado en condiciones realistas conforme a los diez apartados de información y propiedades del punto 3, la prohibición de explosivos detonantes distintos de la pólvora negra y la composición de destello, con la excepción limitada para P1, P2, T2 y F4, y las normas específicas de cada grupo, incluidas las distancias de seguridad de al menos 1 m para F1, 8 m para F2 y 15 m para F3, que el anexo I permite reducir cuando proceda, un nivel de ruido máximo de 120 dB (A, imp), o un nivel equivalente medido por otro método adecuado, a la distancia de seguridad, la ausencia de petardos o petardos de destello en F1 y no más de 2,5 mg de fulminato de plata en los tiros F1.",
        "id": "pyrod-mfr-categorise-article-type",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 6, apartado 1, art. 8, apartado 1, y anexo I, puntos 1 a 5"
      },
      {
        "text": "Clasificar cada artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el nivel de ruido, en F1, F2, F3 o F4 para fuegos artificiales, T1 o T2 para artículos teatrales y P1 o P2 para otros artículos.",
        "id": "pyrod-mfr-categorise-article-category",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 6, apartado 1"
      },
      {
        "text": "Diseñar y fabricar cada artículo conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I para su categoría, incluidos el funcionamiento, la eliminación segura, el funcionamiento correcto, la prohibición de explosivos detonantes, las distancias mínimas de seguridad y el límite de ruido de 120 dB (A, imp).",
        "id": "pyrod-mfr-design-essential-safety-requirements",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 1, y anexo I"
      },
      {
        "text": "Elaborar la documentación técnica del anexo II, que debe permitir evaluar la conformidad e incluir un análisis y una evaluación adecuados de los riesgos, una descripción general, los planos de diseño y fabricación y las explicaciones necesarias para comprenderlos, las normas armonizadas aplicadas total o parcialmente o las soluciones adoptadas en su lugar, los cálculos de diseño y los informes de examen y ensayo, y hacer que la evaluación de la conformidad del artículo 17 la realice un organismo notificado: examen UE de tipo (módulo B) seguido de conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más comprobaciones supervisadas del producto a intervalos aleatorios (módulo C2), en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D) o en el aseguramiento de la calidad del producto (módulo E), o conformidad basada en la verificación por unidad (módulo G), o conformidad basada en el aseguramiento de la calidad total (módulo H), este último solo para fuegos artificiales de categoría F4.",
        "id": "pyrod-mfr-draw-technical-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, art. 17 y anexo II, módulos B, C2, D, E, G y H"
      },
      {
        "text": "Elaborar la documentación técnica del anexo II: una descripción general, los planos de diseño y fabricación con las explicaciones correspondientes, las normas armonizadas u otras soluciones aplicadas, los cálculos de diseño y los informes de examen y ensayo.",
        "id": "pyrod-mfr-draw-annex-ii-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, y anexo II"
      },
      {
        "text": "Incluir en la documentación técnica un análisis y una evaluación adecuados de los riesgos que presenta el artículo.",
        "id": "pyrod-mfr-analyse-assess-risks",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, y anexo II"
      },
      {
        "text": "Hacer que la evaluación de la conformidad del artículo 17 la realice un organismo notificado: módulo B seguido de C2, D o E, o módulo G, o módulo H únicamente para fuegos artificiales de categoría F4.",
        "id": "pyrod-mfr-carry-out-conformity-assessment",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, art. 17 y anexo II"
      },
      {
        "text": "Etiquetar el artículo con el número de registro que asigna el organismo notificado que haya realizado la evaluación de la conformidad, formado por el número de identificación de cuatro dígitos de ese organismo, la categoría en mayúsculas (F1, F2, F3, F4, T1, T2, P1 o P2) y el número de proceso del organismo, escrito XXXX-YY-ZZZZ, y llevar un registro de los números de registro de los artículos que comercialice, junto con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo cuando proceda y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado; entregar el registro a las autoridades competentes si cesa la actividad y facilitarlo previa solicitud motivada.",
        "id": "pyrod-mfr-label-article-registration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 9, apartados 1 y 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1 y art. 3"
      },
      {
        "text": "Etiquetar el artículo con el número de registro asignado por el organismo notificado que haya realizado la evaluación de la conformidad, escrito XXXX-YY-ZZZZ (número del organismo, categoría, número de proceso).",
        "id": "pyrod-mfr-label-registration-number",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 9, apartado 1; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1"
      },
      {
        "text": "Llevar un registro de los números de registro de los artículos que comercialice, con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción en el mercado; entregarlo a las autoridades previa solicitud motivada o cuando cese la actividad.",
        "id": "pyrod-mfr-keep-registration-records",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 9, apartado 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 3"
      },
      {
        "text": "Redactar la declaración UE de conformidad siguiendo la estructura modelo del anexo III con los elementos de los módulos utilizados, mantenerla continuamente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro donde el artículo se introduzca o comercialice, y emitir una única declaración cuando varios actos de la Unión exijan una; a continuación, colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el artículo, o en el embalaje y los documentos que lo acompañan cuando ello no sea posible o no esté justificado, antes de introducirlo en el mercado, seguido del número de identificación del organismo notificado cuando este intervenga en la fase de control de la producción.",
        "id": "pyrod-mfr-draw-declaration-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, art. 18, art. 19 y art. 20"
      },
      {
        "text": "Redactar la declaración UE de conformidad siguiendo el anexo III, mantenerla continuamente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro de introducción o comercialización, y emitir una única declaración cuando se apliquen varios actos de la Unión.",
        "id": "pyrod-mfr-draw-eu-declaration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, y art. 18"
      },
      {
        "text": "Colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el artículo, o en su embalaje y los documentos que lo acompañan cuando ello no sea posible, antes de introducirlo en el mercado, seguido del número del organismo notificado cuando este intervenga en el control de la producción.",
        "id": "pyrod-mfr-affix-ce-marking",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 2, art. 19 y art. 20"
      },
      {
        "text": "Etiquetar los artículos, salvo los destinados a vehículos, de forma visible, legible e indeleble en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro donde el artículo se comercialice al consumidor, con al menos su nombre, razón social o marca registrada y dirección postal de contacto y, cuando no esté establecido en la Unión, también los del importador, el nombre y tipo del artículo, su número de registro y su número de producto, lote o serie, los límites mínimos de edad, la categoría, las instrucciones de uso, el contenido neto de materia explosiva, el año de producción para los fuegos artificiales F3 y F4 y, cuando proceda, una distancia mínima de seguridad, además del texto exigido por categoría, desde «para uso exclusivo en exteriores» en F2 y F3 hasta «para uso exclusivo por personas con conocimientos especializados» en F4 y T2; cuando no haya espacio suficiente, la información se coloca en la pieza más pequeña del embalaje.",
        "id": "pyrod-mfr-label-articles-other",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 10, apartados 1 a 5"
      },
      {
        "text": "Para los artículos pirotécnicos destinados a vehículos, aplicar en su lugar el etiquetado del artículo 11: sus datos de fabricante, el nombre y tipo del artículo, su número de registro y su número de producto, lote o serie y, cuando sea necesario, las instrucciones de seguridad, trasladando la información al embalaje cuando no haya espacio, y facilitar a los usuarios profesionales una ficha de datos de seguridad REACH que tenga en cuenta sus necesidades específicas, en la lengua que soliciten y en papel o por vía electrónica.",
        "id": "pyrod-mfr-apply-article-labelling",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 11, apartados 1, 2 y 3"
      },
      {
        "text": "Etiquetar los artículos pirotécnicos destinados a vehículos conforme al artículo 11: sus datos de fabricante, el nombre y tipo del artículo, su número de registro, su número de producto, lote o serie y, cuando sea necesario, las instrucciones de seguridad, en el embalaje cuando no haya espacio.",
        "id": "pyrod-mfr-label-vehicle-articles",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 11, apartados 1 y 2"
      },
      {
        "text": "Facilitar a los usuarios profesionales de artículos destinados a vehículos una ficha de datos de seguridad REACH que tenga en cuenta sus necesidades específicas, en la lengua que soliciten, en papel o por vía electrónica.",
        "id": "pyrod-mfr-supply-safety-data-sheet",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 11, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, mantener procedimientos para que la producción en serie siga siendo conforme, teniendo en cuenta los cambios en el diseño y en las normas u otras especificaciones técnicas referenciadas, y, cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar y, cuando sea necesario, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores de ese seguimiento.",
        "id": "pyrod-mfr-keep-technical-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartados 3 y 4"
      },
      {
        "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado.",
        "id": "pyrod-mfr-keep-documentation-declaration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Mantener procedimientos para que la producción en serie siga siendo conforme, teniendo en cuenta los cambios en el diseño y en las normas u otras especificaciones técnicas referenciadas.",
        "id": "pyrod-mfr-keep-series-production-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 4"
      },
      {
        "text": "Cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones cuando sea necesario, y mantener informados a los distribuidores.",
        "id": "pyrod-mfr-sample-test-register-complaints",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 4"
      },
      {
        "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y una única dirección postal de contacto en el artículo, o en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado, garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones claras e información de seguridad en la lengua que determine el Estado miembro correspondiente, poner inmediatamente en conformidad, retirar o recuperar un artículo no conforme e informar a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado cuando presente un riesgo, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada, cooperar en las medidas de eliminación del riesgo, y poder identificar durante 10 años a quien le suministró y a quien suministró.",
        "id": "pyrod-mfr-indicate-name-registered",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartados 5 a 9, y art. 15"
      },
      {
        "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y una única dirección postal de contacto en el artículo, o en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "pyrod-mfr-indicate-name-address",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 6"
      },
      {
        "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones claras e información de seguridad en la lengua que determine el Estado miembro correspondiente.",
        "id": "pyrod-mfr-supply-instructions-safety-information",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 7"
      },
      {
        "text": "Poner inmediatamente en conformidad, retirar o recuperar un artículo no conforme, e informar a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado cuando presente un riesgo.",
        "id": "pyrod-mfr-correct-withdraw-recall",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 8"
      },
      {
        "text": "Facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada, y cooperar con las autoridades competentes en las medidas para eliminar los riesgos que presenten sus artículos.",
        "id": "pyrod-mfr-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 9"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a quien le suministró y a quien suministró, durante 10 años.",
        "id": "pyrod-mfr-identify-suppliers-customers",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 15"
      }
    ],
    "importer": [
      {
        "text": "Introducir en el mercado únicamente artículos pirotécnicos conformes y, antes de introducir un artículo en el mercado, comprobar que el fabricante ha llevado a cabo el procedimiento de evaluación de la conformidad del artículo 17, ha elaborado la documentación técnica, que el artículo lleva el marcado CE y va acompañado de los documentos exigidos, y que el fabricante ha aplicado el etiquetado del artículo 10 o del artículo 11 y la identificación y dirección del artículo 8, apartado 6; cuando considere que un artículo no cumple los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, no introducirlo en el mercado hasta que se ajuste a la conformidad, y, cuando presente un riesgo, informar al fabricante y a las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "pyrod-imp-place-compliant-pyrotechnic",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartados 1 y 2"
      },
      {
        "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y la dirección postal en la que se le puede contactar en el artículo o, cuando ello no sea posible, en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "pyrod-imp-indicate-name-registered",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales, según determine el Estado miembro correspondiente, que en Dinamarca es el danés, y garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
        "id": "pyrod-imp-ensure-article-accompanied",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartados 4 y 5; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 20 y § 21"
      },
      {
        "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales, según determine el Estado miembro correspondiente, que en Dinamarca es el danés.",
        "id": "pyrod-imp-ensure-instructions-safety-information",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 4; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 20 y § 21"
      },
      {
        "text": "Garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
        "id": "pyrod-imp-keep-storage-transport",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 5"
      },
      {
        "text": "Llevar un registro de todos los números de registro de los artículos que importe, junto con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo cuando proceda y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, poner esa información a disposición de las autoridades pertinentes previa solicitud motivada, y transferir el registro a las autoridades competentes si cesa su actividad.",
        "id": "pyrod-imp-keep-record-registration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 9, apartado 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 3"
      },
      {
        "text": "Cuando los riesgos que presente un artículo lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar y, cuando sea necesario, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores; cuando un artículo que haya introducido en el mercado no sea conforme, adoptar inmediatamente las medidas correctoras necesarias para ajustarlo a la conformidad, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado, con detalles del incumplimiento y de las medidas correctoras.",
        "id": "pyrod-imp-sample-test-articles-made",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartados 6 y 7"
      },
      {
        "text": "Cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones cuando sea necesario, y mantener informados a los distribuidores.",
        "id": "pyrod-imp-sample-test-register-complaints",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 6"
      },
      {
        "text": "Cuando un artículo que haya introducido en el mercado no sea conforme, adoptar inmediatamente las medidas correctoras, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
        "id": "pyrod-imp-correct-withdraw-recall",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 7"
      },
      {
        "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, cooperar en las medidas de eliminación del riesgo, y poder identificar durante 10 años a quien le suministró y a quien suministró.",
        "id": "pyrod-imp-keep-copy-declaration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartados 8 y 9, y art. 15"
      },
      {
        "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud.",
        "id": "pyrod-imp-keep-declaration-copy",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 8"
      },
      {
        "text": "Facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
        "id": "pyrod-imp-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 12, apartado 9"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a quien le suministró y a quien suministró, durante 10 años.",
        "id": "pyrod-imp-identify-suppliers-customers",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 15"
      },
      {
        "text": "Respetar los límites de edad y la restricción de conocimientos especializados: no comercializar fuegos artificiales F1 a menores de 12 años, F2 a menores de 16, F3 a menores de 18, ni artículos teatrales T1 y otros artículos P1 a menores de 18, comercializar los fuegos artificiales F4, los artículos teatrales T2 y los otros artículos P2 solo a personas con conocimientos especializados, y no comercializar al público en general los artículos P1 para vehículos, incluidos los sistemas de pretensor de cinturón y airbag, salvo que estén incorporados a un vehículo o a una pieza desmontable del vehículo.",
        "id": "pyrod-imp-observe-age-limits",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 7, apartados 1, 3 y 4"
      },
      {
        "text": "Si introduce un artículo en el mercado con su propio nombre o marca, o modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad con la directiva, asume las obligaciones del fabricante conforme al artículo 8.",
        "id": "pyrod-imp-modify-article-already",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 14"
      }
    ],
    "distributor": [
      {
        "text": "Actuar con la debida diligencia respecto de los requisitos de la directiva y, antes de comercializar un artículo, comprobar que lleva el marcado CE, que va acompañado de los documentos exigidos y de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales del Estado miembro correspondiente, y que el fabricante y el importador han aplicado su etiquetado y su identificación y dirección; cuando considere que un artículo no cumple los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, no comercializarlo hasta que se ajuste a la conformidad, y, cuando presente un riesgo, informar al fabricante o al importador y a las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "pyrod-dist-act-due-care",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 13, apartados 1 y 2"
      },
      {
        "text": "Garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
        "id": "pyrod-dist-ensure-storage-transport",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 13, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Cuando un artículo que haya comercializado no sea conforme, asegurarse de que se adoptan las medidas correctoras necesarias para ajustarlo a la conformidad, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado, con detalles del incumplimiento y de las medidas correctoras; previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
        "id": "pyrod-dist-make-sure-corrective",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 13, apartados 4 y 5"
      },
      {
        "text": "Cuando un artículo que haya comercializado no sea conforme, asegurarse de que se adoptan las medidas correctoras, la retirada o la recuperación, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
        "id": "pyrod-dist-correct-withdraw-recall",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 13, apartado 4"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad, y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
        "id": "pyrod-dist-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 13, apartado 5"
      },
      {
        "text": "Respetar los límites mínimos de edad de 12 años para F1, 16 años para F2, 18 años para F3 y 18 años para T1 y P1, suministrar F4, T2 y P2 solo a personas con conocimientos especializados, y no suministrar los artículos P1 para vehículos al público en general salvo que estén incorporados a un vehículo o a una pieza desmontable del vehículo; los Estados miembros pueden elevar estos límites y pueden reducirlos para las personas que estén cursando o hayan completado formación profesional.",
        "id": "pyrod-dist-observe-minimum-age",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 7, apartados 1 a 4"
      },
      {
        "text": "En Dinamarca, vender los fuegos artificiales de consumo, que son solo las categorías F1 y F2, a personas de 18 años o más, o de 15 años o más para la categoría F1, señalizar claramente esos límites de edad, vender los demás artículos pirotécnicos de categoría P1 solo a personas de 18 años o más, mantener los surtidos de fuegos artificiales de consumo en 5 kg de contenido neto de materia explosiva o menos por venta, evitar el autoservicio salvo para los pequeños artículos F1 enumerados, y mantener los fuegos artificiales en las salas de venta minorista y puntos de venta solo del 15 al 31 de diciembre, con las existencias en embalaje de transporte sin abrir en un almacén autorizado contiguo del 24 de noviembre al 14 de diciembre y de nuevo del 1 de enero al 1 de febrero; los artículos de categorías F3, F4, T1 y T2 son profesionales en Dinamarca y solo pueden suministrarse para su uso por fest- o scenefyrværkere autorizados.",
        "id": "pyrod-dist-sell-consumer-fireworks",
        "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798 · § 20, stk. 2 a 5, § 24, § 25, § 26 y § 28 a; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 3, § 4 y § 5"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a todo operador económico que le haya suministrado un artículo pirotécnico y a todo operador económico al que se lo haya suministrado, durante 10 años desde que se le suministró y durante 10 años desde que suministró.",
        "id": "pyrod-dist-able-identify-market",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 15"
      },
      {
        "text": "Si comercializa un artículo con su propio nombre o marca, o modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al artículo 8.",
        "id": "pyrod-dist-modify-article-already",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 14"
      }
    ],
    "fulfilment-provider": [
      {
        "text": "Cuando ningún fabricante, importador o representante autorizado establecido en la Unión sea responsable de un artículo pirotécnico, usted se convierte en el operador económico establecido en la Unión sin el cual el artículo no puede introducirse en el mercado, ya que la directiva es uno de los actos enumerados en el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (UE) 2019/1020 y en el punto 45 de su anexo I.",
        "id": "pyrod-ffp-importer-authorised-representative",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 1, art. 4, apartado 2, letra d), art. 4, apartado 5, y anexo I, punto 45"
      },
      {
        "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica, mantener la declaración a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante el plazo que exige la directiva, que es de 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición de esas autoridades previa solicitud.",
        "id": "pyrod-ffp-verify-declaration-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica.",
        "id": "pyrod-ffp-verify-declaration-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a)"
      },
      {
        "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud.",
        "id": "pyrod-ffp-keep-declaration-10-years",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Facilitar a la autoridad de vigilancia del mercado, previa solicitud motivada, toda la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad del artículo en una lengua que comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar con ellas, en particular asegurándose de que se adopte la acción correctora inmediata necesaria para subsanar el incumplimiento o, cuando ello no sea posible, de que se mitiguen los riesgos.",
        "id": "pyrod-ffp-provide-market-surveillance",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letras b), c) y d)"
      },
      {
        "text": "Tener su nombre, razón social o marca registrada y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, indicados en el artículo, en su embalaje, en el paquete o en un documento que lo acompañe, sin perjuicio de las propias obligaciones de identificación del fabricante y del importador con arreglo a la directiva.",
        "id": "pyrod-ffp-have-name-registered",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 4"
      }
    ],
    "other": [
      {
        "text": "Actuar solo con un mandato escrito del fabricante que le permita al menos realizar las tareas del artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/1020 para los artículos pirotécnicos cubiertos, y facilitar una copia de ese mandato a la autoridad de vigilancia del mercado previa solicitud, en una lengua de la Unión que determine esa autoridad.",
        "id": "pyrod-oth-act-written-mandate",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 2, letra c), art. 5, apartado 1, y art. 5, apartado 2"
      },
      {
        "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud, y comprobar que ambas se han elaborado.",
        "id": "pyrod-oth-keep-declaration-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica.",
        "id": "pyrod-oth-verify-declaration-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a)"
      },
      {
        "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud.",
        "id": "pyrod-oth-keep-declaration-10-years",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letra a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3"
      },
      {
        "text": "Facilitar la información y documentación de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar en las medidas correctoras y de mitigación del riesgo; su nombre, razón social o marca y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, deben figurar en el artículo, su embalaje, el paquete o un documento que lo acompañe.",
        "id": "pyrod-oth-provide-conformity-information",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letras b) a d), y art. 4, apartado 4"
      },
      {
        "text": "Facilitar la información y documentación de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar en las medidas correctoras y de mitigación del riesgo.",
        "id": "pyrod-oth-provide-information-cooperate",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 3, letras b) a d)"
      },
      {
        "text": "Tener su nombre, razón social o marca registrada y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, indicados en el artículo, su embalaje, el paquete o un documento que lo acompañe.",
        "id": "pyrod-oth-indicate-name-contact",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 4"
      },
      {
        "text": "No considerar que el mandato transfiere las propias obligaciones del fabricante: la directiva atribuye al fabricante el diseño y la fabricación conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, la documentación técnica, la evaluación de la conformidad, la declaración UE de conformidad, el marcado CE, el número de registro y el etiquetado, y solo nombra como operadores económicos al fabricante, al importador y al distribuidor.",
        "id": "pyrod-oth-treat-mandate-transferring",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 3, punto 12, art. 8, art. 9 y art. 10"
      }
    ]
  },
  "requirements": [
    {
      "id": "pyrod-mfr-categorise-article-type",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Clasificar cada artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el nivel de ruido, en F1, F2, F3 o F4 para fuegos artificiales, T1 o T2 para artículos teatrales y P1 o P2 para otros artículos, y diseñarlo y fabricarlo conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I: las características de funcionamiento especificadas al organismo notificado, la eliminación segura con un efecto ambiental mínimo, el funcionamiento correcto comprobado en condiciones realistas conforme a los diez apartados de información y propiedades del punto 3, la prohibición de explosivos detonantes distintos de la pólvora negra y la composición de destello, con la excepción limitada para P1, P2, T2 y F4, y las normas específicas de cada grupo, incluidas las distancias de seguridad de al menos 1 m para F1, 8 m para F2 y 15 m para F3, que el anexo I permite reducir cuando proceda, un nivel de ruido máximo de 120 dB (A, imp), o un nivel equivalente medido por otro método adecuado, a la distancia de seguridad, la ausencia de petardos o petardos de destello en F1 y no más de 2,5 mg de fulminato de plata en los tiros F1.",
      "article": "Art. 6(1), Art. 8(1) and Annex I, points 1 to 5",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-categorise-article-category",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "decision",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Clasificar cada artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el nivel de ruido, en F1, F2, F3 o F4 para fuegos artificiales, T1 o T2 para artículos teatrales y P1 o P2 para otros artículos.",
      "article": "Art. 6(1)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-design-essential-safety-requirements",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Diseñar y fabricar cada artículo conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I para su categoría, incluidos el funcionamiento, la eliminación segura, el funcionamiento correcto, la prohibición de explosivos detonantes, las distancias mínimas de seguridad y el límite de ruido de 120 dB (A, imp).",
      "article": "Art. 8(1) and Annex I",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-draw-technical-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "technical-documentation",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Elaborar la documentación técnica del anexo II, que debe permitir evaluar la conformidad e incluir un análisis y una evaluación adecuados de los riesgos, una descripción general, los planos de diseño y fabricación y las explicaciones necesarias para comprenderlos, las normas armonizadas aplicadas total o parcialmente o las soluciones adoptadas en su lugar, los cálculos de diseño y los informes de examen y ensayo, y hacer que la evaluación de la conformidad del artículo 17 la realice un organismo notificado: examen UE de tipo (módulo B) seguido de conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más comprobaciones supervisadas del producto a intervalos aleatorios (módulo C2), en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D) o en el aseguramiento de la calidad del producto (módulo E), o conformidad basada en la verificación por unidad (módulo G), o conformidad basada en el aseguramiento de la calidad total (módulo H), este último solo para fuegos artificiales de categoría F4.",
      "article": "Art. 8(2), Art. 17 and Annex II, modules B, C2, D, E, G and H",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-draw-annex-ii-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "technical-documentation",
      "text": "Elaborar la documentación técnica del anexo II: una descripción general, los planos de diseño y fabricación con las explicaciones correspondientes, las normas armonizadas u otras soluciones aplicadas, los cálculos de diseño y los informes de examen y ensayo.",
      "article": "Art. 8(2) and Annex II",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-analyse-assess-risks",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "risk-analysis",
      "text": "Incluir en la documentación técnica un análisis y una evaluación adecuados de los riesgos que presenta el artículo.",
      "article": "Art. 8(2) and Annex II",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-carry-out-conformity-assessment",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "procedure",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Hacer que la evaluación de la conformidad del artículo 17 la realice un organismo notificado: módulo B seguido de C2, D o E, o módulo G, o módulo H únicamente para fuegos artificiales de categoría F4.",
      "article": "Art. 8(2), Art. 17 and Annex II",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-label-article-registration",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Etiquetar el artículo con el número de registro que asigna el organismo notificado que haya realizado la evaluación de la conformidad, formado por el número de identificación de cuatro dígitos de ese organismo, la categoría en mayúsculas (F1, F2, F3, F4, T1, T2, P1 o P2) y el número de proceso del organismo, escrito XXXX-YY-ZZZZ, y llevar un registro de los números de registro de los artículos que comercialice, junto con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo cuando proceda y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado; entregar el registro a las autoridades competentes si cesa la actividad y facilitarlo previa solicitud motivada.",
      "article": "Art. 9(1) and (2); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · Art. 1 and Art. 3",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-label-registration-number",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Etiquetar el artículo con el número de registro asignado por el organismo notificado que haya realizado la evaluación de la conformidad, escrito XXXX-YY-ZZZZ (número del organismo, categoría, número de proceso).",
      "article": "Art. 9(1); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · Art. 1",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-keep-registration-records",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Llevar un registro de los números de registro de los artículos que comercialice, con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción en el mercado; entregarlo a las autoridades previa solicitud motivada o cuando cese la actividad.",
      "article": "Art. 9(2); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · Art. 3",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-draw-declaration-conformity",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "declaration-of-conformity",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Redactar la declaración UE de conformidad siguiendo la estructura modelo del anexo III con los elementos de los módulos utilizados, mantenerla continuamente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro donde el artículo se introduzca o comercialice, y emitir una única declaración cuando varios actos de la Unión exijan una; a continuación, colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el artículo, o en el embalaje y los documentos que lo acompañan cuando ello no sea posible o no esté justificado, antes de introducirlo en el mercado, seguido del número de identificación del organismo notificado cuando este intervenga en la fase de control de la producción.",
      "article": "Art. 8(2), Art. 18, Art. 19 and Art. 20",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-draw-eu-declaration",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "declaration-of-conformity",
      "text": "Redactar la declaración UE de conformidad siguiendo el anexo III, mantenerla continuamente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro de introducción o comercialización, y emitir una única declaración cuando se apliquen varios actos de la Unión.",
      "article": "Art. 8(2) and Art. 18",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-affix-ce-marking",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "ce-marking",
      "text": "Colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el artículo, o en su embalaje y los documentos que lo acompañan cuando ello no sea posible, antes de introducirlo en el mercado, seguido del número del organismo notificado cuando este intervenga en el control de la producción.",
      "article": "Art. 8(2), Art. 19 and Art. 20",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-label-articles-other",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "data",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "text": "Etiquetar los artículos, salvo los destinados a vehículos, de forma visible, legible e indeleble en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro donde el artículo se comercialice al consumidor, con al menos su nombre, razón social o marca registrada y dirección postal de contacto y, cuando no esté establecido en la Unión, también los del importador, el nombre y tipo del artículo, su número de registro y su número de producto, lote o serie, los límites mínimos de edad, la categoría, las instrucciones de uso, el contenido neto de materia explosiva, el año de producción para los fuegos artificiales F3 y F4 y, cuando proceda, una distancia mínima de seguridad, además del texto exigido por categoría, desde «para uso exclusivo en exteriores» en F2 y F3 hasta «para uso exclusivo por personas con conocimientos especializados» en F4 y T2; cuando no haya espacio suficiente, la información se coloca en la pieza más pequeña del embalaje.",
      "article": "Art. 10(1) to (5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-apply-article-labelling",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "data",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Para los artículos pirotécnicos destinados a vehículos, aplicar en su lugar el etiquetado del artículo 11: sus datos de fabricante, el nombre y tipo del artículo, su número de registro y su número de producto, lote o serie y, cuando sea necesario, las instrucciones de seguridad, trasladando la información al embalaje cuando no haya espacio, y facilitar a los usuarios profesionales una ficha de datos de seguridad REACH que tenga en cuenta sus necesidades específicas, en la lengua que soliciten y en papel o por vía electrónica.",
      "article": "Art. 11(1), (2) and (3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-label-vehicle-articles",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "data",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Etiquetar los artículos pirotécnicos destinados a vehículos conforme al artículo 11: sus datos de fabricante, el nombre y tipo del artículo, su número de registro, su número de producto, lote o serie y, cuando sea necesario, las instrucciones de seguridad, en el embalaje cuando no haya espacio.",
      "article": "Art. 11(1) and (2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-supply-safety-data-sheet",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Facilitar a los usuarios profesionales de artículos destinados a vehículos una ficha de datos de seguridad REACH que tenga en cuenta sus necesidades específicas, en la lengua que soliciten, en papel o por vía electrónica.",
      "article": "Art. 11(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-keep-technical-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, mantener procedimientos para que la producción en serie siga siendo conforme, teniendo en cuenta los cambios en el diseño y en las normas u otras especificaciones técnicas referenciadas, y, cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar y, cuando sea necesario, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores de ese seguimiento.",
      "article": "Art. 8(3) and Art. 8(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-keep-documentation-declaration",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado.",
      "article": "Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-keep-series-production-conformity",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "procedure",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Mantener procedimientos para que la producción en serie siga siendo conforme, teniendo en cuenta los cambios en el diseño y en las normas u otras especificaciones técnicas referenciadas.",
      "article": "Art. 8(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-sample-test-register-complaints",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "procedure",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones cuando sea necesario, y mantener informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 8(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-indicate-name-registered",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y una única dirección postal de contacto en el artículo, o en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado, garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones claras e información de seguridad en la lengua que determine el Estado miembro correspondiente, poner inmediatamente en conformidad, retirar o recuperar un artículo no conforme e informar a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado cuando presente un riesgo, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada, cooperar en las medidas de eliminación del riesgo, y poder identificar durante 10 años a quien le suministró y a quien suministró.",
      "article": "Art. 8(5) to Art. 8(9) and Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-indicate-name-address",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y una única dirección postal de contacto en el artículo, o en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 8(6)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-supply-instructions-safety-information",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "instructions-and-safety-information",
      "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones claras e información de seguridad en la lengua que determine el Estado miembro correspondiente.",
      "article": "Art. 8(7)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-correct-withdraw-recall",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Poner inmediatamente en conformidad, retirar o recuperar un artículo no conforme, e informar a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado cuando presente un riesgo.",
      "article": "Art. 8(8)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-provide-information-request",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada, y cooperar con las autoridades competentes en las medidas para eliminar los riesgos que presenten sus artículos.",
      "article": "Art. 8(9)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-mfr-identify-suppliers-customers",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a quien le suministró y a quien suministró, durante 10 años.",
      "article": "Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-place-compliant-pyrotechnic",
      "role": "importer",
      "kind": "verification",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Introducir en el mercado únicamente artículos pirotécnicos conformes y, antes de introducir un artículo en el mercado, comprobar que el fabricante ha llevado a cabo el procedimiento de evaluación de la conformidad del artículo 17, ha elaborado la documentación técnica, que el artículo lleva el marcado CE y va acompañado de los documentos exigidos, y que el fabricante ha aplicado el etiquetado del artículo 10 o del artículo 11 y la identificación y dirección del artículo 8, apartado 6; cuando considere que un artículo no cumple los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, no introducirlo en el mercado hasta que se ajuste a la conformidad, y, cuando presente un riesgo, informar al fabricante y a las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 12(1) and Art. 12(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-indicate-name-registered",
      "role": "importer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Indicar su nombre, razón social o marca registrada y la dirección postal en la que se le puede contactar en el artículo o, cuando ello no sea posible, en su embalaje o en un documento que lo acompañe, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 12(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-ensure-article-accompanied",
      "role": "importer",
      "kind": "verification",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "instructions-and-safety-information",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales, según determine el Estado miembro correspondiente, que en Dinamarca es el danés, y garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
      "article": "Art. 12(4) and Art. 12(5); https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 20 and § 21",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-ensure-instructions-safety-information",
      "role": "importer",
      "kind": "verification",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "instructions-and-safety-information",
      "text": "Garantizar que el artículo va acompañado de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales, según determine el Estado miembro correspondiente, que en Dinamarca es el danés.",
      "article": "Art. 12(4); https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 20 and § 21",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-keep-storage-transport",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
      "article": "Art. 12(5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-keep-record-registration",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Llevar un registro de todos los números de registro de los artículos que importe, junto con su nombre comercial, tipo genérico y subtipo cuando proceda y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, poner esa información a disposición de las autoridades pertinentes previa solicitud motivada, y transferir el registro a las autoridades competentes si cesa su actividad.",
      "article": "Art. 9(2); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · Art. 3",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-sample-test-articles-made",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Cuando los riesgos que presente un artículo lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar y, cuando sea necesario, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores; cuando un artículo que haya introducido en el mercado no sea conforme, adoptar inmediatamente las medidas correctoras necesarias para ajustarlo a la conformidad, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado, con detalles del incumplimiento y de las medidas correctoras.",
      "article": "Art. 12(6) and Art. 12(7)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-sample-test-register-complaints",
      "role": "importer",
      "kind": "procedure",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Cuando los riesgos lo justifiquen y las autoridades competentes lo soliciten de forma motivada, someter a ensayo por muestreo los artículos comercializados, investigar, llevar un registro de reclamaciones, artículos no conformes y recuperaciones cuando sea necesario, y mantener informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 12(6)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-correct-withdraw-recall",
      "role": "importer",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Cuando un artículo que haya introducido en el mercado no sea conforme, adoptar inmediatamente las medidas correctoras, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
      "article": "Art. 12(7)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-keep-copy-declaration",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, cooperar en las medidas de eliminación del riesgo, y poder identificar durante 10 años a quien le suministró y a quien suministró.",
      "article": "Art. 12(8), Art. 12(9) and Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-keep-declaration-copy",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud.",
      "article": "Art. 12(8)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-provide-information-request",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
      "article": "Art. 12(9)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-identify-suppliers-customers",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a quien le suministró y a quien suministró, durante 10 años.",
      "article": "Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-observe-age-limits",
      "role": "importer",
      "kind": "procedure",
      "level": "product-market",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Respetar los límites de edad y la restricción de conocimientos especializados: no comercializar fuegos artificiales F1 a menores de 12 años, F2 a menores de 16, F3 a menores de 18, ni artículos teatrales T1 y otros artículos P1 a menores de 18, comercializar los fuegos artificiales F4, los artículos teatrales T2 y los otros artículos P2 solo a personas con conocimientos especializados, y no comercializar al público en general los artículos P1 para vehículos, incluidos los sistemas de pretensor de cinturón y airbag, salvo que estén incorporados a un vehículo o a una pieza desmontable del vehículo.",
      "article": "Art. 7(1), (3) and (4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-imp-modify-article-already",
      "role": "importer",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si introduce un artículo en el mercado con su propio nombre o marca, o modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad con la directiva, asume las obligaciones del fabricante conforme al artículo 8.",
      "article": "Art. 14",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-act-due-care",
      "role": "distributor",
      "kind": "verification",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "text": "Actuar con la debida diligencia respecto de los requisitos de la directiva y, antes de comercializar un artículo, comprobar que lleva el marcado CE, que va acompañado de los documentos exigidos y de instrucciones e información de seguridad en una lengua fácilmente comprensible para los consumidores y demás usuarios finales del Estado miembro correspondiente, y que el fabricante y el importador han aplicado su etiquetado y su identificación y dirección; cuando considere que un artículo no cumple los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, no comercializarlo hasta que se ajuste a la conformidad, y, cuando presente un riesgo, informar al fabricante o al importador y a las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 13(1) and Art. 13(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-ensure-storage-transport",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Garantizar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el artículo esté bajo su responsabilidad, no comprometen su conformidad con los requisitos esenciales de seguridad del anexo I.",
      "article": "Art. 13(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-make-sure-corrective",
      "role": "distributor",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Cuando un artículo que haya comercializado no sea conforme, asegurarse de que se adoptan las medidas correctoras necesarias para ajustarlo a la conformidad, retirarlo o recuperarlo, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado, con detalles del incumplimiento y de las medidas correctoras; previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
      "article": "Art. 13(4) and Art. 13(5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-correct-withdraw-recall",
      "role": "distributor",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Cuando un artículo que haya comercializado no sea conforme, asegurarse de que se adoptan las medidas correctoras, la retirada o la recuperación, y, cuando presente un riesgo, informar inmediatamente a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
      "article": "Art. 13(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-provide-information-request",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad, y cooperar en las medidas de eliminación del riesgo.",
      "article": "Art. 13(5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-observe-minimum-age",
      "role": "distributor",
      "kind": "procedure",
      "level": "product-market",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Respetar los límites mínimos de edad de 12 años para F1, 16 años para F2, 18 años para F3 y 18 años para T1 y P1, suministrar F4, T2 y P2 solo a personas con conocimientos especializados, y no suministrar los artículos P1 para vehículos al público en general salvo que estén incorporados a un vehículo o a una pieza desmontable del vehículo; los Estados miembros pueden elevar estos límites y pueden reducirlos para las personas que estén cursando o hayan completado formación profesional.",
      "article": "Art. 7(1) to (4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-sell-consumer-fireworks",
      "role": "distributor",
      "kind": "procedure",
      "level": "product-market",
      "timing": "ongoing",
      "text": "En Dinamarca, vender los fuegos artificiales de consumo, que son solo las categorías F1 y F2, a personas de 18 años o más, o de 15 años o más para la categoría F1, señalizar claramente esos límites de edad, vender los demás artículos pirotécnicos de categoría P1 solo a personas de 18 años o más, mantener los surtidos de fuegos artificiales de consumo en 5 kg de contenido neto de materia explosiva o menos por venta, evitar el autoservicio salvo para los pequeños artículos F1 enumerados, y mantener los fuegos artificiales en las salas de venta minorista y puntos de venta solo del 15 al 31 de diciembre, con las existencias en embalaje de transporte sin abrir en un almacén autorizado contiguo del 24 de noviembre al 14 de diciembre y de nuevo del 1 de enero al 1 de febrero; los artículos de categorías F3, F4, T1 y T2 son profesionales en Dinamarca y solo pueden suministrarse para su uso por fest- o scenefyrværkere autorizados.",
      "article": "§ 20, stk. 2 to 5, § 24, § 25, § 26 and § 28 a; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 3, § 4 and § 5",
      "sourceUrl": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-able-identify-market",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado a todo operador económico que le haya suministrado un artículo pirotécnico y a todo operador económico al que se lo haya suministrado, durante 10 años desde que se le suministró y durante 10 años desde que suministró.",
      "article": "Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-dist-modify-article-already",
      "role": "distributor",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si comercializa un artículo con su propio nombre o marca, o modifica un artículo ya introducido en el mercado de forma que pueda verse afectada la conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al artículo 8.",
      "article": "Art. 14",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-importer-authorised-representative",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "status",
      "level": "company",
      "timing": "before-market",
      "text": "Cuando ningún fabricante, importador o representante autorizado establecido en la Unión sea responsable de un artículo pirotécnico, usted se convierte en el operador económico establecido en la Unión sin el cual el artículo no puede introducirse en el mercado, ya que la directiva es uno de los actos enumerados en el artículo 4, apartado 5, del Reglamento (UE) 2019/1020 y en el punto 45 de su anexo I.",
      "article": "Art. 4(1), Art. 4(2)(d), Art. 4(5) and Annex I point 45",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-verify-declaration-conformity",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "verification",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "technical-documentation",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica, mantener la declaración a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante el plazo que exige la directiva, que es de 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición de esas autoridades previa solicitud.",
      "article": "Art. 4(3)(a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-verify-declaration-documentation",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "verification",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica.",
      "article": "Art. 4(3)(a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-keep-declaration-10-years",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud.",
      "article": "Art. 4(3)(a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-provide-market-surveillance",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Facilitar a la autoridad de vigilancia del mercado, previa solicitud motivada, toda la información y documentación necesarias para demostrar la conformidad del artículo en una lengua que comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar con ellas, en particular asegurándose de que se adopte la acción correctora inmediata necesaria para subsanar el incumplimiento o, cuando ello no sea posible, de que se mitiguen los riesgos.",
      "article": "Art. 4(3)(b), (c) and (d)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-ffp-have-name-registered",
      "role": "fulfilment-provider",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Tener su nombre, razón social o marca registrada y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, indicados en el artículo, en su embalaje, en el paquete o en un documento que lo acompañe, sin perjuicio de las propias obligaciones de identificación del fabricante y del importador con arreglo a la directiva.",
      "article": "Art. 4(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-act-written-mandate",
      "role": "other",
      "kind": "evidence",
      "level": "company",
      "timing": "before-market",
      "text": "Actuar solo con un mandato escrito del fabricante que le permita al menos realizar las tareas del artículo 4, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/1020 para los artículos pirotécnicos cubiertos, y facilitar una copia de ese mandato a la autoridad de vigilancia del mercado previa solicitud, en una lengua de la Unión que determine esa autoridad.",
      "article": "Art. 4(2)(c), Art. 5(1) and Art. 5(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-keep-declaration-conformity",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición previa solicitud, y comprobar que ambas se han elaborado.",
      "article": "Art. 4(3)(a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-verify-declaration-documentation",
      "role": "other",
      "kind": "verification",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Comprobar que se ha elaborado la declaración UE de conformidad y la documentación técnica.",
      "article": "Art. 4(3)(a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-keep-declaration-10-years",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-10y",
      "text": "Mantener la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición previa solicitud.",
      "article": "Art. 4(3)(a); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-provide-conformity-information",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Facilitar la información y documentación de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar en las medidas correctoras y de mitigación del riesgo; su nombre, razón social o marca y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, deben figurar en el artículo, su embalaje, el paquete o un documento que lo acompañe.",
      "article": "Art. 4(3)(b) to (d) and Art. 4(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-provide-information-cooperate",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Facilitar la información y documentación de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda fácilmente, informar a las autoridades cuando tenga motivos para creer que un artículo presenta un riesgo, y cooperar en las medidas correctoras y de mitigación del riesgo.",
      "article": "Art. 4(3)(b) to (d)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-indicate-name-contact",
      "role": "other",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Tener su nombre, razón social o marca registrada y sus datos de contacto, incluida la dirección postal, indicados en el artículo, su embalaje, el paquete o un documento que lo acompañe.",
      "article": "Art. 4(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "id": "pyrod-oth-treat-mandate-transferring",
      "role": "other",
      "kind": "status",
      "level": "company",
      "timing": "before-market",
      "text": "No considerar que el mandato transfiere las propias obligaciones del fabricante: la directiva atribuye al fabricante el diseño y la fabricación conforme a los requisitos esenciales de seguridad del anexo I, la documentación técnica, la evaluación de la conformidad, la declaración UE de conformidad, el marcado CE, el número de registro y el etiquetado, y solo nombra como operadores económicos al fabricante, al importador y al distribuidor.",
      "article": "Art. 3, point 12, Art. 8, Art. 9 and Art. 10",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    }
  ],
  "requirementsHash": "31735a5652e8b4a1",
  "penalties": {
    "text": "Los Estados miembros establecen el régimen de sanciones aplicable a las infracciones cometidas por los operadores económicos contra las disposiciones de Derecho nacional adoptadas en virtud de la directiva y adoptan todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación; las sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias y pueden incluir sanciones penales para las infracciones graves. Las autoridades de vigilancia del mercado que tengan motivos suficientes para creer que un artículo presenta un riesgo para la salud o la seguridad de las personas o para otros intereses públicos que protege la directiva lo evalúan, exigen al operador económico que adopte medidas correctoras, retire el artículo o lo recupere en un plazo proporcionado a la naturaleza del riesgo, informan al organismo notificado pertinente y, si el operador no actúa, adoptan medidas provisionales para prohibir o restringir la comercialización, retirar o recuperar el artículo, e informan a la Comisión y a los demás Estados miembros; una medida a la que ningún Estado miembro ni la Comisión formulen objeciones en un plazo de tres meses se considera justificada, y el procedimiento de salvaguardia de la Unión resuelve las medidas impugnadas. Los artículos conformes que aun así presenten un riesgo pueden tratarse del mismo modo. El incumplimiento formal, un marcado CE colocado infringiendo el artículo 30 del Reglamento (CE) n.º 765/2008 o el artículo 20, un marcado CE ausente, un número de organismo notificado ausente o mal colocado, una declaración UE de conformidad ausente o mal elaborada, una documentación técnica no disponible o incompleta, una identificación ausente, falsa o incompleta del fabricante o del importador, o cualquier otro requisito administrativo del artículo 8 o del artículo 12 incumplido, debe subsanarse y, en caso contrario, da lugar a la restricción, prohibición, retirada o recuperación. Desde el 16 de julio de 2021 las facultades de vigilancia proceden del Reglamento (UE) 2019/1020, cuyas autoridades pueden exigir documentos e información de la cadena de suministro, inspeccionar y someter a ensayo los productos, exigir medidas correctoras, prohibir la comercialización y hacer que se retiren, recuperen o destruyan los artículos. En Dinamarca, la orden ejecutiva n.º 1799, de 9 de septiembre de 2021, sanciona con multa la introducción en el mercado o la comercialización de artículos no conformes, la falta de etiquetado, la falta de documentación, la falta del registro de números de registro, el incumplimiento de entregar ese registro a Sikkerhedsstyrelsen, la falta de notificaciones, la falta de instrucciones o información de seguridad en danés, el incumplimiento de adoptar medidas correctoras, el almacenamiento o transporte que comprometa la conformidad, la falta de ficha de datos de seguridad para los artículos de vehículos, el uso de un organismo notificado no designado por Sikkerhedsstyrelsen o por otro Estado miembro, y el incumplimiento de las normas de etiquetado para vehículos, con pena de prisión de hasta 2 años en circunstancias agravantes como el peligro para la seguridad o la salud, un accidente con lesiones graves o muerte, la reincidencia, la infracción sistemática con ánimo de lucro o los intentos de eludir el control, y con una multa separada por el uso indebido intencionado o gravemente negligente del marcado CE; se aplica la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La ley de productos añade órdenes de advertir a los usuarios, detener la publicidad engañosa, subsanar, detener las ventas, retirar, recuperar o destruir, prohibiciones de introducción en el mercado y multas que pueden llegar a la prisión de hasta 2 años en circunstancias agravantes, y la ley de fuegos artificiales (lov om fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler, consolidada como LBK n.º 23, de 8 de enero de 2026) sanciona la fabricación, el montaje o la importación sin licencia de Erhvervsstyrelsen, o de un organismo que este autorice, y el almacenamiento, la cesión, la adquisición o el uso sin permiso del ayuntamiento, así como la venta o el uso de fuegos artificiales de consumo fuera de los períodos permitidos, con multa o pena de prisión de hasta 2 años. Desde enero de 2026 Sikkerhedsstyrelsen es el departamento Markedsovervågning de Erhvervsstyrelsen.",
    "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 39, art. 40, art. 41, art. 42 y art. 45; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 14, art. 16, art. 39 y anexo I, punto 45; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 59; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/22 · § 2, stk. 1, nr. 10, § 9, § 14, § 16 y § 37; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/23 · § 1, § 2 y § 7; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/637 · § 1, nr. 4; https://erhvervsstyrelsen.dk/sikkerhedsstyrelsen-en-del-af-erhvervsstyrelsen"
  },
  "checklist": [
    "Confirmar que el artículo es un artículo pirotécnico, es decir, que contiene sustancias explosivas o una mezcla explosiva concebida para producir calor, luz, sonido, gas o humo mediante una reacción química exotérmica autosostenida, y que no se aplica ninguna de las siete exclusiones del artículo 2, apartado 2, recordando que las referencias a la Directiva 96/98/CE y a la Directiva 93/15/CEE se entienden hechas a la Directiva 2014/90/UE sobre equipos marinos y a la Directiva 2014/28/UE sobre explosivos con fines civiles.",
    "Clasificar el artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el ruido, como F1, F2, F3 o F4, T1 o T2, o P1 o P2, y comprobar la categoría frente a las normas de grupo del anexo I sobre distancia de seguridad, nivel de ruido y construcción (artículo 6, apartado 1, y anexo I, punto 5).",
    "Decidir su papel para cada artículo, recordando que la directiva solo conoce a fabricantes, importadores y distribuidores, que vender con su propia marca o modificar un artículo le convierte en fabricante, y que el artículo 4 del Reglamento (UE) 2019/1020 sigue exigiendo un operador económico responsable establecido en la Unión.",
    "Comprobar qué normas armonizadas siguen citadas en el Diario Oficial con arreglo a la Decisión de Ejecución (UE) 2025/337, y prever que desde el 25 de marzo de 2025 no hay ninguna norma citada para los fuegos artificiales F1, F2 y F3, por lo que la conformidad con el anexo I debe demostrarse ante el organismo notificado sin presunción de conformidad.",
    "Elegir la vía de evaluación de la conformidad con un organismo notificado: módulo B más módulo C2, D o E, o módulo G, o módulo H solo para los fuegos artificiales de categoría F4, y compilar la documentación técnica del anexo II con el análisis de riesgos, los planos, la lista de normas, los cálculos y los informes de ensayo (artículo 17 y anexo II).",
    "Obtener el número de registro del organismo notificado y comprobar que está formado por el número de identificación de cuatro dígitos del organismo, la categoría en mayúsculas y el número de proceso del organismo, escrito XXXX-YY-ZZZZ (artículo 9, apartado 1, y Directiva de Ejecución 2014/58/UE, artículo 1).",
    "Redactar la declaración UE de conformidad del anexo III, como declaración única cuando también se apliquen otros actos de la Unión, mantenerla actualizada y traducida según exijan los Estados miembros, y colocar el marcado CE seguido del número del organismo notificado cuando este intervenga en el control de la producción (artículos 18, 19 y 20).",
    "Aplicar el etiquetado completo del artículo 10 en la lengua o lenguas oficiales del Estado miembro de venta, o el etiquetado más breve del artículo 11 más la ficha de datos de seguridad REACH para los artículos de vehículos, y trasladar la información a la pieza más pequeña del embalaje cuando no haya espacio en el artículo.",
    "Establecer los controles de límite de edad y conocimientos especializados en todos los puntos de venta, y en Dinamarca aplicar el endurecimiento nacional: los fuegos artificiales de consumo son solo F1 y F2, los límites de edad son 18 y 15 años para F1, los artículos P1 solo se venden a compradores de 18 años o más, la venta minorista se extiende del 15 al 31 de diciembre y el uso por los consumidores solo el 31 de diciembre y el 1 de enero.",
    "Conservar la documentación técnica y la declaración durante 10 años, mantener el registro de números de registro con el nombre comercial, el tipo genérico y subtipo y el lugar de fabricación durante 10 años, mantener la trazabilidad de proveedores y clientes durante 10 años, y establecer el procedimiento de acción correctora y notificación (artículo 8, apartado 3, artículo 9, apartado 2, artículo 12, apartado 8, artículo 15, y Directiva de Ejecución 2014/58/UE, artículo 3)."
  ],
  "faq": [
    {
      "q": "¿Cuándo empezó a aplicarse la Directiva de Artículos Pirotécnicos 2013/29/UE?",
      "a": "La directiva refundida se adoptó el 12 de junio de 2013, se publicó en el Diario Oficial el 28 de junio de 2013 y entró en vigor el 29 de junio de 2013, el día siguiente a su publicación. Una primera transposición limitada cubrió el punto 4 del anexo I, la norma sobre explosivos detonantes, que los Estados miembros debían publicar antes del 3 de octubre de 2013 y aplicar desde el 4 de julio de 2013. El grueso de la directiva debía transponerse antes del 30 de junio de 2015 y se aplicó desde el 1 de julio de 2015, cuando se derogó la Directiva 2007/23/CE y entraron en vigor los artículos de aplicación directa. Las normas de trazabilidad de la Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión debían transponerse antes del 30 de abril de 2015 y se aplicaron desde el 17 de octubre de 2016. La directiva nunca se ha modificado; sus seis corrigenda afectan a otras versiones lingüísticas y no a la inglesa.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 47, art. 48 y art. 49; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 4 y art. 5; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "q": "¿Qué son las categorías F1, F2, F3, F4, T1, T2, P1 y P2 y cuáles son los límites de edad?",
      "a": "El fabricante clasifica cada artículo por su tipo de uso, o por su finalidad y nivel de peligro, incluido el nivel de ruido, y el organismo notificado confirma la clasificación como parte de la evaluación de la conformidad. Los fuegos artificiales son de categoría F1, peligro muy bajo y ruido insignificante, para uso en zonas acotadas, incluido el interior de edificios domésticos; F2, peligro bajo y ruido bajo, para uso exterior en zonas acotadas; F3, peligro medio, para uso exterior en grandes espacios abiertos, con un nivel de ruido no perjudicial para la salud humana; y F4, peligro alto, para uso exclusivo de personas con conocimientos especializados. Los artículos pirotécnicos teatrales son T1, peligro bajo, para uso escénico, y T2, para uso exclusivo de personas con conocimientos especializados. Los demás artículos pirotécnicos son P1, peligro bajo, y P2, para manipulación o uso exclusivo de personas con conocimientos especializados. Las edades mínimas son 12 años para F1, 16 para F2, 18 para F3 y 18 para T1 y P1; F4, T2 y P2 se destinan solo a personas con conocimientos especializados. Los Estados miembros pueden elevar los límites por motivos de orden público, seguridad o salud y seguridad, y pueden reducirlos para las personas que estén cursando o hayan completado formación profesional.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 6, apartado 1, art. 7, apartados 1, 2 y 3"
    },
    {
      "q": "¿Necesito un organismo notificado con arreglo a la Directiva de Artículos Pirotécnicos?",
      "a": "Sí, para todo artículo pirotécnico comprendido en el ámbito de la directiva. El fabricante elige entre el examen UE de tipo (módulo B) seguido de conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más comprobaciones supervisadas del producto a intervalos aleatorios (módulo C2), en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulo D) o en el aseguramiento de la calidad del producto (módulo E); la conformidad basada en la verificación por unidad (módulo G); o la conformidad basada en el aseguramiento de la calidad total (módulo H), disponible solo para los fuegos artificiales de categoría F4. Todas las vías implican a un organismo notificado, y es el organismo notificado que realiza la evaluación quien asigna el número de registro del artículo y lleva el registro público de los números que ha expedido. En Dinamarca el organismo debe estar designado por Sikkerhedsstyrelsen o por otro Estado miembro, y usar uno que no lo esté conlleva una multa.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 17, art. 33, apartado 3, y anexo II; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 37, § 44 y § 59, nr. 16"
    },
    {
      "q": "¿Cómo se construye el número de registro de un artículo pirotécnico?",
      "a": "La Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión establece el sistema uniforme de numeración. El número de registro es el número de identificación de cuatro dígitos del organismo notificado que expidió el certificado de examen de tipo con arreglo al módulo B, el certificado de conformidad con arreglo al módulo G o la aprobación del sistema de calidad con arreglo al módulo H; la categoría del artículo para la que se certifica la conformidad, en forma abreviada y en mayúsculas, F1, F2, F3, F4, T1, T2, P1 o P2; y el número de proceso que el organismo notificado utiliza para el artículo. Se escribe en la forma XXXX-YY-ZZZZ. Los organismos notificados llevan un registro de los números que asignan con el formato del anexo de esa directiva de ejecución, conservan la información durante al menos 10 años, la actualizan periódicamente y la publican en internet, y la transfieren a otro organismo notificado o a la autoridad competente si se retira su notificación. La directiva de ejecución se adoptó al amparo de la Directiva 2007/23/CE y sigue citando su artículo 9; desde la derogación el 1 de julio de 2015, esas referencias se entienden hechas al artículo 17 de la Directiva 2013/29/UE.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1, art. 2 y el anexo; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 9, apartado 1, art. 43, letra a), art. 48 y anexo V"
    },
    {
      "q": "¿Sigue habiendo una norma armonizada para los fuegos artificiales de consumo?",
      "a": "No para las categorías F1, F2 y F3. La Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 de la Comisión, de 20 de febrero de 2025, sustituyó la lista anterior publicada como Comunicación 2017/C 149/01 y, en su anexo II, retiró las referencias a la serie EN 15947:2015 para fuegos artificiales de las categorías F1, F2 y F3, junto con las normas de terminología EN ISO 14451-1:2013, EN 16256-1:2012 y EN 16261-1:2012; esas referencias siguieron confiriendo presunción de conformidad solo hasta el 24 de marzo de 2025. El CEN había adoptado una serie EN 15947:2022, pero la Comisión comunicó al CEN en noviembre de 2023 que no citaría las partes 2 a 5 porque no aplican los requisitos esenciales de seguridad. Las normas que siguen citadas en el anexo I son las partes 2 a 10 de la EN ISO 14451 para los artículos de vehículos, las partes 2 a 5 de la EN 16256 para los artículos teatrales y las partes 2 a 4 de la EN 16261 para los fuegos artificiales de categoría F4. Por tanto, para F1, F2 y F3 el fabricante debe demostrar la conformidad con el anexo I directamente ante el organismo notificado.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337 · considerandos 4 a 7, art. 1, art. 2, anexo I y anexo II"
    },
    {
      "q": "¿Qué artículos pirotécnicos quedan fuera de la directiva?",
      "a": "El artículo 2, apartado 2, enumera siete exclusiones: los artículos pirotécnicos destinados a un uso no comercial, con arreglo al Derecho nacional, por las fuerzas armadas, la policía o los servicios de bomberos; los equipos comprendidos en el ámbito de la Directiva 96/98/CE, que se entiende referida a la Directiva 2014/90/UE sobre equipos marinos desde el 18 de septiembre de 2016; los artículos pirotécnicos destinados a su uso en la industria aeroespacial; las cápsulas fulminantes destinadas específicamente a juguetes comprendidas en el ámbito de la Directiva de seguridad de los juguetes 2009/48/CE; los explosivos comprendidos en el ámbito de la Directiva 93/15/CEE, que se entiende referida a la Directiva 2014/28/UE sobre explosivos con fines civiles desde el 20 de abril de 2016; la munición, es decir, los proyectiles, las cargas propulsoras y la munición de fogueo utilizados en armas de fuego portátiles, otras armas y artillería; y los fuegos artificiales fabricados por un fabricante para su propio uso, autorizados para su uso exclusivamente en su territorio por el Estado miembro donde esté establecido el fabricante y que permanezcan en ese territorio. Cada exclusión saca al artículo de toda la directiva, pero sigue aplicándose el resto del Derecho de la Unión y nacional.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, apartado 2, y art. 3, punto 5; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0090 · art. 45; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0028 · art. 51"
    },
    {
      "q": "¿Quién hace cumplir las normas sobre fuegos artificiales en Dinamarca y qué puede venderse y usarse y cuándo?",
      "a": "La ley de productos incluye la directiva en su artículo 2 como punto 10 y designa a Erhvervsstyrelsen como autoridad de control; las tareas las ejerce Sikkerhedsstyrelsen, desde enero de 2026 el departamento Markedsovervågning de Erhvervsstyrelsen, que también designa a los organismos notificados daneses. La orden ejecutiva n.º 1799, de 9 de septiembre de 2021, transpone la directiva y la directiva de ejecución sobre trazabilidad, y la orden ejecutiva n.º 1798, de la misma fecha, recoge las normas nacionales. En Dinamarca los fuegos artificiales de consumo son solo las categorías F1 y F2; F3, F4, T1 y T2 se consideran profesionales y solo pueden ser utilizados por fest- o scenefyrværkere autorizados. Los fuegos artificiales de consumo pueden venderse a personas de 18 años o más, o de 15 años o más para la categoría F1, y los demás artículos pirotécnicos de categoría P1 solo a personas de 18 años o más. Los fuegos artificiales solo pueden estar presentes en salas de venta minorista y puntos de venta del 15 al 31 de diciembre, y desde el 1 de julio de 2024 los consumidores solo pueden usarlos el 31 de diciembre y el 1 de enero, mientras que los puntos de venta minorista y los fest- o scenefyrværkere autorizados pueden usar fuegos artificiales de consumo del 27 al 30 de diciembre para demostrar artículos como parte de la venta. La fabricación, el montaje y la importación necesitan una licencia de Erhvervsstyrelsen con arreglo al artículo 1 de la ley de fuegos artificiales, y el almacenamiento, la cesión, la adquisición y el uso necesitan un permiso del ayuntamiento con arreglo a su artículo 2; la ley también fija la temporada de venta minorista, del 15 al 31 de diciembre, y los días de uso por los consumidores, 31 de diciembre y 1 de enero, en sus artículos 2, apartados 3 y 4.",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/22 · § 2, stk. 1, nr. 10, y § 9; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 3, § 4, § 5 y § 44; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798 · § 20, § 25, § 28 a, § 41 y § 41 a; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/730 · § 1, nr. 2, 4 y 5; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/23 · § 1 y § 2"
    },
    {
      "q": "¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación y los registros de trazabilidad?",
      "a": "Los fabricantes conservan la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, y los importadores mantienen una copia de la declaración a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante el mismo período, garantizando que la documentación técnica pueda producirse previa solicitud. Los fabricantes y los importadores llevan un registro de todos los números de registro de los artículos que fabrican o importan, junto con el nombre comercial, el tipo genérico y subtipo cuando proceda y el lugar de fabricación, durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado, transfieren el registro a las autoridades competentes si cesan su actividad y lo facilitan previa solicitud motivada a las autoridades competentes y de vigilancia del mercado de cualquier Estado miembro. Todo operador económico debe poder identificar durante 10 años, desde el suministro, a quien le suministró y a quien suministró. Los organismos notificados conservan su registro de números de registro durante al menos 10 años desde la fecha de expedición del certificado o la aprobación.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 8, apartado 3, art. 9, apartado 2, art. 12, apartado 8, y art. 15; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 2, apartado 1, y art. 3"
    }
  ],
  "changelog": [
    {
      "date": "2026-09-13",
      "kind": "guidance",
      "title": "Guía reconstruida según el modelo SPEC-62 a partir del texto de la directiva",
      "summary": "La guía se reescribió a partir de la Directiva 2013/29/UE, la Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión, la Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 de la Comisión, el Reglamento (UE) 2019/1020 y las órdenes ejecutivas danesas n.º 1799/2021, n.º 1798/2021 y n.º 730/2024, la ley de fuegos artificiales y la ley de productos. Se hicieron cuatro correcciones al texto anterior: las vías de evaluación de la conformidad son el módulo B más el módulo C2, D o E, o el módulo G, o el módulo H solo para los fuegos artificiales de categoría F4, no los módulos de otra directiva; el número de registro procede del organismo notificado y su formato lo fija la Directiva de Ejecución 2014/58/UE como el número de cuatro dígitos del organismo, la categoría y el número de proceso, y son los organismos notificados, y no los Estados miembros, quienes llevan los registros; las exclusiones del artículo 2, apartado 2, son siete y se citan tal cual, con las referencias a la Directiva 96/98/CE y a la Directiva 93/15/CEE entendidas como la Directiva 2014/90/UE y la Directiva 2014/28/UE; y los límites de edad se indican en su totalidad, añadiendo los 18 años para T1 y P1 y exponiendo por separado el endurecimiento danés. Son novedad la retirada de las normas armonizadas para los fuegos artificiales F1, F2 y F3, los períodos daneses de venta y uso, y la integración de Sikkerhedsstyrelsen en Erhvervsstyrelsen.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 2, art. 7, art. 9 y art. 17"
    },
    {
      "date": "2025-10-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Finaliza la transición danesa para los fuegos artificiales de consumo de categoría F3",
      "summary": "Los fuegos artificiales de categoría F3 que habían estado cubiertos por las normas de fuegos artificiales de consumo de la orden danesa de 2009 podían comercializarse a los consumidores hasta el 1 de octubre de 2025 con arreglo a la orden ejecutiva n.º 1799/2021; desde esa fecha, todos los artículos F3 son fuegos artificiales profesionales en Dinamarca y solo pueden suministrarse para su uso por fest- o scenefyrværkere autorizados.",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 3, § 5 y § 61"
    },
    {
      "date": "2025-09-19",
      "kind": "guidance",
      "title": "La Comisión publica su evaluación de la directiva",
      "summary": "La evaluación de la Comisión sobre la Directiva 2013/29/UE y la Directiva 2014/28/UE sobre explosivos con fines civiles concluyó que ambas son eficaces, eficientes y pertinentes en conjunto, aunque identificó como problemas clave la amplia disponibilidad de fuegos artificiales peligrosos, la elusión de las normas mediante la venta por correspondencia, la falta de un sistema eficaz de trazabilidad y cesión, y una protección insuficiente del bienestar animal. La Comisión indicó que reflexionaría sobre los resultados y decidiría si iniciar una revisión; no se ha propuesto ninguna revisión.",
      "source": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/news/commission-publishes-evaluations-eu-rules-pyrotechnics-and-civil-explosives-2025-09-19_en"
    },
    {
      "date": "2025-03-24",
      "kind": "guidance",
      "title": "Las normas armonizadas para los fuegos artificiales F1, F2 y F3 dejan de conferir presunción de conformidad",
      "summary": "Las referencias enumeradas en el anexo II de la Decisión de Ejecución (UE) 2025/337, la serie EN 15947:2015 para fuegos artificiales de las categorías F1, F2 y F3 y las normas de terminología EN ISO 14451-1:2013, EN 16256-1:2012 y EN 16261-1:2012, siguieron aplicándose solo hasta el 24 de marzo de 2025. Dado que la Comisión no citó la serie EN 15947:2022, ya no hay ninguna norma armonizada que confiera presunción de conformidad para los fuegos artificiales de consumo, y la conformidad con el anexo I debe demostrarse directamente ante el organismo notificado.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337 · art. 2, párrafo segundo, y anexo II"
    },
    {
      "date": "2025-02-24",
      "kind": "guidance",
      "title": "La Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 de la Comisión sustituye la lista de normas armonizadas",
      "summary": "La decisión publica una lista única y completa de referencias a normas armonizadas redactadas en apoyo de la directiva, las partes 2 a 10 de la EN ISO 14451 para los artículos de vehículos, las partes 2 a 5 de la EN 16256 para los artículos teatrales y las partes 2 a 4 de la EN 16261 para los fuegos artificiales de categoría F4, y deroga la Comunicación 2017/C 149/01 de la Comisión. Entró en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337 · art. 1, art. 2, art. 3 y anexo I"
    },
    {
      "date": "2024-07-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Dinamarca reduce el período de uso por los consumidores y eleva el límite de edad para los artículos de categoría P1",
      "summary": "La lov n.º 637, de 11 de junio de 2024, modificó el artículo 2, apartado 4, de la ley de fuegos artificiales para que los fuegos artificiales de consumo solo puedan usarse el 31 de diciembre y el 1 de enero, en lugar de del 27 de diciembre al 1 de enero, y añadió una sanción por vender o usar fuegos artificiales de consumo fuera de los períodos permitidos. La orden ejecutiva n.º 730, de 12 de junio de 2024, trasladó el cambio a la orden n.º 1798/2021, añadió una norma según la cual los demás artículos pirotécnicos de categoría P1 solo pueden venderse a personas de 18 años o más, y permitió a los puntos de venta minorista y a los fest- o scenefyrværkere autorizados usar fuegos artificiales de consumo del 27 al 30 de diciembre para demostrar artículos como parte de la venta; la orden ejecutiva n.º 729, de 12 de junio de 2024, modifica al mismo tiempo la orden n.º 1799/2021, ampliando la sanción a los incumplimientos de su § 17 y alineando la norma de venta con el nuevo § 28 a.",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/637 · § 1, nr. 1 y 4, y § 10; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/730 · § 1, nr. 2, 4, 5 y 6, y § 2"
    },
    {
      "date": "2021-10-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Entran en vigor las órdenes ejecutivas danesas n.º 1799 y n.º 1798, de 9 de septiembre de 2021",
      "summary": "La orden n.º 1799 transpone partes de la Directiva 2013/29/UE y de la Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión, reproduce las categorías, las obligaciones de los operadores, los módulos, el número de registro, el marcado CE y las normas danesas de etiquetado, designa a Sikkerhedsstyrelsen como la autoridad que nombra a los organismos notificados y sustituye a la orden n.º 1423, de 16 de diciembre de 2009; la orden n.º 1798 recoge las normas nacionales sobre importación, fabricación, almacenamiento, cesión, adquisición y uso, incluidos los límites de edad, el período de venta minorista y el período de uso.",
      "source": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799 · § 1, § 44 y § 60; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798 · § 20, § 25 y § 41"
    },
    {
      "date": "2021-07-16",
      "kind": "applies",
      "title": "El Reglamento (UE) 2019/1020 sustituye los artículos de vigilancia del mercado del Reglamento (CE) n.º 765/2008",
      "summary": "Se sustituyen el artículo 15, apartado 3, y los artículos 16 a 29 del Reglamento (CE) n.º 765/2008, que cita el artículo 38, apartado 2, de la directiva, y la directiva se incluye como punto 45 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/1020. El artículo 4 de ese reglamento, que incluye la directiva en su artículo 4, apartado 5, exige un operador económico establecido en la Unión para todo artículo pirotécnico introducido en el mercado.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020 · art. 4, apartado 5, art. 39, art. 44 y anexo I, punto 45"
    },
    {
      "date": "2016-10-17",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplica el sistema de trazabilidad de la Directiva de Ejecución 2014/58/UE",
      "summary": "Desde esta fecha los Estados miembros aplican el sistema uniforme de numeración, de modo que todo artículo pirotécnico se etiqueta con un número de registro en la forma XXXX-YY-ZZZZ, los organismos notificados llevan y publican un registro de los números que asignan durante al menos 10 años, y los fabricantes e importadores llevan registros de los números con el nombre comercial, el tipo genérico y subtipo y el lugar de fabricación durante al menos 10 años tras la introducción del artículo en el mercado.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058 · art. 1, art. 2, art. 3 y art. 4, apartado 1"
    },
    {
      "date": "2015-07-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplica la Directiva 2013/29/UE; se deroga la Directiva 2007/23/CE",
      "summary": "Los Estados miembros aplican las medidas de transposición desde el 1 de julio de 2015, y los artículos enumerados en el párrafo segundo del artículo 49, incluidos el ámbito de aplicación, las categorías, los límites de edad y los procedimientos de evaluación de la conformidad, se aplican desde la misma fecha. Se deroga la Directiva 2007/23/CE con efectos desde el 1 de julio de 2015; los artículos conformes a ella e introducidos en el mercado antes de esa fecha pueden seguir comercializándose, y los certificados expedidos con arreglo a ella siguen siendo válidos.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 46, apartado 1, art. 46, apartado 5, art. 47, apartado 1, art. 48 y art. 49"
    },
    {
      "date": "2013-06-29",
      "kind": "in-force",
      "title": "Entra en vigor la Directiva 2013/29/UE",
      "summary": "Adoptada el 12 de junio de 2013 como refundición de la Directiva 2007/23/CE alineada con el Nuevo Marco Legislativo y publicada en el DO L 178 el 28 de junio de 2013, la directiva entró en vigor el día siguiente a su publicación. Los Estados miembros debían publicar las medidas de transposición del punto 4 del anexo I antes del 3 de octubre de 2013 y aplicarlas desde el 4 de julio de 2013, y transponer el grueso de la directiva antes del 30 de junio de 2015.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029 · art. 47, art. 48 y art. 49"
    }
  ],
  "sources": [
    {
      "label": "Directiva 2013/29/UE sobre artículos pirotécnicos, tal como se publicó en el DO L 178, de 28 de junio de 2013 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "label": "Información del documento, fechas, corrigenda y relaciones del CELEX 32013L0029 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32013L0029"
    },
    {
      "label": "Directiva de Ejecución 2014/58/UE de la Comisión, por la que se establece un sistema de trazabilidad de los artículos pirotécnicos (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0058"
    },
    {
      "label": "Directiva 2007/23/CE relativa a la comercialización de artículos pirotécnicos, derogada desde el 1 de julio de 2015 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32007L0023"
    },
    {
      "label": "Decisión de Ejecución (UE) 2025/337 de la Comisión sobre las normas armonizadas para artículos pirotécnicos (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025D0337"
    },
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2019/1020 sobre vigilancia del mercado y conformidad de los productos (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "label": "Directiva 2014/28/UE sobre explosivos con fines civiles, que asumió la exclusión del artículo 2, apartado 2, letra e) (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0028"
    },
    {
      "label": "Directiva 2014/90/UE sobre equipos marinos, que asumió la exclusión del artículo 2, apartado 2, letra b) (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32014L0090"
    },
    {
      "label": "Normas armonizadas para artículos pirotécnicos (Comisión Europea, DG GROW)",
      "url": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/single-market/goods/european-standards/harmonised-standards/pyrotechnic-articles_en"
    },
    {
      "label": "La Comisión publica las evaluaciones de las normas de la UE sobre pirotecnia y explosivos civiles, 19 de septiembre de 2025 (Comisión Europea, DG GROW)",
      "url": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/news/commission-publishes-evaluations-eu-rules-pyrotechnics-and-civil-explosives-2025-09-19_en"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse nr. 1799 af 9. september 2021 om krav til fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1799"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse nr. 1798 af 9. september 2021 om indførsel, fremstilling, opbevaring, overdragelse, erhvervelse og anvendelse af fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2021/1798"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse nr. 729 af 12. juni 2024 om ændring af bekendtgørelse nr. 1799 (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/729"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse nr. 730 af 12. juni 2024 om ændring af bekendtgørelse nr. 1798 (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/730"
    },
    {
      "label": "Lov nr. 637 af 11. juni 2024 om ændring af lov om fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler m.v. (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2024/637"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse af lov om fyrværkeri og andre pyrotekniske artikler, LBK nr. 23 af 8. januar 2026 (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/23"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse af lov om produkter og markedsovervågning, LBK nr. 22 af 8. januar 2026 (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2026/22"
    },
    {
      "label": "Sikkerhedsstyrelsen, en del af Erhvervsstyrelsen desde enero de 2026 (Erhvervsstyrelsen)",
      "url": "https://erhvervsstyrelsen.dk/sikkerhedsstyrelsen-en-del-af-erhvervsstyrelsen"
    }
  ],
  "reviewer": {
    "name": "Conphora compliance team",
    "role": "Editores de cumplimiento normativo, Conphora"
  },
  "reviewedAt": "2026-09-24",
  "nextReview": "2027-03-13",
  "links": {
    "tools": [],
    "courses": [],
    "related": {
      "en": "/regulations/pyrod/",
      "dk": "/dk/eu-regulativer/pyrod/"
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