{
  "$schema": "https://www.conphora.com/schemas/regulation-page.json",
  "code": "FPR",
  "locale": "es",
  "url": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/fpr/",
  "json": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/fpr.json",
  "summaryPdf": "https://www.conphora.com/es/reglamentos-ue/fpr/summary.pdf",
  "dateModified": "2026-09-12",
  "regulation": {
    "code": "FPR",
    "name": "Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones relativas a la comercialización de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1069/2009 y (CE) n.º 1107/2009 y se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003",
    "shortName": "Reglamento de Productos Fertilizantes",
    "reference": "Reglamento (UE) 2019/1009",
    "celex": "32019R1009",
    "eurlex": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009",
    "actType": "Regulation",
    "category": "Fertilisers",
    "inForce": "2019-07-15",
    "appliesFrom": "2022-07-16",
    "changing": true,
    "video": "regulation-fpr"
  },
  "answer": "El Reglamento de Productos Fertilizantes fija las normas para marcar con el CE fertilizantes, enmiendas, sustratos, inhibidores y bioestimulantes como productos fertilizantes UE, con obligaciones para fabricantes, importadores y distribuidores. Rige desde el 16 de julio de 2022; el etiquetado digital desde el 1 de mayo de 2027 y las normas sobre polímeros desde el 17 de octubre de 2028.",
  "description": "Guía sobre el FPR: el Reglamento de Productos Fertilizantes, a quién se aplica, las siete categorías funcionales de producto y las 15 categorías de materiales componentes, el límite de cadmio, los módulos de evaluación de la conformidad, el marcado CE, el etiquetado, las fechas clave y cómo cumplirlo.",
  "enforcedBy": "Las autoridades nacionales de vigilancia del mercado hacen cumplir el reglamento con las facultades del Reglamento (UE) 2019/1020 (el art. 37 sigue citando los arts. 16 a 29 del Reglamento (CE) n.º 765/2008, leídos como el Reglamento (UE) 2019/1020 desde el 16 de julio de 2021), y en Dinamarca Landbrugsstyrelsen, la Agencia Agraria danesa adscrita al Ministerio de Alimentación, Agricultura y Pesca, controla el cumplimiento del reglamento en virtud del Decreto n.º 1135, de 9 de julio de 2022, sobre fertilizantes y enmiendas del suelo, dictado en virtud de la ley de fertilizantes y enmiendas del suelo, consolidada ahora como lovbekendtgørelse n.º 1052, de 10 de julio de 2023. El catálogo de medidas comprende la acción correctiva en un plazo proporcionado al riesgo, la prohibición o restricción de la comercialización, la retirada o la recuperación, las órdenes para poner fin al incumplimiento formal como la falta del marcado CE, de la declaración UE de conformidad o de la documentación técnica, el procedimiento de salvaguardia de la Unión, y sanciones nacionales que deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias, que en Dinamarca son multas conforme al § 24 del Decreto, con responsabilidad de las empresas conforme al capítulo 5 del código penal.",
  "keyDates": [
    {
      "date": "2019-06-05",
      "label": "El Reglamento (UE) 2019/1009 es adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo en Bruselas",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · título (Reglamento de 5 de junio de 2019) y bloque de firmas tras el art. 53"
    },
    {
      "date": "2019-07-15",
      "label": "Entrada en vigor, el vigésimo día tras la publicación en el DO L 170 de 25 de junio de 2019; se aplican desde esta fecha los arts. 4, apdo. 3, 14 y 42 a 47 (orientación sobre el etiquetado, especificaciones comunes, actos delegados, comité y las modificaciones a los reglamentos de subproductos animales y de productos fitosanitarios)",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 53"
    },
    {
      "date": "2020-04-16",
      "label": "Se aplican los arts. 20 a 36 sobre la notificación de organismos de evaluación de la conformidad, de modo que los organismos notificados pudieran designarse antes de que el reglamento se aplicara en su totalidad",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 53, letra b)"
    },
    {
      "date": "2020-07-16",
      "label": "Plazo para que la Comisión publique un documento de orientación para fabricantes y autoridades de vigilancia del mercado sobre el aspecto visual de la etiqueta del anexo III",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 4, apdo. 3"
    },
    {
      "date": "2021-10-28",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2021/1768: primera adaptación técnica de los anexos I a IV, aplicable desde el 16 de julio de 2022",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R1768 · art. 2 y DO L 356 de 8 de octubre de 2021"
    },
    {
      "date": "2021-12-20",
      "label": "Entran en vigor los Reglamentos Delegados (UE) 2021/2086, 2021/2087 y 2021/2088: se añaden la CMC 12 (sales de fosfato precipitado y derivados), la CMC 13 (materiales de oxidación térmica y derivados) y la CMC 14 (materiales de pirólisis y gasificación), aplicables desde el 16 de julio de 2022",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2086 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2087 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2088 · art. 2 y DO L 427 de 30 de noviembre de 2021"
    },
    {
      "date": "2022-07-16",
      "label": "El reglamento se aplica en su totalidad; se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003; los fertilizantes CE introducidos en el mercado antes de esta fecha pueden seguir comercializándose, sujetos a las normas de vigilancia del mercado del capítulo V; plazo para el acto delegado sobre los criterios de subproducto en la CMC 11",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 42, apdo. 7, art. 51, art. 52 y art. 53"
    },
    {
      "date": "2022-07-28",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2022/1171: se añade la CMC 15 (materiales recuperados de alta pureza), aplicable desde el 16 de julio de 2022",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1171 · art. 2 y DO L 183 de 8 de julio de 2022"
    },
    {
      "date": "2022-10-03",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2022/1519: compuestos inhibidores, poscisamiento del digestato, registro de polímeros y el límite de PCB para la CMC 14",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1519 · art. 2 y DO L 236 de 13 de septiembre de 2022"
    },
    {
      "date": "2023-03-16",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2023/409: el contenido mínimo de óxido de calcio de un fertilizante inorgánico sólido simple de macronutrientes se fija en el 9 % en masa",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32023R0409 · art. 1 y art. 2 y DO L 59 de 24 de febrero de 2023"
    },
    {
      "date": "2024-07-03",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/1682: se añade el estiércol procesado a la CMC 10 con su propio procesamiento, límite de PAH16, almacenamiento y condiciones de etiquetado",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R1682 · art. 2 y DO L 2024/1682 de 13 de junio de 2024"
    },
    {
      "date": "2024-07-16",
      "label": "Plazo para que la Comisión evalúe los criterios de biodegradabilidad de los polímeros de la CMC 9 y revise la posibilidad de incluir los acolchados en la CMC 9",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 42, apdo. 6, y art. 50"
    },
    {
      "date": "2024-10-20",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento (UE) 2024/2516: etiquetado digital de los productos fertilizantes UE (arts. 11 bis a 11 ter), aplicable desde el 1 de mayo de 2027",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 2 y DO L 2024/2516 de 30 de septiembre de 2024"
    },
    {
      "date": "2024-11-17",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2770: criterios de biodegradabilidad para agentes de recubrimiento y polímeros de retención de agua en la CMC 9; el anexo I y el punto 1 del anexo II de ese acto se aplican desde el 17 de octubre de 2028",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2770 · art. 2 y DO L 2024/2770 de 28 de octubre de 2024"
    },
    {
      "date": "2024-11-20",
      "label": "Entran en vigor los Reglamentos Delegados (UE) 2024/2786 (enterococos y presunción de conformidad sin verificación), 2024/2787 (acolchados en la CMC 9), 2024/2788 (polímeros en la CMC 11) y 2024/2790 (polímeros en la CMC 1); los dos actos sobre polímeros se aplican desde el 17 de octubre de 2028",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2786 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2787 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2788 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2790 · art. 2 y DO L de 31 de octubre de 2024"
    },
    {
      "date": "2025-12-30",
      "label": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2025/1421: en el módulo D1 el organismo notificado realiza auditorías anuales y toma muestras del material de salida para las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R1421 · art. 1, apdo. 2, y art. 2 y DO L 2025/1421 de 10 de diciembre de 2025"
    },
    {
      "date": "2026-07-01",
      "label": "El ciclo térmico y el ensayo de detonación del módulo A1 para fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno deben realizarse en laboratorios acreditados para esas actividades (art. 1, apdo. 1, del Reglamento Delegado (UE) 2025/1421, fecha fijada por el corrigendo de 15 de diciembre de 2025)",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/eli/reg_del/2025/1421/corrigendum/2025-12-15/oj · art. 2 corregido; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo IV, parte II, módulo A1, punto 4 (M12)"
    },
    {
      "date": "2026-07-16",
      "label": "Plazo para el informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del reglamento, incluida la revisión de los valores límite de cadmio para los fertilizantes fosfatados y de los demás límites de contaminantes",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 49"
    },
    {
      "date": "2027-05-01",
      "label": "Se aplican las normas de etiquetado digital del Reglamento (UE) 2024/2516: arts. 11 bis a 11 ter, los arts. 6, apdos. 5 a 7, 8, apdos. 3 y 4, y 9, apdo. 2, modificados, y los cambios en los anexos III y IV; plazo para los actos delegados de la Comisión sobre los requisitos de etiquetado digital",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, punto (5), y art. 2"
    },
    {
      "date": "2028-10-17",
      "label": "Se aplican las normas sobre polímeros: criterios de biodegradabilidad para agentes de recubrimiento y polímeros de retención de agua en la CMC 9 (Reglamento Delegado (UE) 2024/2770), y polímeros en la CMC 1 y la CMC 11 alineados con la restricción de microplásticos de REACH (Reglamentos Delegados (UE) 2024/2790 y 2024/2788)",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2770 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2788 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2790 · art. 2"
    }
  ],
  "amendedBy": [
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2021/1768",
      "celex": "32021R1768",
      "date": "2021-10-28",
      "summary": "La primera adaptación técnica, de 23 de junio de 2021, publicada en el DO L 356 de 8 de octubre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, modificó los anexos I a IV: normas sobre residuos de sustancias farmacológicamente activas y sobre sustancias activas sin función fitosanitaria (anexo I, parte II, puntos 5 y 5 bis), fertilizantes de sales micronutrientes basados en carbonato o fosfato, sustratos de cultivo para uso profesional en horticultura, tejados y muros verdes, polímeros como aditivos técnicos en la CMC 1 y la CMC 11, agentes quelantes y formadores de complejos, fibras vegetales, subproductos animales con un punto final como materiales de entrada de la CMC 3 (compost) y la CMC 5 (digestato), la lista de ingredientes por encima del 5 % en peso o volumen del anexo III, tolerancias más amplias, y el módulo B seguido del módulo C para las mezclas de productos fertilizantes.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R1768 · considerandos 3 a 30, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, parte II, puntos 5 y 5 bis, y anexo III, parte I, punto 1, letra h) (M1)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2021/2086",
      "celex": "32021R2086",
      "date": "2021-12-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 5 de julio de 2021, publicado en el DO L 427 de 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añadió al anexo II la CMC 12, sales de fosfato precipitado y derivados (estruvita y fosfatos recuperados similares), y las disposiciones de evaluación de la conformidad correspondientes al anexo IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2086 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo II, parte I, CMC 12 (M2)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2021/2087",
      "celex": "32021R2087",
      "date": "2021-12-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 6 de julio de 2021, publicado en el DO L 427 de 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añadió al anexo II la CMC 13, materiales de oxidación térmica y derivados (cenizas), una declaración de manganeso en el anexo III y las disposiciones de evaluación de la conformidad en el anexo IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2087 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo II, parte I, CMC 13 (M3)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2021/2088",
      "celex": "32021R2088",
      "date": "2021-12-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 7 de julio de 2021, publicado en el DO L 427 de 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añadió al anexo II la CMC 14, materiales de pirólisis y gasificación (biocarbón), la declaración de manganeso para los materiales de la CMC 13 y la CMC 14 en el anexo III, parte I, punto 7 bis, y las disposiciones de evaluación de la conformidad en el anexo IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2088 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo II, parte I, CMC 14 y anexo III, parte I, punto 7 bis (M4)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2022/1171",
      "celex": "32022R1171",
      "date": "2022-07-28",
      "summary": "El reglamento delegado de 22 de marzo de 2022, publicado en el DO L 183 de 8 de julio de 2022 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añadió al anexo II la CMC 15, materiales recuperados de alta pureza, las declaraciones de selenio y cloruro en el anexo III, parte I, punto 7 ter, y requisitos específicos del sistema de calidad para las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15 en el módulo D1 del anexo IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1171 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo II, parte I, CMC 15, anexo III, parte I, punto 7 ter, y anexo IV, parte II, módulo D1, puntos 5.1.1.1 y 5.1.2.1 (M5)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2022/1519",
      "celex": "32022R1519",
      "date": "2022-10-03",
      "summary": "El reglamento delegado de 5 de mayo de 2022, publicado en el DO L 236 de 13 de septiembre de 2022, introdujo el término compuesto inhibidor para los inhibidores utilizados como materiales componentes en la CMC 1 y añadió requisitos de eficacia para los fertilizantes y mezclas que los contengan (PFC 7, punto 2 bis), permitió el poscisamiento del digestato para extraer agua, eliminó la obligación de registro de la magnesia, ajustó la condición de registro de polímeros y sustituyó el límite de PCB no similares a las dioxinas para la CMC 14 conforme al Reglamento sobre COP; también reservó el módulo A a los materiales de la CMC 1 distintos de los compuestos inhibidores.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1519 · considerandos 3 a 9, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 7, punto 2 bis, y anexo IV, parte I, puntos 1.1, letra a), y 3.1, letra a) (M6)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2023/409",
      "celex": "32023R0409",
      "date": "2023-03-16",
      "summary": "El reglamento delegado de 18 de noviembre de 2022, publicado en el DO L 59 de 24 de febrero de 2023, sustituyó el punto 2, letra e), de la PFC 1(C)(I)(a)(i) del anexo I de modo que un fertilizante inorgánico sólido simple de macronutrientes que declare óxido de calcio debe contener al menos el 9 % en masa de óxido de calcio total.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32023R0409 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 1(C)(I)(a)(i), punto 2 (M7)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/1682",
      "celex": "32024R1682",
      "date": "2024-07-03",
      "summary": "El reglamento delegado de 4 de marzo de 2024, publicado en el DO L 2024/1682 de 13 de junio de 2024, añadió el estiércol procesado como material componente en la CMC 10 con procesamiento adicional, un límite de PAH16, el registro de aditivos de procesamiento y un límite de tiempo de almacenamiento, e insertó en el anexo III, parte I, puntos 7 quater y 7 quinquies, la información sobre calidad del aire por amoniaco, la advertencia sobre aminopiralida y clopiralida y la declaración del nitrógeno procedente de estiércol.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R1682 · considerandos 1 a 11, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo III, parte I, puntos 7 quater y 7 quinquies (M8)"
    },
    {
      "reference": "Regulation (EU) 2024/2516",
      "celex": "32024R2516",
      "date": "2024-10-20",
      "summary": "El reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de septiembre de 2024, publicado en el DO L 2024/2516 de 30 de septiembre de 2024 y aplicable desde el 1 de mayo de 2027, introduce el etiquetado digital: las definiciones de envase (un recipiente sellable de no más de 1000 kg) y de soporte de datos, los arts. 6, apdos. 5 a 7, 8, apdos. 3 y 4, y 9, apdo. 2, modificados, los nuevos arts. 11 bis (formas de etiquetado para los suministros a operadores económicos y a usuarios finales, con y sin envase), 11 ter (contenido y accesibilidad de la etiqueta digital, gratuita y disponible durante 10 años) y 11 quater (sin seguimiento de los usuarios, suministro alternativo previa solicitud, publicación en el punto de venta), las competencias delegadas del art. 42, apdos. 9 y 10, una evaluación antes del 21 de octubre de 2031 en el art. 49 bis, y modificaciones a los anexos III y IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2770",
      "celex": "32024R2770",
      "date": "2024-11-17",
      "summary": "El reglamento delegado de 15 de julio de 2024, publicado en el DO L 2024/2770 de 28 de octubre de 2024, establece los criterios de biodegradabilidad del art. 42, apdo. 6, para agentes de recubrimiento y polímeros de retención de agua en la CMC 9: al menos el 90 % de degradación final o mineralización en 48 meses más el período de funcionalidad en el suelo, criterios para medios acuáticos y métodos de ensayo enumerados, y elimina la instrucción de eliminación para los polímeros aglutinantes biodegradables que cumplan las condiciones de la CMC 1; el anexo I y el punto 1 del anexo II del acto se aplican desde el 17 de octubre de 2028, fecha en la que empieza a aplicarse la restricción de microplásticos de REACH a los productos fertilizantes nacionales.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2770 · considerandos 3 a 13, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo III, parte I, punto 7 (C5)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2786",
      "celex": "32024R2786",
      "date": "2024-11-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado en el DO L 2024/2786 de 31 de octubre de 2024, sustituyó el parámetro patógeno Enterococcaceae por enterococos en las tablas de los anexos I y II porque el CEN no encontró un método de ensayo para toda la familia, amplió la presunción de conformidad sin verificación a los requisitos del anexo II, aclaró las tolerancias de cantidad del 1 % y el 5 % para los fertilizantes inorgánicos y amplió la tolerancia para los compuestos inhibidores por encima del 2 % en los inhibidores.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2786 · considerandos 1 a 5, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 1(A), punto 4, y PFC 1(B), punto 5 (M10)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2787",
      "celex": "32024R2787",
      "date": "2024-11-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado en el DO L 2024/2787 de 31 de octubre de 2024, incluyó los acolchados biodegradables en la CMC 9 (punto 1 bis) con al menos el 90 % de biodegradación en 24 meses más el período de funcionalidad, los ensayos de toxicidad ya exigidos para los demás polímeros de la CMC 9, y el etiquetado del período de funcionalidad, las zonas de amortiguación y la manipulación tras el uso en el anexo III, parte I, punto 1, letra f bis).",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2787 · considerandos 1 a 10, art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo III, parte I, punto 1, letra f bis) (M11)"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2788",
      "celex": "32024R2788",
      "date": "2024-11-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado en el DO L 2024/2788 de 31 de octubre de 2024 y aplicable desde el 17 de octubre de 2028, reescribe el punto 1, letra b), de la CMC 11 de modo que los únicos polímeros permitidos como subproductos son los naturales, degradables (apéndice 15 del anexo XVII de REACH), solubles por encima de 2 g/L (apéndice 16) o polímeros sin carbono, y añade la letra ba) para los polímeros cubiertos por la CMC 8 y la CMC 9.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2788 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2024/2790",
      "celex": "32024R2790",
      "date": "2024-11-20",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado en el DO L 2024/2790 de 31 de octubre de 2024 y aplicable desde el 17 de octubre de 2028, reescribe el punto 1, letra f), de la CMC 1 en los mismos términos: los polímeros de material virgen solo se permiten si son naturales, degradables, solubles por encima de 2 g/L o sin carbono, y añade la letra fa) para los polímeros cubiertos por la CMC 8 y la CMC 9.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2790 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "reference": "Commission Delegated Regulation (EU) 2025/1421",
      "celex": "32025R1421",
      "date": "2025-12-30",
      "summary": "El reglamento delegado de 17 de julio de 2025, publicado en el DO L 2025/1421 de 10 de diciembre de 2025, modifica el anexo IV, parte II: en el módulo A1 el ciclo térmico y el ensayo de detonación para los fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno deben realizarse en laboratorios acreditados para esas actividades por un organismo nacional de acreditación (aplicable desde el 1 de julio de 2026 conforme al corrigendo de 15 de diciembre de 2025), y en el módulo D1 el organismo notificado realiza auditorías anuales y toma y analiza muestras del material de salida para las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15 (aplicable desde la entrada en vigor).",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R1421 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/eli/reg_del/2025/1421/corrigendum/2025-12-15/oj; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo IV, parte II, módulo A1, punto 4, y módulo D1, punto 6.3.2 (M12)"
    }
  ],
  "scope": {
    "appliesTo": [
      "Productos fertilizantes marcados con el CE cuando se comercializan en el mercado de la Unión, los productos fertilizantes UE: fertilizantes, enmiendas calizas, enmiendas del suelo, sustratos de cultivo, inhibidores, bioestimulantes vegetales y mezclas de estos (PFC 1 a PFC 7)",
      "Sustancias, mezclas, microorganismos u otros materiales aplicados o destinados a aplicarse sobre plantas o su rizosfera, o sobre hongos o su micosfera, o destinados a constituir la rizosfera o la micosfera, para aportar nutrientes o mejorar la eficiencia nutricional",
      "Los materiales componentes de que están hechos, que deben pertenecer a una de las 15 categorías de materiales componentes: sustancias y mezclas vírgenes, plantas y extractos vegetales, compost, digestatos, subproductos de la industria alimentaria, microorganismos, polímeros, productos derivados de origen animal, subproductos en el sentido de la Directiva Marco de Residuos, sales de fosfato precipitado, cenizas, biocarbón y materiales recuperados de alta pureza",
      "Los operadores económicos de la cadena: fabricantes, representantes autorizados, importadores y distribuidores, incluidos los vendedores en línea que comercializan productos fertilizantes UE en la Unión",
      "Los residuos utilizados como material componente, que dejan de ser residuos desde el momento en que se elabora la declaración UE de conformidad (fin de la condición de residuo)"
    ],
    "derived": [
      "La armonización es opcional: un producto fertilizante puede seguir introduciéndose en el mercado conforme a las normas nacionales de un Estado miembro sin el marcado CE, y el reglamento deja a los Estados miembros en libertad de regular esos productos (art. 3, apdo. 1, art. 38, apdo. 9, y art. 41, apdo. 2; preguntas frecuentes de la Comisión, pregunta 2.1)",
      "Los subproductos animales y productos derivados aún sujetos al Reglamento (CE) n.º 1069/2009 y los productos fitosanitarios conforme al Reglamento (CE) n.º 1107/2009 quedan fuera del reglamento; los productos derivados para los que se haya determinado un punto final en la cadena de fabricación pueden utilizarse como materiales componentes de la CMC 10 (art. 1, apdo. 1, y art. 42, apdo. 5)",
      "Un importador o distribuidor que introduzca en el mercado un producto fertilizante UE con su propio nombre o marca comercial, o que lo modifique de forma que pueda afectar a su conformidad, se considera fabricante; uno que solo lo envase o reenvase debe añadir «envasado por» o «reenvasado por» con sus datos y conservar la información original durante 5 años (art. 10 y art. 11)",
      "Los fertilizantes CE introducidos en el mercado conforme al Reglamento (CE) n.º 2003/2003 antes del 16 de julio de 2022 pueden seguir comercializándose, pero se les aplican las normas de vigilancia del mercado del capítulo V (art. 52)",
      "Un Estado miembro que el 14 de julio de 2019 tuviera una excepción de cadmio del Reglamento (CE) n.º 2003/2003 puede seguir aplicando sus límites nacionales de cadmio a los productos fertilizantes UE hasta que se apliquen límites armonizados iguales o inferiores a su nivel (art. 3, apdo. 2)",
      "El reglamento no afecta a REACH, al CLP, a la Directiva de Nitratos, a la Directiva de Lodos de Depuradora, a la producción ecológica, a la sanidad vegetal, a las especies exóticas invasoras, a los precursores de explosivos ni a los demás actos enumerados en el art. 1, apdo. 2, y los Estados miembros pueden mantener o adoptar normas sobre el uso de productos fertilizantes UE que no modifiquen el producto ni las condiciones de su comercialización (art. 1, apdo. 2, y art. 3, apdo. 3)"
    ],
    "categories": [
      {
        "id": "organic-fertiliser",
        "label": "Fertilizante orgánico u organomineral que se vaya a marcar con el CE (PFC 1(A) y 1(B))"
      },
      {
        "id": "inorganic-fertiliser",
        "label": "Fertilizante inorgánico de macronutrientes o micronutrientes que se vaya a marcar con el CE, incluido el fertilizante de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno (PFC 1(C))"
      },
      {
        "id": "liming-soil-improver-growing-medium",
        "label": "Enmienda caliza, enmienda del suelo o sustrato de cultivo que se vaya a marcar con el CE (PFC 2, 3 y 4)"
      },
      {
        "id": "inhibitor-biostimulant",
        "label": "Inhibidor de la nitrificación, de la desnitrificación o de la ureasa, o bioestimulante vegetal, que se vaya a marcar con el CE (PFC 5 y 6)"
      },
      {
        "id": "fertilising-product-blend",
        "label": "Mezcla de dos o más productos fertilizantes UE (PFC 7)"
      },
      {
        "id": "compost-digestate-recovered-material",
        "label": "Producto fertilizante UE elaborado con compost, digestato, estruvita, cenizas, biocarbón o materiales recuperados de alta pureza (CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15)"
      },
      {
        "id": "national-fertiliser",
        "label": "Producto fertilizante vendido conforme a normas nacionales sin el marcado CE"
      },
      {
        "id": "ec-fertiliser-pre-2022",
        "label": "Fertilizante CE introducido en el mercado conforme al Reglamento (CE) n.º 2003/2003 antes del 16 de julio de 2022"
      },
      {
        "id": "animal-by-product",
        "label": "Subproducto animal o producto derivado aún sujeto al Reglamento (CE) n.º 1069/2009"
      },
      {
        "id": "plant-protection-product",
        "label": "Producto fitosanitario conforme al Reglamento (CE) n.º 1107/2009"
      }
    ],
    "roles": [
      {
        "id": "manufacturer",
        "label": "Fabricante (incluidos los titulares de marca)",
        "definition": "Toda persona física o jurídica que fabrique un producto fertilizante UE o mande diseñarlo o fabricarlo, y comercialice ese producto fertilizante UE con su nombre o marca comercial; un importador o distribuidor que venda con su propio nombre o marca comercial o modifique el producto de forma que pueda afectar a su conformidad se considera fabricante.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 2, punto (11), y art. 10"
      },
      {
        "id": "other",
        "label": "Representante autorizado",
        "definition": "Toda persona física o jurídica establecida en la Unión que haya recibido un mandato escrito de un fabricante para actuar en su nombre en relación con tareas específicas; la obligación de diseñar y fabricar conforme a los anexos I y II y de elaborar la documentación técnica no puede formar parte del mandato.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 2, punto (12), y art. 7, apdo. 1"
      },
      {
        "id": "importer",
        "label": "Importador",
        "definition": "Toda persona física o jurídica establecida en la Unión que introduce en el mercado de la Unión un producto fertilizante UE procedente de un tercer país.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 2, punto (13)"
      },
      {
        "id": "distributor",
        "label": "Distribuidor (mayorista o minorista)",
        "definition": "Toda persona física o jurídica de la cadena de suministro, distinta del fabricante o del importador, que comercializa un producto fertilizante UE.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 2, punto (14)"
      }
    ],
    "rules": [
      {
        "categories": [
          "national-fertiliser"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El reglamento solo se aplica a los productos fertilizantes UE, es decir, a los productos fertilizantes marcados con el CE cuando se comercializan; un producto vendido conforme a las normas nacionales de un Estado miembro queda fuera de él, sigue sujeto al Derecho nacional y al reconocimiento mutuo, y no debe llevar el marcado CE.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 1, apdo. 1, art. 2, punto (2), art. 3, apdo. 1, y art. 38, apdo. 9; https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf · preguntas 2.1 y 6.10"
      },
      {
        "categories": [
          "animal-by-product",
          "plant-protection-product"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "out-of-scope",
        "note": "El reglamento no se aplica a los subproductos animales o productos derivados sujetos al Reglamento (CE) n.º 1069/2009 cuando se comercializan, ni a los productos fitosanitarios conforme al Reglamento (CE) n.º 1107/2009; un producto derivado solo puede utilizarse como material componente de la CMC 10 una vez que se ha determinado un punto final en la cadena de fabricación.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 1, apdo. 1, letras a) y b), y art. 42, apdo. 5"
      },
      {
        "categories": [
          "ec-fertiliser-pre-2022"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "Un producto introducido en el mercado como fertilizante CE conforme al Reglamento (CE) n.º 2003/2003 antes del 16 de julio de 2022 puede seguir comercializándose, y la carga de probar esa fecha recae en el proveedor; se le aplican las normas de vigilancia del mercado del capítulo V, y un cambio de composición o un producto nuevo requiere una evaluación de la conformidad completa conforme a este reglamento.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 51 y art. 52; https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf · preguntas 6.2 a 6.4"
      },
      {
        "categories": [
          "compost-digestate-recovered-material"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor",
          "other"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Un producto fertilizante UE que contenga compost, digestato distinto del digestato de cultivos frescos, sales de fosfato precipitado, materiales de oxidación térmica, materiales de pirólisis y gasificación o materiales recuperados de alta pureza no puede utilizar el módulo A ni los módulos B y C, por lo que sigue el módulo D1 de aseguramiento de la calidad del proceso de producción con un organismo notificado que audita anualmente y toma muestras del material de salida; el residuo deja de ser residuo cuando se elabora la declaración UE de conformidad.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 19 y anexo IV, parte I, puntos 1.1, 3.1 y 4.1, y parte II, módulo D1, punto 6.3.2"
      },
      {
        "categories": [
          "inhibitor-biostimulant"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor",
          "other"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Los inhibidores de la PFC 5 y los bioestimulantes vegetales de la PFC 6 no pueden utilizar el módulo A de control interno de la producción; el fabricante debe utilizar el examen UE de tipo seguido de la conformidad con el tipo (módulos B y C) o el módulo D1, ambos con la intervención de un organismo notificado cuyo número de identificación sigue al marcado CE.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 18, apdo. 3, y anexo IV, parte I, puntos 1.3, 3.1 y 4.1"
      },
      {
        "categories": [
          "inorganic-fertiliser"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor",
          "other"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Un fertilizante inorgánico elaborado con materiales vírgenes de la CMC 1 puede utilizar el módulo A, pero un fertilizante fosfatado con un 5 % o más de P2O5 debe mantenerse por debajo de 60 mg de cadmio por kg de P2O5 (3 mg/kg de materia seca por debajo del 5 %), y un fertilizante sólido simple o compuesto de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno debe utilizar el módulo A1 con el ensayo de detonación, desde el 1 de julio de 2026 en un laboratorio acreditado.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 1(C)(I), punto 2, letra a), y anexo IV, parte I, puntos 1.1, 1.3 y 2, y parte II, módulo A1, punto 4 (M12)"
      },
      {
        "categories": [
          "organic-fertiliser",
          "liming-soil-improver-growing-medium",
          "fertilising-product-blend"
        ],
        "roles": [
          "manufacturer",
          "importer",
          "distributor",
          "other"
        ],
        "size": "any",
        "result": "in-scope",
        "note": "Un producto fertilizante UE solo puede comercializarse si cumple el reglamento: debe satisfacer los requisitos del anexo I de su categoría funcional de producto, consistir únicamente en materiales componentes del anexo II, etiquetarse conforme al anexo III y superar el módulo del anexo IV que permitan sus materiales componentes; una mezcla debe elaborarse con productos fertilizantes UE que hayan superado cada uno su propia evaluación, y ninguna de las obligaciones depende del tamaño de la empresa.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 4, art. 5, art. 6, anexo I, PFC 7, y anexo IV, parte I"
      },
      {
        "categories": [
          "*"
        ],
        "roles": [
          "*"
        ],
        "size": "any",
        "result": "depends",
        "note": "Que el reglamento se aplique depende de si el producto se va a marcar con el CE como producto fertilizante UE, de si es aplicable alguna exclusión del art. 1, apdo. 1, de qué categoría funcional de producto y categorías de materiales componentes le correspondan, y de qué función desempeña el operador.",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 1, art. 2 y art. 4"
      }
    ]
  },
  "obligations": {
    "manufacturer": [
      {
        "text": "Diseñar y fabricar el producto fertilizante UE conforme a los requisitos del anexo I de su categoría funcional de producto, incluidos los límites de contaminantes, patógenos y contenido de nutrientes, y utilizar únicamente materiales componentes conformes con una o varias de las categorías de materiales componentes del anexo II; para cualquier aspecto no cubierto por esos anexos, el producto no debe presentar un riesgo para la salud humana, animal o vegetal, la seguridad o el medio ambiente.",
        "id": "fpr-mfr-design-manufacture-fertilising",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 4, apdo. 1, art. 4, apdo. 2, y art. 6, apdo. 1"
      },
      {
        "text": "Antes de introducir el producto en el mercado, elaborar la documentación técnica y realizar o encargar el módulo de evaluación de la conformidad del anexo IV que permitan sus materiales componentes y categoría: módulo A, módulo A1 para fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno, módulos B y C, o módulo D1 con un organismo notificado para el compost, el digestato y los materiales recuperados de las CMC 12 a 15, los inhibidores y los bioestimulantes; después elaborar la declaración UE de conformidad y colocar el marcado CE.",
        "id": "fpr-mfr-draw-technical-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 6, apdo. 2, art. 15 y anexo IV, parte I"
      },
      {
        "text": "Antes de introducir el producto en el mercado, elaborar la documentación técnica del anexo IV.",
        "id": "fpr-mfr-compile-technical-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 6, apdo. 2, y anexo IV, parte I"
      },
      {
        "text": "Realizar o encargar el módulo de evaluación de la conformidad del anexo IV que permitan sus materiales componentes y categoría: módulo A, módulo A1 para fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno, módulos B y C, o módulo D1 con un organismo notificado para el compost, el digestato y los materiales recuperados de las CMC 12 a 15, los inhibidores y los bioestimulantes.",
        "id": "fpr-mfr-carry-out-conformity-assessment",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 6, apdo. 2, y art. 15"
      },
      {
        "text": "Elaborar la declaración UE de conformidad conforme al modelo del anexo V con los elementos del módulo utilizado, mantenerla permanentemente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro donde el producto se introduzca en el mercado o se comercialice, y combinarla en una declaración única cuando otro acto de la Unión también la exija; al elaborarla asume la responsabilidad de la conformidad, y el material que era residuo deja de serlo en ese momento.",
        "id": "fpr-mfr-draw-declaration-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 16 y art. 19"
      },
      {
        "text": "Colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el envase o, para los productos suministrados sin envasar, en un documento de acompañamiento, antes de introducir el producto en el mercado, seguido del número de identificación del organismo notificado cuando el anexo IV lo exija.",
        "id": "fpr-mfr-affix-marking-visibly",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 17 y art. 18"
      },
      {
        "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto, entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración cuando se solicite, mantener la conformidad de la producción en serie cuando cambien el proceso, el producto o las normas, y cuando el rendimiento o los riesgos lo justifiquen someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, manteniendo informados a los distribuidores.",
        "id": "fpr-mfr-keep-technical-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 3, y art. 6, apdo. 4"
      },
      {
        "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
        "id": "fpr-mfr-keep-documentation-5-years",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 3"
      },
      {
        "text": "Entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración UE de conformidad cuando se solicite.",
        "id": "fpr-mfr-give-declaration-copy",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 3"
      },
      {
        "text": "Mantener la conformidad de la producción en serie, teniendo en cuenta los cambios en el proceso de producción, el producto o las normas armonizadas, especificaciones comunes u otras especificaciones técnicas de referencia.",
        "id": "fpr-mfr-keep-series-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 4"
      },
      {
        "text": "Cuando el rendimiento o los riesgos de un producto lo justifiquen, someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores.",
        "id": "fpr-mfr-sample-test-complaints",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 4"
      },
      {
        "text": "Marcar el envase, o el documento de acompañamiento para los productos sin envasar, con un número de tipo, número de lote u otro identificador y con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y una única dirección postal de contacto, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "fpr-mfr-mark-packaging-accompanying",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 5, y art. 6, apdo. 6"
      },
      {
        "text": "Facilitar el etiquetado del anexo III en una etiqueta colocada en el envase, en un prospecto para la información que no quepa o para los productos sin envasar, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales según determine el Estado miembro: la denominación de la PFC, la cantidad, las instrucciones de uso con las dosis, el momento y la frecuencia de aplicación, las condiciones de almacenamiento, la información de gestión de riesgos, la lista de ingredientes por encima del 5 %, la declaración de nutrientes y las advertencias, y desde el 1 de mayo de 2027, opcionalmente, como etiqueta digital conforme a los arts. 11 bis a 11 ter.",
        "id": "fpr-mfr-provide-annex-iii",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 6, apdo. 7, y anexo III, parte I; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, puntos (2) y (4), y art. 2"
      },
      {
        "text": "Si considera o tiene motivos para creer que un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, ponerlo inmediatamente en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado; previa solicitud motivada, facilitar toda la información y documentación de conformidad en una lengua que la autoridad comprenda, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, y poder identificar a sus proveedores y clientes durante 5 años.",
        "id": "fpr-mfr-immediately-bring-conformity",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 8, art. 6, apdo. 9, y art. 12"
      },
      {
        "text": "Si considera o tiene motivos para creer que un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, ponerlo inmediatamente en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
        "id": "fpr-mfr-correct-withdraw-recall",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 8"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya introducido en el mercado.",
        "id": "fpr-mfr-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 9"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
        "id": "fpr-mfr-identify-supply-chain",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 12"
      }
    ],
    "other": [
      {
        "text": "Actuar en virtud de un mandato escrito del fabricante que al menos le permita mantener la declaración UE de conformidad y la documentación técnica a disposición de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
        "id": "fpr-oth-act-written-mandate",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 7, apdo. 1, y art. 7, apdo. 2, letra a)"
      },
      {
        "text": "Actuar como representante autorizado únicamente en virtud de un mandato escrito del fabricante que establezca las tareas que desempeña.",
        "id": "fpr-oth-hold-written-mandate",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 7, apdo. 1, y art. 7, apdo. 2"
      },
      {
        "text": "Mantener la declaración UE de conformidad y la documentación técnica a disposición de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
        "id": "fpr-oth-keep-documentation-5-years",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 7, apdo. 2, letra a)"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, y cooperar con las autoridades en cualquier medida adoptada para eliminar los riesgos que planteen los productos cubiertos por su mandato.",
        "id": "fpr-oth-provide-information-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 7, apdo. 2, letras b) y c)"
      },
      {
        "text": "No asumir la obligación del fabricante de diseñar y fabricar conforme a los anexos I y II ni la de elaborar la documentación técnica; estas obligaciones no pueden formar parte del mandato.",
        "id": "fpr-oth-take-manufacturers-duty",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 7, apdo. 1"
      },
      {
        "text": "Cuando intervenga un organismo notificado, usted puede colocar su número de identificación después del marcado CE conforme a las instrucciones del organismo, y para las mezclas de productos fertilizantes conservar la declaración UE de conformidad de cada producto componente; poder identificar a proveedores y clientes durante 5 años.",
        "id": "fpr-oth-identification-number-affixed",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 18, apdo. 3, art. 12 y anexo I, PFC 7, punto 4, letra b)"
      },
      {
        "text": "Cuando intervenga un organismo notificado y así se lo indique, colocar su número de identificación después del marcado CE.",
        "id": "fpr-oth-affix-notified-body-number",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 18, apdo. 3"
      },
      {
        "text": "Para las mezclas de productos fertilizantes, conservar la declaración UE de conformidad de cada producto componente.",
        "id": "fpr-oth-keep-component-declarations",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 7, punto 4, letra b)"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
        "id": "fpr-oth-identify-supply-chain",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 12"
      }
    ],
    "importer": [
      {
        "text": "Introducir en el mercado únicamente productos fertilizantes UE conformes y, antes de hacerlo, comprobar que el fabricante ha realizado la evaluación de la conformidad del anexo IV que corresponda, ha elaborado la documentación técnica, ha aplicado la identificación y el nombre y dirección exigidos por el art. 6, apdos. 5 y 6, y que el producto va acompañado de los documentos exigidos; retener un producto que considere no conforme hasta que cumpla, e informar al fabricante y a las autoridades de vigilancia del mercado cuando presente un riesgo.",
        "id": "fpr-imp-place-compliant-fertilising",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 1, y art. 8, apdo. 2"
      },
      {
        "text": "Indicar su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y una dirección postal de contacto en el envase o, para los productos sin envasar, en un documento de acompañamiento, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
        "id": "fpr-imp-indicate-name-registered",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 3"
      },
      {
        "text": "Garantizar que el producto vaya acompañado de la información del anexo III en una etiqueta colocada en el envase, en un prospecto cuando el envase sea demasiado pequeño o el producto no esté envasado, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales según determine el Estado miembro, y desde el 1 de mayo de 2027 en la forma física o digital permitida por el art. 11 bis.",
        "id": "fpr-imp-ensure-product-accompanied",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 4; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, puntos (3) y (4), y art. 2"
      },
      {
        "text": "Evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el producto esté bajo su responsabilidad, pongan en riesgo el cumplimiento del anexo I o del anexo III, y cuando el rendimiento o los riesgos lo justifiquen someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, manteniendo informados a los distribuidores.",
        "id": "fpr-imp-keep-storage-transport",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 5, y art. 8, apdo. 6"
      },
      {
        "text": "Mientras un producto esté bajo su responsabilidad, evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte pongan en riesgo su cumplimiento del anexo I o del anexo III.",
        "id": "fpr-imp-keep-storage-conditions",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 5"
      },
      {
        "text": "Cuando el rendimiento o los riesgos de un producto lo justifiquen, someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores.",
        "id": "fpr-imp-sample-test-complaints",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 6"
      },
      {
        "text": "Si un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, adoptar inmediatamente medidas correctoras, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros afectados, con los detalles del incumplimiento y las medidas adoptadas.",
        "id": "fpr-imp-immediately-take-corrective",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 7"
      },
      {
        "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años, garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición cuando se solicite, entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración, facilitar información de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, e identificar a proveedores y clientes durante 5 años.",
        "id": "fpr-imp-keep-copy-declaration",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 8, art. 8, apdo. 9, y art. 12"
      },
      {
        "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición cuando se solicite.",
        "id": "fpr-imp-keep-declaration-copy",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 8"
      },
      {
        "text": "Entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración UE de conformidad cuando se solicite.",
        "id": "fpr-imp-give-declaration-copy",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 8"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya introducido en el mercado.",
        "id": "fpr-imp-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 8, apdo. 9"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
        "id": "fpr-imp-identify-supply-chain",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 12"
      },
      {
        "text": "Si introduce el producto en el mercado con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al art. 6; si solo lo envasa o reenvasa, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre y dirección y conservar un ejemplar del etiquetado original durante 5 años.",
        "id": "fpr-imp-modify-way-affect",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 10 y art. 11"
      },
      {
        "text": "Si introduce el producto en el mercado con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al art. 6.",
        "id": "fpr-imp-become-manufacturer",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 10"
      },
      {
        "text": "Si solo envasa o reenvasa el producto, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y dirección postal.",
        "id": "fpr-imp-mark-repackaged-by",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 11, letra a)"
      },
      {
        "text": "Si envasa o reenvasa el producto, conservar un ejemplar de la información del etiquetado original a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años.",
        "id": "fpr-imp-keep-original-label-specimen",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 11, letra b)"
      }
    ],
    "distributor": [
      {
        "text": "Actuar con la debida diligencia y, antes de comercializar un producto, comprobar que va acompañado de los documentos exigidos y de la información del anexo III en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales en el Estado miembro donde se vende, y que el fabricante y el importador han aplicado la identificación, el nombre y la dirección exigidos por los arts. 6, apdos. 5 y 6, y 8, apdo. 3; retener un producto que considere no conforme e informar al fabricante o al importador y a las autoridades de vigilancia del mercado cuando presente un riesgo.",
        "id": "fpr-dist-act-due-care",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 9, apdo. 1, y art. 9, apdo. 2"
      },
      {
        "text": "Evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el producto esté bajo su responsabilidad, pongan en riesgo el cumplimiento del anexo I o del anexo III.",
        "id": "fpr-dist-keep-storage-transport",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 9, apdo. 3"
      },
      {
        "text": "Si un producto que ha comercializado no es conforme, asegurarse de que se adopten medidas correctoras para ponerlo en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar de inmediato, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros afectados.",
        "id": "fpr-dist-make-sure-corrective",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 9, apdo. 4"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, y poder identificar a quien le suministró y a quien suministró durante 5 años.",
        "id": "fpr-dist-provide-information-documentation",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 9, apdo. 5, y art. 12"
      },
      {
        "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya comercializado.",
        "id": "fpr-dist-provide-information-request",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 9, apdo. 5"
      },
      {
        "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
        "id": "fpr-dist-identify-supply-chain",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 12"
      },
      {
        "text": "Si vende con su propio nombre o marca comercial o modifica el producto de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante; si solo lo envasa o reenvasa, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con sus datos y conservar el etiquetado original durante 5 años.",
        "id": "fpr-dist-take-manufacturers-obligations",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 10 y art. 11"
      },
      {
        "text": "Si vende el producto con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante.",
        "id": "fpr-dist-become-manufacturer",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 10"
      },
      {
        "text": "Si solo envasa o reenvasa el producto, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y dirección postal.",
        "id": "fpr-dist-mark-repackaged-by",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 11, letra a)"
      },
      {
        "text": "Si envasa o reenvasa el producto, conservar un ejemplar de la información del etiquetado original a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años.",
        "id": "fpr-dist-keep-original-label-specimen",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 11, letra b)"
      },
      {
        "text": "Desde el 1 de mayo de 2027, cuando un producto se suministre a usuarios finales sin envasar únicamente con etiqueta digital, publicar la información de la etiqueta digital en un lugar visible en el punto de venta, y facilitar la información por medios alternativos previa solicitud o cuando la etiqueta digital no esté disponible en el momento de la compra.",
        "id": "fpr-dist-product-supplied-end-users",
        "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, punto (4) (artículo 11 quater), y art. 2"
      }
    ]
  },
  "requirements": [
    {
      "id": "fpr-mfr-design-manufacture-fertilising",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Diseñar y fabricar el producto fertilizante UE conforme a los requisitos del anexo I de su categoría funcional de producto, incluidos los límites de contaminantes, patógenos y contenido de nutrientes, y utilizar únicamente materiales componentes conformes con una o varias de las categorías de materiales componentes del anexo II; para cualquier aspecto no cubierto por esos anexos, el producto no debe presentar un riesgo para la salud humana, animal o vegetal, la seguridad o el medio ambiente.",
      "article": "Art. 4(1), Art. 4(2) and Art. 6(1)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-draw-technical-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "technical-documentation",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Antes de introducir el producto en el mercado, elaborar la documentación técnica y realizar o encargar el módulo de evaluación de la conformidad del anexo IV que permitan sus materiales componentes y categoría: módulo A, módulo A1 para fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno, módulos B y C, o módulo D1 con un organismo notificado para el compost, el digestato y los materiales recuperados de las CMC 12 a 15, los inhibidores y los bioestimulantes; después elaborar la declaración UE de conformidad y colocar el marcado CE.",
      "article": "Art. 6(2), Art. 15 and Annex IV, Part I",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-compile-technical-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "technical-documentation",
      "text": "Antes de introducir el producto en el mercado, elaborar la documentación técnica del anexo IV.",
      "article": "Art. 6(2) and Annex IV, Part I",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-carry-out-conformity-assessment",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "procedure",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Realizar o encargar el módulo de evaluación de la conformidad del anexo IV que permitan sus materiales componentes y categoría: módulo A, módulo A1 para fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno, módulos B y C, o módulo D1 con un organismo notificado para el compost, el digestato y los materiales recuperados de las CMC 12 a 15, los inhibidores y los bioestimulantes.",
      "article": "Art. 6(2) and Art. 15",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-draw-declaration-conformity",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "declaration-of-conformity",
      "text": "Elaborar la declaración UE de conformidad conforme al modelo del anexo V con los elementos del módulo utilizado, mantenerla permanentemente actualizada, traducirla a las lenguas que exija el Estado miembro donde el producto se introduzca en el mercado o se comercialice, y combinarla en una declaración única cuando otro acto de la Unión también la exija; al elaborarla asume la responsabilidad de la conformidad, y el material que era residuo deja de serlo en ese momento.",
      "article": "Art. 16 and Art. 19",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-affix-marking-visibly",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "ce-marking",
      "text": "Colocar el marcado CE de forma visible, legible e indeleble en el envase o, para los productos suministrados sin envasar, en un documento de acompañamiento, antes de introducir el producto en el mercado, seguido del número de identificación del organismo notificado cuando el anexo IV lo exija.",
      "article": "Art. 17 and Art. 18",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-keep-technical-documentation",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto, entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración cuando se solicite, mantener la conformidad de la producción en serie cuando cambien el proceso, el producto o las normas, y cuando el rendimiento o los riesgos lo justifiquen someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, manteniendo informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 6(3) and Art. 6(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-keep-documentation-5-years",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Conservar la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
      "article": "Art. 6(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-give-declaration-copy",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración UE de conformidad cuando se solicite.",
      "article": "Art. 6(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-keep-series-conformity",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Mantener la conformidad de la producción en serie, teniendo en cuenta los cambios en el proceso de producción, el producto o las normas armonizadas, especificaciones comunes u otras especificaciones técnicas de referencia.",
      "article": "Art. 6(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-sample-test-complaints",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "procedure",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Cuando el rendimiento o los riesgos de un producto lo justifiquen, someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 6(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-mark-packaging-accompanying",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Marcar el envase, o el documento de acompañamiento para los productos sin envasar, con un número de tipo, número de lote u otro identificador y con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y una única dirección postal de contacto, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 6(5) and Art. 6(6)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-provide-annex-iii",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "mark",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "instructions-and-safety-information",
      "text": "Facilitar el etiquetado del anexo III en una etiqueta colocada en el envase, en un prospecto para la información que no quepa o para los productos sin envasar, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales según determine el Estado miembro: la denominación de la PFC, la cantidad, las instrucciones de uso con las dosis, el momento y la frecuencia de aplicación, las condiciones de almacenamiento, la información de gestión de riesgos, la lista de ingredientes por encima del 5 %, la declaración de nutrientes y las advertencias, y desde el 1 de mayo de 2027, opcionalmente, como etiqueta digital conforme a los arts. 11 bis a 11 ter.",
      "article": "Art. 6(7) and Annex III, Part I; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · Art. 1, points (2) and (4), and Art. 2",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-immediately-bring-conformity",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Si considera o tiene motivos para creer que un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, ponerlo inmediatamente en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado; previa solicitud motivada, facilitar toda la información y documentación de conformidad en una lengua que la autoridad comprenda, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, y poder identificar a sus proveedores y clientes durante 5 años.",
      "article": "Art. 6(8), Art. 6(9) and Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-correct-withdraw-recall",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Si considera o tiene motivos para creer que un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, ponerlo inmediatamente en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de todos los Estados miembros donde lo haya comercializado.",
      "article": "Art. 6(8)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-provide-information-request",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya introducido en el mercado.",
      "article": "Art. 6(9)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-mfr-identify-supply-chain",
      "role": "manufacturer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
      "article": "Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-act-written-mandate",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Actuar en virtud de un mandato escrito del fabricante que al menos le permita mantener la declaración UE de conformidad y la documentación técnica a disposición de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
      "article": "Art. 7(1) and Art. 7(2), point (a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-hold-written-mandate",
      "role": "other",
      "kind": "evidence",
      "level": "company",
      "timing": "before-market",
      "text": "Actuar como representante autorizado únicamente en virtud de un mandato escrito del fabricante que establezca las tareas que desempeña.",
      "article": "Art. 7(1) and Art. 7(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-keep-documentation-5-years",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Mantener la declaración UE de conformidad y la documentación técnica a disposición de las autoridades nacionales de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto.",
      "article": "Art. 7(2), point (a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-provide-information-documentation",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, y cooperar con las autoridades en cualquier medida adoptada para eliminar los riesgos que planteen los productos cubiertos por su mandato.",
      "article": "Art. 7(2), points (b) and (c)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-take-manufacturers-duty",
      "role": "other",
      "kind": "status",
      "level": "company",
      "timing": "before-market",
      "text": "No asumir la obligación del fabricante de diseñar y fabricar conforme a los anexos I y II ni la de elaborar la documentación técnica; estas obligaciones no pueden formar parte del mandato.",
      "article": "Art. 7(1)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-identification-number-affixed",
      "role": "other",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "ce-marking",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Cuando intervenga un organismo notificado, usted puede colocar su número de identificación después del marcado CE conforme a las instrucciones del organismo, y para las mezclas de productos fertilizantes conservar la declaración UE de conformidad de cada producto componente; poder identificar a proveedores y clientes durante 5 años.",
      "article": "Art. 18(3), Art. 12 and Annex I, PFC 7, point 4(b)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-affix-notified-body-number",
      "role": "other",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "ce-marking",
      "text": "Cuando intervenga un organismo notificado y así se lo indique, colocar su número de identificación después del marcado CE.",
      "article": "Art. 18(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-keep-component-declarations",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Para las mezclas de productos fertilizantes, conservar la declaración UE de conformidad de cada producto componente.",
      "article": "Annex I, PFC 7, point 4(b)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-oth-identify-supply-chain",
      "role": "other",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
      "article": "Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-place-compliant-fertilising",
      "role": "importer",
      "kind": "verification",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Introducir en el mercado únicamente productos fertilizantes UE conformes y, antes de hacerlo, comprobar que el fabricante ha realizado la evaluación de la conformidad del anexo IV que corresponda, ha elaborado la documentación técnica, ha aplicado la identificación y el nombre y dirección exigidos por el art. 6, apdos. 5 y 6, y que el producto va acompañado de los documentos exigidos; retener un producto que considere no conforme hasta que cumpla, e informar al fabricante y a las autoridades de vigilancia del mercado cuando presente un riesgo.",
      "article": "Art. 8(1) and Art. 8(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-indicate-name-registered",
      "role": "importer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "sharedKey": "identification-and-address",
      "text": "Indicar su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y una dirección postal de contacto en el envase o, para los productos sin envasar, en un documento de acompañamiento, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales y las autoridades de vigilancia del mercado.",
      "article": "Art. 8(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-ensure-product-accompanied",
      "role": "importer",
      "kind": "mark",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "text": "Garantizar que el producto vaya acompañado de la información del anexo III en una etiqueta colocada en el envase, en un prospecto cuando el envase sea demasiado pequeño o el producto no esté envasado, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales según determine el Estado miembro, y desde el 1 de mayo de 2027 en la forma física o digital permitida por el art. 11 bis.",
      "article": "Art. 8(4); https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · Art. 1, points (3) and (4), and Art. 2",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-keep-storage-transport",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el producto esté bajo su responsabilidad, pongan en riesgo el cumplimiento del anexo I o del anexo III, y cuando el rendimiento o los riesgos lo justifiquen someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, manteniendo informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 8(5) and Art. 8(6)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-keep-storage-conditions",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Mientras un producto esté bajo su responsabilidad, evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte pongan en riesgo su cumplimiento del anexo I o del anexo III.",
      "article": "Art. 8(5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-sample-test-complaints",
      "role": "importer",
      "kind": "procedure",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Cuando el rendimiento o los riesgos de un producto lo justifiquen, someter a ensayo por muestreo los productos comercializados, investigar las reclamaciones y llevar un registro de reclamaciones, productos no conformes y recuperaciones, y mantener informados a los distribuidores.",
      "article": "Art. 8(6)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-immediately-take-corrective",
      "role": "importer",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Si un producto que ha introducido en el mercado no es conforme, adoptar inmediatamente medidas correctoras, retirarlo o recuperarlo, e informar, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros afectados, con los detalles del incumplimiento y las medidas adoptadas.",
      "article": "Art. 8(7)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-keep-copy-declaration",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años, garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a disposición cuando se solicite, entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración, facilitar información de conformidad previa solicitud motivada en una lengua que la autoridad comprenda, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, e identificar a proveedores y clientes durante 5 años.",
      "article": "Art. 8(8), Art. 8(9) and Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-keep-declaration-copy",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Mantener una copia de la declaración UE de conformidad a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto, y garantizar que la documentación técnica pueda ponerse a su disposición cuando se solicite.",
      "article": "Art. 8(8)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-give-declaration-copy",
      "role": "importer",
      "kind": "evidence",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Entregar a otros operadores económicos una copia de la declaración UE de conformidad cuando se solicite.",
      "article": "Art. 8(8)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-provide-information-request",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya introducido en el mercado.",
      "article": "Art. 8(9)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-identify-supply-chain",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
      "article": "Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-modify-way-affect",
      "role": "importer",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Si introduce el producto en el mercado con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al art. 6; si solo lo envasa o reenvasa, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre y dirección y conservar un ejemplar del etiquetado original durante 5 años.",
      "article": "Art. 10 and Art. 11",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-become-manufacturer",
      "role": "importer",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si introduce el producto en el mercado con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante conforme al art. 6.",
      "article": "Art. 10",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-mark-repackaged-by",
      "role": "importer",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si solo envasa o reenvasa el producto, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y dirección postal.",
      "article": "Art. 11(a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-imp-keep-original-label-specimen",
      "role": "importer",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Si envasa o reenvasa el producto, conservar un ejemplar de la información del etiquetado original a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años.",
      "article": "Art. 11(b)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-act-due-care",
      "role": "distributor",
      "kind": "verification",
      "level": "product-market",
      "timing": "before-market",
      "text": "Actuar con la debida diligencia y, antes de comercializar un producto, comprobar que va acompañado de los documentos exigidos y de la información del anexo III en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales en el Estado miembro donde se vende, y que el fabricante y el importador han aplicado la identificación, el nombre y la dirección exigidos por los arts. 6, apdos. 5 y 6, y 8, apdo. 3; retener un producto que considere no conforme e informar al fabricante o al importador y a las autoridades de vigilancia del mercado cuando presente un riesgo.",
      "article": "Art. 9(1) and Art. 9(2)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-keep-storage-transport",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "text": "Evitar que las condiciones de almacenamiento y transporte, mientras el producto esté bajo su responsabilidad, pongan en riesgo el cumplimiento del anexo I o del anexo III.",
      "article": "Art. 9(3)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-make-sure-corrective",
      "role": "distributor",
      "kind": "submission",
      "level": "product",
      "timing": "on-event",
      "text": "Si un producto que ha comercializado no es conforme, asegurarse de que se adopten medidas correctoras para ponerlo en conformidad, retirarlo o recuperarlo, e informar de inmediato, cuando presente un riesgo, a las autoridades nacionales competentes de los Estados miembros afectados.",
      "article": "Art. 9(4)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-provide-information-documentation",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Previa solicitud motivada, facilitar la información y la documentación que demuestren la conformidad, cooperar en las medidas para eliminar el riesgo, y poder identificar a quien le suministró y a quien suministró durante 5 años.",
      "article": "Art. 9(5) and Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-provide-information-request",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "authority-cooperation",
      "text": "Previa solicitud motivada de una autoridad nacional competente, facilitar toda la información y documentación necesaria para demostrar la conformidad del producto fertilizante UE, en una lengua que dicha autoridad pueda comprender fácilmente, y cooperar con ella en cualquier medida para eliminar los riesgos que planteen los productos fertilizantes UE que haya comercializado.",
      "article": "Art. 9(5)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-identify-supply-chain",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "company",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Poder identificar ante las autoridades de vigilancia del mercado, durante 5 años tras el suministro, a todo operador económico que le haya suministrado un producto fertilizante UE y a todo operador económico al que se lo haya suministrado.",
      "article": "Art. 12",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-take-manufacturers-obligations",
      "role": "distributor",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "retired": "2026-09-24",
      "text": "Si vende con su propio nombre o marca comercial o modifica el producto de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante; si solo lo envasa o reenvasa, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con sus datos y conservar el etiquetado original durante 5 años.",
      "article": "Art. 10 and Art. 11",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-become-manufacturer",
      "role": "distributor",
      "kind": "status",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si vende el producto con su propio nombre o marca comercial, o lo modifica de forma que pueda afectar a su conformidad, asume las obligaciones del fabricante.",
      "article": "Art. 10",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-mark-repackaged-by",
      "role": "distributor",
      "kind": "mark",
      "level": "product",
      "timing": "before-market",
      "text": "Si solo envasa o reenvasa el producto, añadir «envasado por» o «reenvasado por» con su nombre, denominación comercial registrada o marca comercial y dirección postal.",
      "article": "Art. 11(a)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-keep-original-label-specimen",
      "role": "distributor",
      "kind": "standing",
      "level": "product",
      "timing": "ongoing",
      "sharedKey": "record-keeping-5y",
      "text": "Si envasa o reenvasa el producto, conservar un ejemplar de la información del etiquetado original a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado durante 5 años.",
      "article": "Art. 11(b)",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "id": "fpr-dist-product-supplied-end-users",
      "role": "distributor",
      "kind": "data",
      "level": "product-market",
      "timing": "at-listing",
      "text": "Desde el 1 de mayo de 2027, cuando un producto se suministre a usuarios finales sin envasar únicamente con etiqueta digital, publicar la información de la etiqueta digital en un lugar visible en el punto de venta, y facilitar la información por medios alternativos previa solicitud o cuando la etiqueta digital no esté disponible en el momento de la compra.",
      "article": "Art. 1, point (4) (Article 11c), and Art. 2",
      "sourceUrl": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:32024R2516"
    }
  ],
  "requirementsHash": "f96ef7638a3dc841",
  "penalties": {
    "text": "Los Estados miembros establecen las normas sobre sanciones por las infracciones del reglamento y adoptan todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación; las sanciones deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias y se notifican a la Comisión. Las autoridades de vigilancia del mercado evalúan un producto fertilizante UE que presente un riesgo para la salud humana, animal o vegetal, la seguridad o el medio ambiente, exigen la acción correctiva, la retirada o la recuperación en un plazo proporcionado al riesgo, y si el operador no actúa prohíben o restringen la comercialización, retiran o recuperan el producto e informan a la Comisión y a los demás Estados miembros; la medida provisional se considera justificada si ni un Estado miembro ni la Comisión formulan objeciones en un plazo de tres meses, y solo cuando se formula una objeción, o cuando la Comisión considera que la medida es contraria al Derecho de la Unión, decide la Comisión en el procedimiento de salvaguardia de la Unión si la medida está justificada; un producto conforme que siga presentando un riesgo puede tratarse del mismo modo. El incumplimiento formal, como un marcado CE colocado incumpliendo las normas, un número de organismo notificado ausente o incorrecto, una declaración UE de conformidad ausente o incorrecta, una documentación técnica incompleta o la falta de identificación del fabricante o del importador, debe subsanarse y en caso contrario da lugar a restricción, prohibición, retirada o recuperación. En Dinamarca, Landbrugsstyrelsen controla el cumplimiento del reglamento, de la ley de fertilizantes y enmiendas del suelo y del Decreto n.º 1135, de 9 de julio de 2022, publica sus resultados de control, incluidos los nombres de las empresas, y en virtud del § 24 de dicho Decreto castiga las infracciones de los arts. 5, 6, 7, apdo. 2, 8, 9, 11 y 12 del reglamento con multas, con responsabilidad de las empresas conforme al capítulo 5 del código penal.",
    "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 48, art. 38, art. 39, art. 40 y art. 41; https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2022/1135 · § 20, § 23 y § 24"
  },
  "checklist": [
    "Decidir, por producto y mercado, si marcarlo con el CE como producto fertilizante UE o venderlo conforme a las normas nacionales y el reconocimiento mutuo; un producto fuera del reglamento no debe llevar el marcado CE (art. 3 y art. 41).",
    "Confirmar que el producto no es un subproducto animal aún sujeto al Reglamento (CE) n.º 1069/2009 ni un producto fitosanitario, y que ninguna sustancia activa que contenga tiene función fitosanitaria (art. 1, apdo. 1, y anexo I, parte II, punto 5 bis).",
    "Asignar la categoría funcional de producto del anexo I y comprobar todos los requisitos de esa PFC: contenido de nutrientes, contaminantes, incluido el límite de cadmio de 60 mg/kg de P2O5 para los fertilizantes fosfatados, patógenos y eficacia (art. 4, apdo. 1, letra a)).",
    "Enumerar cada material componente y asignarlo a una de las 15 CMC del anexo II con sus condiciones, incluido el registro REACH para las sustancias de la CMC 1 y las normas de materiales de entrada y proceso para el compost, el digestato y los materiales recuperados (art. 4, apdo. 1, letra b)).",
    "Elegir el módulo del anexo IV que permita su composición: módulo A, módulo A1 para el nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno, módulos B y C, o módulo D1 con un organismo notificado para los materiales de las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15, los inhibidores y los bioestimulantes (art. 15).",
    "Reunir la documentación técnica con la PFC, la lista de CMC y sus orígenes, el proceso de fabricación, el modelo de etiqueta, las normas aplicadas y los informes de ensayo, y conservarla junto con la declaración durante 5 años (anexo IV, parte II, y art. 6, apdo. 3).",
    "Elaborar la declaración UE de conformidad conforme al modelo del anexo V, traducida como exija el Estado miembro, y colocar el marcado CE en el envase o en el documento de acompañamiento con el número del organismo notificado cuando se exija (arts. 16 a 18).",
    "Redactar la etiqueta del anexo III: denominación de la PFC, cantidad, instrucciones de uso, almacenamiento, lista de ingredientes por encima del 5 %, declaración de nutrientes y advertencias, en la lengua del usuario final, con el nombre, dirección y número de lote del fabricante y del importador (arts. 6, apdos. 5 a 7, y 8, apdos. 3 y 4).",
    "Si utiliza una etiqueta digital desde el 1 de mayo de 2027, mantenerla gratuita, accesible y disponible durante 10 años, duplicar en la etiqueta física para los usuarios finales los elementos sin asterisco, y no rastrear a los usuarios (arts. 11 bis a 11 ter).",
    "Establecer el procedimiento de acción correctiva y notificación, la trazabilidad de proveedores y clientes durante 5 años y, cuando los riesgos lo justifiquen, un registro de reclamaciones; en Dinamarca, registrarse ante Landbrugsstyrelsen cuando el Decreto lo exija (arts. 6, apdo. 8, 8, apdo. 7, 9, apdo. 4, y 12)."
  ],
  "faq": [
    {
      "q": "¿Cuándo empezó a aplicarse el Reglamento de Productos Fertilizantes?",
      "a": "El Reglamento (UE) 2019/1009 entró en vigor el 15 de julio de 2019, el vigésimo día tras la publicación en el Diario Oficial de 25 de junio de 2019, y se aplica en su totalidad desde el 16 de julio de 2022. Los arts. 4, apdo. 3, 14 y 42 a 47 se aplicaron desde el 15 de julio de 2019 y los arts. 20 a 36 sobre organismos notificados desde el 16 de abril de 2020. El Reglamento (CE) n.º 2003/2003 sobre fertilizantes CE quedó derogado con efectos desde el 16 de julio de 2022, y los fertilizantes CE introducidos en el mercado antes de esa fecha pueden seguir comercializándose.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 51, art. 52 y art. 53"
    },
    {
      "q": "¿Tengo que marcar mi fertilizante con el CE, o puedo seguir vendiéndolo conforme a las normas nacionales?",
      "a": "Puede seguir vendiéndolo conforme a las normas nacionales. El reglamento solo se aplica a los productos fertilizantes UE, es decir, a los productos marcados con el CE cuando se comercializan, y deja a los Estados miembros en libertad de regular los productos fertilizantes que no sean productos fertilizantes UE. Las preguntas frecuentes de la Comisión explican que el cumplimiento de las normas armonizadas sigue siendo opcional: un fabricante puede aplicar el reglamento y colocar el marcado CE para que el producto circule libremente, seguir las normas nacionales de un Estado miembro y recurrir al reconocimiento mutuo en los demás, o hacer ambas cosas cuando se cumplen los dos conjuntos de requisitos.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 1, apdo. 1, art. 2, punto (2), art. 3 y art. 38, apdo. 9; https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf · pregunta 2.1"
    },
    {
      "q": "¿Cuáles son las categorías funcionales de producto y las categorías de materiales componentes?",
      "a": "El anexo I clasifica los productos fertilizantes UE por su función declarada en siete categorías funcionales de producto: PFC 1 fertilizante (orgánico, organomineral e inorgánico, este último dividido en fertilizantes de macronutrientes y de micronutrientes), PFC 2 enmienda caliza, PFC 3 enmienda del suelo (orgánica o inorgánica), PFC 4 sustrato de cultivo, PFC 5 inhibidor (de la nitrificación, de la desnitrificación y de la ureasa), PFC 6 bioestimulante vegetal (microbiano y no microbiano) y PFC 7 mezcla de productos fertilizantes. El anexo II enumera las 15 categorías de materiales componentes de las que puede constar un producto: CMC 1 sustancias y mezclas de materiales vírgenes, CMC 2 plantas, partes de plantas o extractos vegetales, CMC 3 compost, CMC 4 digestato de cultivos frescos, CMC 5 otro digestato, CMC 6 subproductos de la industria alimentaria, CMC 7 microorganismos, CMC 8 polímeros nutrientes, CMC 9 polímeros distintos de los nutrientes, CMC 10 productos derivados conforme al Reglamento (CE) n.º 1069/2009, CMC 11 subproductos en el sentido de la Directiva 2008/98/CE, y las cuatro añadidas por actos delegados antes de que el reglamento se aplicara: CMC 12 sales de fosfato precipitado y derivados, CMC 13 materiales de oxidación térmica y derivados, CMC 14 materiales de pirólisis y gasificación y CMC 15 materiales recuperados de alta pureza.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, parte I, y anexo II, parte I"
    },
    {
      "q": "¿Cuál es el límite de cadmio para los fertilizantes fosfatados?",
      "a": "Un fertilizante inorgánico de macronutrientes o un fertilizante organomineral con un contenido total de fósforo del 5 % o más en equivalente de pentóxido de fósforo en masa se considera fertilizante fosfatado y puede contener como máximo 60 mg de cadmio por kg de P2O5; por debajo del 5 % el límite es de 3 mg/kg de materia seca. Los fertilizantes orgánicos, las enmiendas del suelo inorgánicas, los sustratos de cultivo y los bioestimulantes vegetales se limitan a 1,5 mg/kg de materia seca y las enmiendas calizas y enmiendas orgánicas del suelo a 2 mg/kg. Un Estado miembro que tuviera una excepción de cadmio el 14 de julio de 2019 puede mantener sus límites nacionales más estrictos, y la Comisión debía revisar el límite de los fosfatos en su informe, con plazo el 16 de julio de 2026.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 1(A) punto 2, PFC 1(B) punto 3, PFC 1(C)(I) punto 2, PFC 2 punto 2, PFC 3 puntos 2, PFC 4 punto 2 y PFC 6 punto 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 3, apdo. 2, y art. 49"
    },
    {
      "q": "¿Necesito un organismo notificado?",
      "a": "Depende de los materiales componentes y de la categoría. El módulo A de control interno de la producción, sin organismo notificado, puede utilizarse para productos compuestos únicamente por materiales vírgenes de la CMC 1 distintos de los compuestos inhibidores, digestato de cultivos frescos de la CMC 4, subproductos de la industria alimentaria de la CMC 6, polímeros nutrientes de la CMC 8 y subproductos de la CMC 11, y para las mezclas de la PFC 7. Los fertilizantes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno y las mezclas con un 28 % o más de nitrógeno procedente de ellos deben utilizar el módulo A1, en el que un organismo notificado supervisa el ensayo del producto. Los inhibidores y bioestimulantes vegetales, y los productos que contengan materiales vegetales de la CMC 2, microorganismos de la CMC 7, polímeros de la CMC 9 o productos derivados de la CMC 10, necesitan los módulos B y C o el módulo D1, y los productos con compost, digestato distinto del digestato de cultivos frescos o los materiales recuperados de las CMC 12 a 15 solo pueden utilizar el módulo D1, en el que el organismo notificado audita el proceso de producción cada año y toma muestras del material de salida.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo IV, parte I, puntos 1 a 4, y parte II, módulo D1, punto 6.3.2"
    },
    {
      "q": "¿Puede utilizarse compost o digestato elaborado con residuos en un producto marcado con el CE?",
      "a": "Sí, en las condiciones de la CMC 3 y la CMC 5, que enumeran los materiales de entrada permitidos y el proceso de compostaje o digestión, y la operación de valorización debe completarse antes de que el material deje de ser residuo. El propio reglamento establece los criterios de fin de la condición de residuo: el material contenido en un producto fertilizante UE conforme se considera que cumple el art. 6 de la Directiva Marco de Residuos y deja de ser residuo desde el momento en que se elabora la declaración UE de conformidad, y las preguntas frecuentes de la Comisión confirman que esos productos pueden introducirse en el mercado de cualquier país de la UE aunque los criterios nacionales de fin de la condición de residuo difieran.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 19, art. 42, apdo. 3, y anexo II, parte II, CMC 3 y CMC 5; https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf · pregunta 8.26"
    },
    {
      "q": "¿Qué debe contener la etiqueta de un producto fertilizante UE?",
      "a": "La denominación de la PFC del anexo I (todas las PFC componentes en el caso de una mezcla), la cantidad en masa o volumen, las instrucciones de uso con las dosis, el momento, la frecuencia y las plantas destinatarias, las condiciones de almacenamiento recomendadas, el período de funcionalidad para los productos con polímeros de la CMC 9, la información de gestión de riesgos, y una lista de todos los ingredientes por encima del 5 % en peso o volumen con sus designaciones de CMC, además de las declaraciones específicas de PFC del anexo III, partes II y III, dentro de las tolerancias indicadas. Los productos con productos derivados de origen animal distintos del estiércol, ricino, cáscaras de cacao, estiércol procesado o materiales de alta pureza llevan las advertencias y declaraciones específicas de los puntos 4 a 7 quinquies. La etiqueta se coloca en el envase, o en un prospecto para los productos sin envasar, en una lengua fácilmente comprensible para los usuarios finales según determine el Estado miembro, junto con el nombre, la dirección y el número de lote del fabricante y del importador; desde el 1 de mayo de 2027 se permite una etiqueta digital conforme a los arts. 11 bis a 11 ter.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · art. 6, apdos. 5 a 7, art. 8, apdos. 3 y 4, y anexo III, parte I; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, punto (4)"
    },
    {
      "q": "¿Cuánto tiempo debo conservar la documentación?",
      "a": "Los fabricantes conservan la documentación técnica y la declaración UE de conformidad durante 5 años tras la introducción en el mercado del producto, los representantes autorizados mantienen ambas a disposición de las autoridades durante el mismo período, los importadores conservan una copia de la declaración durante 5 años y garantizan que la documentación pueda presentarse, y un importador o distribuidor que reenvasa conserva el etiquetado original durante 5 años. Todos los operadores económicos deben poder identificar a quien les suministró y a quien suministraron durante 5 años. Una etiqueta digital debe permanecer disponible durante 10 años.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 6, apdo. 3, art. 7, apdo. 2, art. 8, apdo. 8, art. 11 y art. 12; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, punto (4) (artículo 11 ter, apdo. 4, letra e))"
    }
  ],
  "changelog": [
    {
      "date": "2028-10-17",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplican las normas sobre polímeros para la CMC 1, la CMC 9 y la CMC 11",
      "summary": "Desde esta fecha se aplican los criterios de biodegradabilidad para agentes de recubrimiento y polímeros de retención de agua del Reglamento Delegado (UE) 2024/2770 y los puntos reescritos sobre polímeros de la CMC 1 y la CMC 11 de los Reglamentos Delegados (UE) 2024/2790 y 2024/2788, alineados con la fecha en que empieza a aplicarse la restricción de microplásticos de REACH a los productos fertilizantes nacionales.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2770 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2788 · art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2790 · art. 2"
    },
    {
      "date": "2027-05-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplica el etiquetado digital de los productos fertilizantes UE",
      "summary": "Se aplica el Reglamento (UE) 2024/2516: los operadores económicos pueden facilitar los elementos de etiquetado del anexo III en una etiqueta digital conforme a los arts. 11 bis a 11 ter, con una etiqueta física aún exigida para los usuarios finales que compren productos envasados, un soporte de datos en el envase, acceso gratuito durante 10 años, sin seguimiento y suministro alternativo previa solicitud; los actos delegados de la Comisión que lo complementan vencen en la misma fecha.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1, puntos (4) y (5), y art. 2"
    },
    {
      "date": "2026-09-12",
      "kind": "guidance",
      "title": "Guía reescrita a partir del texto consolidado de 1 de julio de 2026",
      "summary": "El cuerpo se reescribió a partir de la versión consolidada 02019R1009-20260701 y los quince actos modificativos: la adopción sin fecha de 2019 del texto anterior, la afirmación de que el límite de cadmio es escalonado y la expresión «ciertos materiales recuperados» se sustituyeron por las fechas exactas, el límite fijo de 60 mg/kg de P2O5 con su revisión del art. 49, las siete PFC y 15 CMC, la correspondencia de módulos del anexo IV, las modificaciones sobre etiquetado digital y polímeros, la base de vigilancia del mercado del Reglamento (UE) 2019/1020 y las normas danesas bajo Landbrugsstyrelsen.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · texto completo"
    },
    {
      "date": "2026-07-01",
      "kind": "applies",
      "title": "Se exigen laboratorios acreditados para los ensayos del módulo A1",
      "summary": "Se aplica el art. 1, apdo. 1, del Reglamento Delegado (UE) 2025/1421: el ciclo térmico y el ensayo de detonación para los fertilizantes sólidos simples o compuestos inorgánicos de macronutrientes de nitrato amónico de alto contenido de nitrógeno deben realizarse en laboratorios acreditados para esas actividades por un organismo nacional de acreditación, fecha corregida desde el 30 de diciembre de 2025 por el corrigendo de 15 de diciembre de 2025.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/eli/reg_del/2025/1421/corrigendum/2025-12-15/oj; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R1421 · art. 1, apdo. 1"
    },
    {
      "date": "2025-12-30",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2025/1421: auditorías del organismo notificado para los materiales recuperados",
      "summary": "El reglamento delegado de 17 de julio de 2025, publicado el 10 de diciembre de 2025, modifica el módulo D1 de modo que el organismo notificado realiza auditorías anuales y toma y analiza muestras del material de salida para las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15, y añade la norma de laboratorio acreditado para el módulo A1, aplicable desde el 1 de julio de 2026.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R1421 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2025-12-02",
      "kind": "guidance",
      "title": "Se revisan las preguntas frecuentes de la Comisión sobre el Reglamento de Productos Fertilizantes",
      "summary": "El documento de preguntas frecuentes de la DG GROW, de 2 de diciembre de 2025, orienta a las autoridades nacionales y a los operadores económicos sobre el ámbito de aplicación, la armonización opcional, las obligaciones de los operadores económicos, los organismos notificados, el período transitorio para los fertilizantes CE, las PFC y las CMC, el etiquetado y la evaluación de la conformidad; confirma que el cumplimiento de las normas armonizadas sigue siendo opcional y que las autoridades nacionales no pueden exigir un módulo distinto del que prescribe el anexo IV.",
      "source": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf · introducción y preguntas 2.1, 6.1 y 10.2"
    },
    {
      "date": "2024-11-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2790: polímeros en la CMC 1",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado el 31 de octubre de 2024, reescribe el punto 1, letra f), de la CMC 1 de modo que desde el 17 de octubre de 2028 los polímeros de material virgen solo se permiten si son naturales, degradables, solubles por encima de 2 g/L o sin carbono conforme a los apéndices 15 y 16 del anexo XVII de REACH, con una nueva letra fa) para los polímeros cubiertos por la CMC 8 y la CMC 9.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2790 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2024-11-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2788: polímeros en la CMC 11",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado el 31 de octubre de 2024, reescribe el punto 1, letra b), de la CMC 11 en los mismos términos que la CMC 1, aplicable desde el 17 de octubre de 2028, y añade la letra ba) para los polímeros cubiertos por la CMC 8 y la CMC 9.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2788 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2024-11-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2787: acolchados en la CMC 9",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado el 31 de octubre de 2024, incluye los acolchados biodegradables en la CMC 9 con al menos el 90 % de biodegradación en 24 meses más el período de funcionalidad, los ensayos de toxicidad de los demás polímeros de la CMC 9 y el etiquetado del período de funcionalidad, las zonas de amortiguación y la manipulación tras el uso en el anexo III, parte I, punto 1, letra f bis).",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2787 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo III, parte I, punto 1, letra f bis) (M11)"
    },
    {
      "date": "2024-11-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2786: enterococos y presunción de conformidad",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de julio de 2024, publicado el 31 de octubre de 2024, sustituye Enterococcaceae por enterococos en las tablas de patógenos de los anexos I y II, amplía la presunción de conformidad sin verificación a los requisitos del anexo II y ajusta las tolerancias de cantidad y de compuestos inhibidores en el anexo III.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2786 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo I, PFC 1(A), punto 4 (M10)"
    },
    {
      "date": "2024-11-17",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/2770: criterios de biodegradabilidad para los polímeros de la CMC 9",
      "summary": "El reglamento delegado de 15 de julio de 2024, publicado el 28 de octubre de 2024, establece los criterios de biodegradabilidad para agentes de recubrimiento y polímeros de retención de agua (90 % en 48 meses más el período de funcionalidad en el suelo, criterios acuáticos y métodos de ensayo enumerados) y elimina la instrucción de eliminación para los polímeros aglutinantes biodegradables; el anexo I y el punto 1 del anexo II del acto se aplican desde el 17 de octubre de 2028.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2770 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2024-10-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento (UE) 2024/2516: etiquetado digital",
      "summary": "El reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de septiembre de 2024, publicado el 30 de septiembre de 2024, inserta los arts. 11 bis a 11 ter sobre etiquetas digitales, las definiciones de envase y soporte de datos, las competencias delegadas del art. 42, apdos. 9 y 10, la evaluación del art. 49 bis antes del 21 de octubre de 2031 y cambios en los anexos III y IV; se aplica desde el 1 de mayo de 2027.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2024-07-03",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2024/1682: estiércol procesado en la CMC 10",
      "summary": "El reglamento delegado de 4 de marzo de 2024, publicado el 13 de junio de 2024, añade el estiércol procesado como material componente en la CMC 10 con procesamiento adicional, un límite de PAH16, aditivos registrados y un límite de tiempo de almacenamiento, y el etiquetado sobre amoniaco, aminopiralida y clopiralida y nitrógeno de estiércol en el anexo III, parte I, puntos 7 quater y 7 quinquies.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R1682 · art. 1 y art. 2; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701 · anexo III, parte I, puntos 7 quater y 7 quinquies (M8)"
    },
    {
      "date": "2023-03-16",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2023/409: mínimo del 9 % de óxido de calcio",
      "summary": "El reglamento delegado de 18 de noviembre de 2022, publicado el 24 de febrero de 2023, fija el contenido mínimo total de óxido de calcio de un fertilizante inorgánico sólido simple de macronutrientes en el 9 % en masa en la PFC 1(C)(I)(a)(i), punto 2, letra e).",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32023R0409 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2022-10-03",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2022/1519: compuestos inhibidores y digestato",
      "summary": "El reglamento delegado de 5 de mayo de 2022, publicado el 13 de septiembre de 2022, introduce el término compuesto inhibidor con requisitos de eficacia para los fertilizantes y mezclas que los contengan, permite el poscisamiento del digestato para extraer agua, elimina la obligación de registro de la magnesia, ajusta el registro de polímeros y alinea el límite de PCB de la CMC 14 con el Reglamento sobre COP.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1519 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2022-07-28",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2022/1171: materiales recuperados de alta pureza de la CMC 15",
      "summary": "El reglamento delegado de 22 de marzo de 2022, publicado el 8 de julio de 2022 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añade la CMC 15, materiales recuperados de alta pureza, al anexo II con las declaraciones de selenio y cloruro en el anexo III y los requisitos del sistema de calidad para las CMC 3, 5, 12, 13, 14 y 15 en el módulo D1.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32022R1171 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2022-07-16",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplica el reglamento; se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003",
      "summary": "Los productos fertilizantes UE pueden marcarse con el CE y comercializarse conforme a las normas armonizadas desde esta fecha; se deroga el Reglamento (CE) n.º 2003/2003, con las referencias entendidas como referencias al nuevo reglamento; los fertilizantes CE introducidos en el mercado conforme a él antes del 16 de julio de 2022 pueden seguir comercializándose, sujetos a la vigilancia del mercado del capítulo V; los cuatro primeros actos delegados sobre CMC y la primera adaptación técnica se aplican desde la misma fecha.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 51, art. 52 y art. 53; https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R1768 · art. 2"
    },
    {
      "date": "2021-12-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2021/2088: materiales de pirólisis y gasificación de la CMC 14",
      "summary": "El reglamento delegado de 7 de julio de 2021, publicado el 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añade el biocarbón y materiales similares de pirólisis y gasificación como CMC 14 con la declaración de manganeso en el anexo III, parte I, punto 7 bis, y las disposiciones del módulo D1 en el anexo IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2088 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2021-12-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2021/2087: materiales de oxidación térmica de la CMC 13",
      "summary": "El reglamento delegado de 6 de julio de 2021, publicado el 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añade las cenizas y otros materiales de oxidación térmica y derivados como CMC 13 a los anexos II, III y IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2087 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2021-12-20",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2021/2086: sales de fosfato precipitado de la CMC 12",
      "summary": "El reglamento delegado de 5 de julio de 2021, publicado el 30 de noviembre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, añade la estruvita y otras sales de fosfato precipitado y derivados como CMC 12 a los anexos II y IV.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2086 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2021-10-28",
      "kind": "amendment",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento Delegado (UE) 2021/1768: primera adaptación técnica de los anexos",
      "summary": "El reglamento delegado de 23 de junio de 2021, publicado el 8 de octubre de 2021 y aplicable desde el 16 de julio de 2022, adapta los anexos I a IV: normas sobre residuos y sustancias activas, fertilizantes de sales micronutrientes, sustratos de cultivo profesionales, polímeros como aditivos técnicos en la CMC 1 y la CMC 11, agentes quelantes, fibras vegetales, subproductos animales con un punto final como materiales de entrada del compost y el digestato, la lista de ingredientes por encima del 5 % en peso o volumen, tolerancias más amplias y los módulos B y C para las mezclas.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R1768 · art. 1 y art. 2"
    },
    {
      "date": "2020-04-16",
      "kind": "applies",
      "title": "Se aplican las disposiciones sobre organismos notificados",
      "summary": "Se aplican desde esta fecha los arts. 20 a 36 sobre la notificación de organismos de evaluación de la conformidad, sus requisitos, el procedimiento de notificación y el grupo de coordinación de organismos notificados, de modo que los organismos pudieran designarse antes del 16 de julio de 2022.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 53, letra b)"
    },
    {
      "date": "2019-07-15",
      "kind": "in-force",
      "title": "Entra en vigor el Reglamento (UE) 2019/1009",
      "summary": "Adoptado el 5 de junio de 2019 y publicado en el DO L 170 de 25 de junio de 2019, el reglamento entró en vigor el vigésimo día tras la publicación; los arts. 4, apdo. 3, 14 y 42 a 47 se aplicaron de inmediato, otorgando a la Comisión las competencias delegadas para ampliar las categorías de materiales componentes y modificando los reglamentos de subproductos animales y de productos fitosanitarios.",
      "source": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009 · art. 53"
    }
  ],
  "sources": [
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2019/1009 sobre los productos fertilizantes UE, texto consolidado de 1 de julio de 2026 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:02019R1009-20260701"
    },
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2019/1009 tal como se publicó en el DO L 170, de 25 de junio de 2019 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "label": "Información documental, fechas y relaciones de CELEX 32019R1009 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=CELEX:32019R1009"
    },
    {
      "label": "Reglamentos Delegados (UE) 2021/2086, 2021/2087, 2021/2088 y 2022/1171 por los que se añaden la CMC 12 a la CMC 15 (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32021R2086"
    },
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2024/2516 sobre el etiquetado digital de los productos fertilizantes UE (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32024R2516"
    },
    {
      "label": "Reglamento Delegado (UE) 2025/1421 sobre los procedimientos de evaluación de la conformidad (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32025R1421"
    },
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2019/1020 sobre vigilancia del mercado y conformidad de los productos (EUR-Lex)",
      "url": "https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX:32019R1020"
    },
    {
      "label": "Productos fertilizantes (Comisión Europea, DG GROW)",
      "url": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/sectors/chemicals/fertilising-products_en"
    },
    {
      "label": "Reglamento (UE) 2019/1009, el Reglamento de Productos Fertilizantes, preguntas frecuentes, revisión de 2 de diciembre de 2025 (Comisión Europea, DG GROW)",
      "url": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/document/download/5fbae838-7749-4828-a92a-73a0e4e489db_en?filename=FAQs+11.0_revised+on+16+June+2025.pdf"
    },
    {
      "label": "Nuevas normas de la UE preparan el terreno para un mayor uso de fertilizantes orgánicos y de base residual, 15 de julio de 2022 (Comisión Europea)",
      "url": "https://single-market-economy.ec.europa.eu/news/new-eu-rules-prepare-ground-more-use-organic-and-waste-based-fertilisers-2022-07-15_en"
    },
    {
      "label": "Bekendtgørelse nr. 1135 af 9. juli 2022 om gødning og jordforbedringsmidler m.v. (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2022/1135"
    },
    {
      "label": "Lovbekendtgørelse nr. 1052 af 10. juli 2023 af lov om gødning og jordforbedringsmidler m.v. (Retsinformation)",
      "url": "https://www.retsinformation.dk/eli/lta/2023/1052"
    }
  ],
  "reviewer": {
    "name": "Conphora compliance team",
    "role": "Editores de cumplimiento normativo, Conphora"
  },
  "reviewedAt": "2026-09-24",
  "nextReview": "2027-03-12",
  "links": {
    "tools": [],
    "courses": [],
    "related": {
      "en": "/regulations/fpr/",
      "dk": "/dk/eu-regulativer/fpr/"
    }
  }
}